Karem Barboza Quiroz

El () rechazó el pedido del exministro de Defensa, , para anular la decisión de la Fiscalía de la Nación que amplió la investigación en su contra por el presunto delito de organización debido a presuntas irregularidades en el proceso de , ocurrido en el 2021.

A través de una resolución del 25 de octubre, el juez supremo Juan Carlos Checkley, declaró “infundado” un recurso de tutela de derechos presentado por el exministro.

Ayala alegó que no se había motivado de manera adecuada la disposición fiscal que lo incluía como parte de una presunta red criminal en el Gobierno de Pedro Castillo y, por tanto, el delito imputado en su contra “no calzaba” en su caso.

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“Si una persona se porta mal, está bien, tendrá que ir preso, pero respetando el debido proceso, no forzando una figura de crimen organizado. No calza esa figura, al menos en mi caso. Es por eso que solicito que se declare nula la disposición donde amplía, al menos a mi persona, el delito de crimen organizado por estar carente de motivación”, argumentó Ayala en su recurso.

Según el exministro, con dicha decisión fiscal se vulneró sus principios, derechos y garantías establecidos en la Constitución.


La fiscalía enfatizó que en el “Caso de los Ascensos en las FFAA” ya se venía investigando hechos por el presunto delito de tráfico de influencias, abuso de autoridad y patrocinio ilegal, y en el avance de las pesquisas, el Ministerio Público advirtió que estos hechos habrían sido cometidos en el contexto de una organización criminal. Por ello dispuso ampliar la investigación por este delito.

El juez supremo de Investigación Preparatoria, Juan Carlos Checkley, precisó que la fiscalía es la titular de la acción penal y la norma prevé que actúe ante un nivel de sospecha simple.

Fue así que, en julio del 2022, la fiscalía amplió dicha investigación, incluyendo además de Ayala, al presidente Pedro Castillo y agregó el delito de organización criminal, y en consecuencia, adecuó el plazo de investigación a 36 meses.

Además, el juez recordó que la fiscalía sustentó su decisión de ampliar el delito de organización criminal en la presunta actuación de una pluralidad de personas, la permanencia en el tiempo, reparto de roles y finalidad delictiva.

Por ello, el magistrado supremo rechazó el recurso de tutela de derecho presentada por Ayala.

Semanas atrás, el juez Chackley también desestimó un recurso de control de plazo que presentó Ayala contra la decisión de la Fiscalía de la Nación en la que cuestionaba que la investigación en su contra ya habría vencido en enero del 2022.