El Tribunal Constitucional resolvió ordenar a la Escuela de Posgrado de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC), la implementación de un tratamiento diferenciado para la evaluación académica de alumnos con discapacidad.

El mandato de TC se dio en respuesta a la demanda presentada por la alumna Gisela Elva Tejada Aguirre, afectada por una discapacidad visual congénita, pero que fue obligada a rendir un examen escrito, exigido por la universidad.

“A partir de la documentación presentada por ambas partes, el TC logró identificar la afectación del derecho a la educación y a la igualdad invocados por la demandante, dado que la Escuela de Posgrado emplazada aplicó inconstitucionalmente su reglamento de estudios, al exigírsele rendir evaluaciones escritas, pese a que el propio reglamento permite también las evaluaciones orales”, señaló el TC en un comunicado.

Se informó que la UPC no cumplió con acreditar un supuesto trato diferenciado brindado a favor de la estudiante.

“En el caso, se advirtió que la ausencia de trato diferenciado a favor de la citada estudiante, generó en ella una barrera irrazonable, con relación a sus posibilidades de éxito, en la continuación de sus estudios y dado que el 28 de junio de 2011, además se dispuso su reincorporación en sus estudios por mandato cautelar”.