Martín Vizcarra anunció el inicio en octubre de la fase 4 de reactivación en Perú. Entre las actividades permitidas, está el deporte. Te contamos los detalles.
Martín Vizcarra anunció el inicio en octubre de la fase 4 de reactivación en Perú. Entre las actividades permitidas, está el deporte. Te contamos los detalles.
Redacción EC

El presidente de la República, Martín Vizcarra, anunció esta semana que la fase 4 de reactivación económica en el Perú arrancará el próximo mes de octubre. Entre las nuevas actividades permitidas está el deporte al aire libre.

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Esta nueva medida entrará en vigor el primero de octubre y regirá conforme la y la en marco de la lucha contra el COVID-19.

Como se recuerda las actividades deportivas y de recreo al aire libre, ya se había permitido desde hace unos meses, pero solamente los de tipo individual y para ello se tendría que cumplir con todas las medidas de bioseguridad.

¿Qué dice el Decreto Supremo?

Según el publicado en el diario El Peruano, “está permitida la práctica de actividades deportivas al aire libre, de manera individual o en parejas, en los parques, centros de esparcimiento, clubes zonales u otros, siempre que se encuentren autorizados”.

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Las actividades permitidas incluyen la pesca deportiva y deportes náuticos, así como su gestión de reservas y actividades de apoyo. Del mismo modo, las actividades de guías de montaña.

El objetivo de esta medida es promover la salud mental y física de la población. No obstante, deberán ser actividades que no impliquen contacto físico y que respeten el distanciamiento social para evitar la propagación del nuevo coronavirus.

El Poder Ejecutivo, mediante dicha norma, especificó que para la realización de todas estas actividades las personas deberán respetar el distanciamiento social y uso de mascarillas. Por tal, los municipios -en coordinación con la Policía Nacional - adoptarán las medidas correspondientes para el debido control y vigilancia.

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En cuanto a la población menor de edad, los niños menores de 12 años únicamente podrán dar un paseo diario o realizar algo de actividad física durante una hora en un radio de 500 metros de la vivienda con una sola persona mayor de edad que resida en el mismo domicilio.

Los mayores de 65 años o aquellas que tengan alguna patología o que pertenezcan a grupos de riesgo continúan aún sin poder salir de su domicilio.

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