El 18 de setiembre pasado, el Congreso de la República no alcanzó los votos para aprobar una primera moción de vacancia por permanente incapacidad moral contra el presidente Martín Vizcarra a raíz de la difusión de audios del Caso Richard Swing. Un mes y medio después, el Parlamento ha admitido a trámite un segundo pedido de destitución, esta vez producto de los testimonios de aspirantes a colaboradores eficaces que afirman que el hoy mandatario recibió sobornos por S/2′300.000 por dos obras cuando fue gobernador regional de Moquegua.
La decisión del pleno, adoptada por mayoría este lunes, se da en medio de un proceso competencial en el Tribunal Constitucional (TC) en torno a la figura de la vacancia presidencial por permanente incapacidad moral. Esto a raíz de una demanda presentada por el Poder Ejecutivo, que acusa un “uso indebido” de dicho mecanismo de destitución al emplearse como una forma de "control político.
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El 17 de setiembre, el TC admitió a trámite la demanda competencial, pero rechazó la medida cautelar también planteada aduciendo que el procedimiento es parte de las atribuciones del Legislativo y que, producto de declaraciones de legisladores, la postura en el Parlamento a favor de la vacancia se había debilitado.
Por entonces, en una entrevista con El Comercio, la titular del TC, Marianella Ledesma, estimó que el proceso competencial tomaría no más de tres meses. A partir de la notificación del TC al Congreso sobre la demanda, este poder del Estado tiene 30 días hábiles para responder, plazo que vence el 11 de noviembre.
En ese contexto, la admisión a trámite de una segunda moción de vacancia contra Vizcarra abre la puerta a distintos escenarios.
1. Escenario 1 : El Ejecutivo inicia un nuevo proceso ante el TC, incluyendo una medida cautelar.
El último domingo, en entrevista con “Punto Final”, el primer ministro Walter Martos reiteró la medida a la que recurriría el Ejecutivo de admitirse la moción de vacancia presidencial. “Si se admite, tenemos herramientas legales para hacer una acción de amparo, una medida cautelar, ante el Tribunal Constitucional”, manifestó.
El expresidente del TC, Óscar Urviola, explica a El Comercio que, si se presenta la medida cautelar contra el procedimiento legislativo, esta tiene que enmarcarse en el proceso por la demanda competencial ya iniciado por el Ejecutivo en setiembre, y que aún está en curso.
Una vez presentada la medida cautelar, añade Urviola, no hay un período de tiempo para que el TC resuelva ni se piden descargos al Parlamento: “No hay un plazo. Ni si quiera se notifica previamente al Congreso, sino cuando ya está la resolución”.
El constitucionalista Luciano López discrepa con Urviola y sostiene que el Ejecutivo tendría que presentar una segunda demanda competencial acompañada también de una nueva medida cautelar. Acota que, previamente, la demanda tendría que ser aprobada en sesión del Consejo de Ministros.
“Si bien el primer pedido de vacancia está referido al mismo tema de fondo, que es delimitar la laxa causal de vacancia por incapacidad moral, los hechos que han gatillado el primer trámite de vacancia son totalmente distintos a los actuales”, dice en referencia al Caso Richard Swing y a los testimonios de aspirantes a colaboradores eficaces. Agrega que el Gobierno tendría que esperar que el TC sesione antes de que el Parlamento debata y vote la moción de vacancia, lo que se ha programado para el lunes 9 de noviembre a las 10 a.m.
Cabe recordar que cuando el Ejecutivo presentó la demanda competencial, también planteó una medida cautelar contra el primer procedimiento de vacancia. ¿Qué solicitó? “La suspensión de los efectos de la admisión a trámite de la moción de vacancia y del desarrollo del procedimiento previsto en el artículo 89-A del Reglamento del Congreso, hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre el fondo de la controversia”, según el documento.
¿Qué argumentó? Que la causal de permanente incapacidad moral no puede ser empleada como un mecanismo de control político, al no sustentarse en un hecho objetivo que impida al presidente continuar ejerciendo sus funciones. En esa línea, el Gobierno expresó que se pretende asegurar “la competencia del Poder Ejecutivo, a través del Presidente de la República, para dirigir la política general del Gobierno durante el período gubernamental de cinco años para el que ha sido elegido por voluntad popular a través de elecciones libres y democráticas”.
2. Escenario 2: El TC admite la medida cautelar.
“Presentada la medida cautelar, el tribunal resuelve si la rechaza o la admite. Si la admite disponiendo la suspensión, notifica al Congreso para que suspenda el proceso hasta que se emita la sentencia”, explica Urviola, resaltando que la resolución es “mandatoria” e “inapelable”.
Para llegar a esa conclusión, estima, el Ejecutivo tendría que argumentar que no se puede seguir con el proceso de vacancia cuando está pendiente la decisión del TC sobre la demanda competencial, sino también demostrar que se está poniendo en riesgo el ejercicio de facultades del Gobierno, por ejemplo, en el manejo de la pandemia del coronavirus o se está afectando el proceso electoral en curso. Y en caso aceptar tales postulados, añade, el TC tendría que sustentar sus consideraciones sobre la situación del país y la previsión de las consecuencias.
“El Ejecutivo podría argumentar que la situación de la demanda que ya está en curso se ha agravado a tal punto que sí pone en riesgo el ejercicio de las facultades que le corresponden”, manifestó.
López coincide en que, los señalados, podrían ser los argumentos del Ejecutivo y añade que otro podría ser el acusar que se trata de una causal de vacancia “imprecisa”. Pero en el escenario que él ha planteado —una nueva demanda competencial y una nueva medida cautelar—, el pleno del TC tendría que sesionar para pronunciarse sobre la admisión de la demanda y la cautelar, dar un plazo de 30 días hábiles al Congreso para que este exprese su postura, convocar a una vista de causa y emitir una sentencia.
¿Serían acaso dos procesos y dos sentencias distintas? “Si el TC admite a trámite la demanda, que sería lo más previsible por la decisión que ya tomó anteriormente, lo más lógico es que al final esto se termine acumulando”, responde López. Tal acumulación podría decidirse de oficio en el organismo o a pedido del Ejecutivo, añade.
3. Escenario 3: El TC no admite la medida cautelar.
Este otro escenario tiene un antecedente en la resolución del TC sobre la anterior medida cautelar. El organismo la declaró improcedente. Su titular Marianella Ledesma indicó a este Diario por entonces que la decisión se basaba en la “buena fe” en torno a las expresiones desde las bancadas, que daban cuenta de que iban a votar contra la vacancia de Vizcarra. Precisó que se trata de un procedimiento bajo las atribuciones del Poder Legislativo y parte del equilibrio de poderes, aunque expresó que el problema es cómo se ejerce este.
“Tampoco vamos a ir a desnaturalizar figuras cuando realmente en la situación no hay, no muestra, un riesgo de que ya va a salir vacado o salir del cargo. Más bien, es un riesgo que se ha diluido”, dijo.
Si el TC vuelve a rechazar la medida cautelar, ello implicaría que el Congreso está actuando dentro de sus facultades y las prerrogativas que tiene. Según Urviola, al Ejecutivo ya no le quedaría otra carta. “El Tribunal Constitucional es única instancia en este proceso, no hay apelación de la medida cautelar”, insiste.
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Con ello coincide López e insiste en que si el Ejecutivo presenta solo una nueva medida cautelar, corre el riesgo de que el TC la declare improcedente. “Una medida cautelar en un proceso competencial tiene que ir conjuntamente con una demanda. No es posible jurídicamente una medida cautelar autónoma”, reitera.
En tanto, advierte que en la respuesta sobre la demanda competencial vigente, el Congreso podría plantear que dicho proceso concluya, porque actualmente ya no tendría objeto debido a que ya se cumplieron los pasos de la primera moción de vacancia presentada. “Ese procedimiento concluyó, porque se admitió, se citó para el pleno para escuchar al presidente y luego votaron. Técnicamente hablando el procedimiento está concluido”, apunta. Estima, en tanto, que el TC emitirá una sentencia de fondo.
En el Ejecutivo también se maneja la posibilidad de este escenario. En la referida entrevista, Martos adelantó: “Si el Congreso continúa con el proceso, si el Tribunal Constitucional no admite la medida cautelar, pues en una democracia se tiene que aceptar y lo aceptamos. No hay ningún problema. Sin dudas ni murmuraciones. Lo que estamos garantizando es la gobernabilidad del país. Nadie se quiere aferrar al cargo, nos preocupa el país. Esa mirada también tiene que tener el Congreso, que escuche a la población. El 78% u 80% de la población se da cuenta que crearía una crisis política innecesaria dentro de esta crisis de pandemia, crisis económica que tenemos”.
El escenario político
Mientras por un lado está el escenario jurídico; por otro, el político. Para el politólogo Arturo Maldonado, si bien el Congreso tiene como una de sus funciones la fiscalización, “implementar una función de fiscalización mediante una medida tan extrema como la vacancia presidencial es absurdo”. Ello, pues considera que el Parlamento podría delegar en una comisión una visita al presidente Martín Vizcarra a fin de que responda las preguntas que se consideren convenientes.
“Es claro que, para los congresistas, tener a Vizcarra o la posibilidad de que haya una vacancia presidencial es un hecho donde tienen la oportunidad de figurar no solamente como personas, sino como bancadas o partido que piensa postular a las próximas elecciones”, expresó.
En tanto, refiere que la posibilidad de conformar un Gabinete de ancha base para calmar las aguas de la crisis política implicaría que los representantes de las distintas tiendas políticas que participen se puedan “quemar”, considerando que el Gobierno está de salida y estamos próximos a una elección. “Para las investigaciones está la fiscalía. El Congreso tiene todo el derecho de querer fiscalizar […] Lo que están haciendo es devaluando la figura [de la vacancia por permanente incapacidad moral]”, concluye.
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Martín Vizcarra dijo que la nueva moción de vacancia se realiza sin pruebas de las imputaciones en su contra.
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