El prófugo Vladimir Cerrón y su hermano, el congresista Waldemar Cerrón, no podrán beneficiarse de la ley sobre crimen organizado que ellos mismos impulsaron. El juez Jorge Chávez Tamariz resolvió el último martes que ambos seguirán siendo investigados por el presunto delito de organización criminal en el Caso Los Dinámicos del Centro.
El magistrado declaró infundado un recurso presentado por los hermanos Cerrón, denominado excepción de improcedencia de acción. Con este, ambos pretendían que se les archive el delito de organización criminal amparados en la Ley Nº 32108.
Esa ley se basó en una iniciativa legislativa presentada por Waldemar Cerrón. Esta fue respaldada por congresistas de Perú Libre y otras bancadas, y finalmente promulgada por insistencia por el Congreso, ante la inacción del gobierno de Dina Boluarte.
El juez resolvió de una manera mixta: no declaró inconstitucional ni inaplicable la norma, solo la interpretó conforme a la Constitución, explicó el abogado penalista Andy Carrión en diálogo con El Comercio.
La ley trastoca el concepto sobre organizaciones criminales y ya benefició a presuntos integrantes de redes criminales, como “Los Ruteros del Norte”, investigados por tráfico de migrantes, y “Los Z de Sayán”, dedicados al cobro de cupos, como dio cuenta El Comercio.
Además, el congresista José Luna Gálvez (Podemos Perú) ha solicitado que se archive un proceso en su contra amparado en la misma norma. Para ello ha presentado el mismo recurso que los hermanos Cerrón: una excepción de improcedencia. No obstante, el caso de Luna también será evaluado por el juez Chávez. Se espera que resuelva en el mismo sentido.
En tanto, el magistrado Richard Concepción Carhuancho, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, evalúa inaplicar la norma en el caso conocido como ‘Los Waykis en la sombra’. Por este, la fiscalía pide 36 meses de prisión preventiva para Nicanor Boluarte, hermano de la presidenta.
Concepción Carhuancho analiza el pedido de la fiscalía de que realice un control difuso de la norma. El control difuso es la potestad que tienen los jueces para inaplicar una ley cuando concluyen que es incompatible con la Constitución.
Los argumentos del juez
Chávez Tamariz calificó como un “hecho notorio” que Waldemar Cerrón, segundo vicepresidente del Congreso, sea el responsable del proyecto de ley del que ha buscado beneficiarse.
Mientras fundamentaba su resolución, el juez señaló que “la Constitución no ampara el abuso del derecho”.
La nueva ley establece que, para la calificación de crimen organizado, solo se tomen en cuenta los tipos penales cuya sanción es de seis años o más. No obstante, el juez señaló que el dictamen que evaluó y aprobó el Congreso no incluye el sustento para elevar la valla a seis años. En la práctica, se ha dejado fuera a 59 tipos penales.
Para el magistrado, cuando se habla de delitos graves no se debe pensar solo en la cuantía de la pena, sino también en la naturaleza y el perjuicio de estos.
Previamente, la fiscal anticorrupción Vanessa Diaz se refirió a la posibilidad de que el Congreso dicte otras normas que varíen los parámetros de los delitos por los que se investiga a los hermanos Cerrón. Además, ratificó que Vladimir Cerrón es el presunto líder de la organización criminal denominada Los Dinámicos del Centro, mientras que Waldemar Cerrón sería uno de sus integrantes.
El magistrado también señaló que la nueva ley “tiene lagunas normativas”.
Además, dijo que “los tratados celebrados por el Estado forman parte del derecho nacional y eso es incuestionable”, en referencia a la Convención de Palermo y la Convención de Mérida.
No obstante, señaló que “la norma no es inconstitucional”, “no es ilegal” y no la inaplicará “siempre y cuando esté condicionada” a su interpretación de “mercado ilegal” y de la pena por delito grave.
El abogado penalista Andy Carrión señaló que el juez se apartó de las posiciones de la fiscalía y la procuraduría. Estas señalaban que debía realizarse un control difuso e inaplicar la ley.
“El juez ha dicho que la norma no necesariamente puede descartarse o inaplicarse. Ha encontrado un camino distinto, que lo considero mixto; es decir, que hay lagunas dentro de la propia norma que pueden interpretarse de acuerdo a la Constitución y que no necesariamente puede decidirse en el sentido de inaplicar toda la norma. Ha señalado, por ejemplo, que en el ámbito de la cuantía de la pena, que el legislador haya dicho que debe ser mayor de seis años no obsta para calificar los hechos de la supuesta organización criminal como graves”.
En opinión de Carrión, lo más resaltante es que el juez consideró que existen lagunas normativas dentro de la ley, al no haber definido qué significa “mercado ilegal” vinculado a una organización criminal.
"Siente un precedente"
Carrión añadió que la resolución del juez “de todas maneras va a sentar un precedente”.
“Es la primera decisión judicial que realiza una interpretación convencional de la norma, complementando los apartados que para el juez fueron poco claros con la interpretación de acuerdo a los tratados internacionales”, dijo.
Para Carrión, “eso implicaría hacer una interpretación extensiva [de la ley] y vincular a las organizaciones criminales con la interpretación que se le venía dando de acuerdo a la legislación anterior”.
Precisó que Chávez “tiene que resolver en igual sentido” en otros casos, como el de José Luna Gálvez.
En tanto, el abogado penalista Vladimir Padilla cuestionó la fundamentación del juez. La calificó de “muy mala” porque, entre otros motivos, se refirió a jurisprudencia norteamericana y no respondió si, con la nueva ley de crimen organizado, los hechos que le imputan a Vladimir y Waldemar Cerrón continúan siendo delitos.
“El sistema norteamericano obedece a criterios totalmente diferentes. No puedes establecer tus decisiones sobre decisiones norteamericanas, tanto así que, a mi modo de ver, incurre en contradicción. Y lo que le preguntaron fue: ¿Señor juez, este hecho que me imputaron antes, sigue siendo delito con la nueva ley? Y el debió responder sobre eso. Pero lo que ha respondido no queda claro”, señaló en diálogo con El Comercio.
Padilla precisó que el juez no aplicó un control difuso porque señaló que la norma es constitucional. “Pero partió reconociendo que la ley ha sido fraudulenta. ¿Cómo estableció que es constitucional? [...] Entendería que hay una clara falta de motivación en el razonamiento que hace el juzgador”, sentenció.
La defensa legal de Vladimir y Waldemar Cerrón tiene la opción de apelar la resolución del juez Chávez.