El lunes 15 de noviembre se vence el plazo para que las empresas depositen la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a sus trabajadores. Recuerda que ante la crisis económica generada por la COVID-19, podrás realizar el retiro parcial o total de este pago.
Según las estadísticas, son más de 4 millones de trabajadores del régimen laboral privado en nuestro país que podrán recibir este dinero.
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Pero, ¿qué sucede si la empresa donde laboro no realiza el depósito hasta la fecha límite?
Para ello, Roberto Chamorro, gerente de la División de Auditoría – PKF Vila Naranjo, responde estas y otras interrogantes sobre este beneficio.
La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es un beneficio laboral que otorga el empleador al trabajador en el sector privado, siempre y cuando se encuentre en planilla y haya laborado como mínimo un mes completo y con una jornada mínima de cuatro horas al día.
Las empresas tienen el plazo hasta el lunes 15 de noviembre para hacer efectivo el depósito de la CTS.
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No depositar íntegra u oportunamente la CTS representa la comisión de una infracción grave en materia de relaciones laborales, que podrá ser sancionada con una multa que oscila entre los S/484 hasta S/114,928, según el DS 008-2020-TR. Hay que tener en cuenta que el valor de la multa va a depender de si es micro, pequeña o gran empresa, así como el número de trabajadores afectados.
Ante la falta de depósito de la CTS en el plazo legal respectivo o ante el pago parcial del beneficio, se generan automáticamente los intereses que hubieran generado los depósitos de haberse efectuado oportunamente, los cuales se calculan de acuerdo con la tasa aplicable en la entidad financiera correspondiente.
Frente a esta situación, el trabajador puede realizar una denuncia ante la Sunafil con la finalidad de que la autoridad a cargo fiscalice el cumplimiento de la obligación por parte del empleador.
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¿Cómo puedo calcular el monto exacto de mi CTS?
El cálculo de la CTS está sujeto a la remuneración percibida en el último semestre, si esta es fija o variable. Roberto Chamorro, gerente de la División de Auditoría – PKF Vila Naranjo enseña cómo calcular este pago:
Si el trabajador ha laborado todo el semestre completo (mayo a octubre de 2021), y su remuneración es fija, su CTS a depositar será el 50% del sueldo de octubre de 2021 más un sexto de la gratificación recibida en julio de 2021.
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En caso de que el trabajador haya laborado solo unos meses en el último semestre, su CTS a depositar será 1/6 por cada mes laborado, según el criterio de cálculo señalado anteriormente.
A continuación, se muestra un ejemplo para un trabajador que laboró durante seis meses en una misma compañía:
¿Puedo sacar toda mi CTS?
La regla general establece que solo se puede retirar de la cuenta CTS el excedente de cuatro sueldos. Sin embargo, a partir de la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno, se habilitó el retiro del 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre del presente año.
Es decir, el último depósito del año, que corresponde al periodo mayo–octubre 2021, también puede retirarse de la entidad financiera donde mantiene su CTS.