El fin de semana pasado el Banco Central de Reserva (BCR) decidió elevar de 34% a 36% el límite operativo para las inversiones en el exterior de las AFP. Esto, en pocas palabras, quiere decir que las AFP podrán invertir en mercados extranjeros una mayor parte de los S/.100 mil millones que manejan, con la finalidad de asegurar o aumentar la rentabilidad para sus afiliados. Concretamente, gracias al incremento de este límite (el tercero en lo que va del año) serán S/.775 millones adicionales los que las AFP podrían colocar afuera.
La noticia, sin duda, es positiva. Una mayor libertad para escoger dónde colocar el dinero de los pensionistas permite a las administradoras de sus fondos diversificar más sus inversiones y, como dijimos en un editorial pasado, poner menos huevos en una sola canasta. Así, si por algún desafortunado acontecimiento la economía peruana (o los instrumentos nacionales en los que colocan el dinero las AFP) tuviese problemas, los fondos previsionales se encontrarían protegidos ya que estarían colocados en el exterior. Adicionalmente, la mayor libertad de invertir en otras plazas posibilitaría que se encuentren opciones de inversión potencialmente más interesantes que las que existen en el Perú y que, de esta forma, se aumente la rentabilidad esperada de los pensionistas.
No obstante, alegrarse de que el BCR haya elevado el mencionado límite es como ver el vaso medio lleno cuando realmente habría que fijarse en que se trata de un vaso medio vacío (o, más precisamente, 64% vacío). A fin de cuentas, la situación ideal no sería que se autorice volver potencialmente más rentable o seguro ese 2% adicional de los fondos de pensiones sino que ello se permita respecto del 100% de los mismos.
Llegar a esta situación ideal, no obstante, requeriría de una reforma profunda porque la modificación del límite no depende solo de una decisión del BCR. La ley, a fin de cuentas, establece que dicha entidad no puede autorizar a que se invierta más del 50% de los fondos de las AFP en el extranjero. La explicación que se suele dar para esta prohibición es que este mecanismo evita que se coloque el dinero en mercados riesgosos. Los defensores de esta posición, sin embargo, pierden de vista que el riesgo se minimiza justamente haciendo lo contrario a lo que ellos obligan: repartiendo las inversiones en distintos lugares para que no estén sujetas al mismo riesgo y para que, en caso las cosas salgan mal, no se pierdan todas de golpe. Por lo demás, ¿acaso el Perú es la plaza más segura del mundo como para obligar a que la mayor parte del dinero de los pensionistas se quede en nuestro país?
En segundo lugar, tampoco es esperable que el BCR llegue a elevar el límite hasta el 50% (como le permite la ley). La razón es que el BCR no ha venido modificándolo pensando en maximizar los beneficios para los afiliados. Las últimas veces lo ha hecho, en cambio, porque eso le permite tratar de paliar la continuada caída del dólar que se viene experimentando ya desde hace un buen tiempo.
Y esta situación no podría ser más injusta, pues lo que está sucediendo es que el Estado está obligando a las personas a usar sus ahorros previsionales para un fin que a ellos no les interesa. De esta forma, está desconociendo un principio básico del derecho constitucional a la propiedad privada: que nadie puede decidir por el propietario en qué invertir su propiedad. El único dinero del que el Estado puede disponer es aquel que él imprime, el que se presta o el que recauda por impuestos. Pero el resto, el que pertenece a los bolsillos y cuentas de los privados, no lo puede tocar. De lo contrario, sería legítimo, por ejemplo, que obligue a los bancos a invertir el dinero de los ahorristas solo en empresas peruanas con la finalidad de crear empleo, sin importar que con ello los ahorristas cobren menos intereses o queden expuestos a mayores riesgos.
Estamos frente a una enorme reforma pendiente del sistema de pensiones. Una que alguien, prontamente, debería atender, pues no es justo que los pensionistas, hoy por hoy, vean su vaso 64% vacío.