La Junta Nacional de Justicia dio a conocer su proyecto de reglamento para evaluación y ratificación de los jefes de la ONPE y del Reniec. (Foto: JNJ)
La Junta Nacional de Justicia dio a conocer su proyecto de reglamento para evaluación y ratificación de los jefes de la ONPE y del Reniec. (Foto: JNJ)
Redacción EC

La publicó el Proyecto del Reglamento del Procedimiento de Evaluación Integral y Ratificación del jefe de la y de la jefa del con el fin de que la ciudadanía pueda hacer propuestas o sugerencias en un plazo de 7 días.

Este proyecto contempla la evaluación de los citados funcionarios siempre que expresen su voluntad de ser evaluados para continuar en el cargo por un periodo adicional.

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Para ello, la JNJ evaluará objetivamente los resultados de la gestión y labor desarrolladas por dichos funcionarios en el periodo de 4 años, de conformidad con el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia.

Cabe indicar que el proyecto de evaluación consta de 7 Disposiciones Generales, VII Capítulos, V Disposiciones Complementarias y Finales y 1 anexo.

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“El procedimiento, además, se sustenta en principios generales garantizando la objetividad y sobre todo el debido proceso; también se establece que el procedimiento consta de 4 fases, requiriéndose información tanto de los funcionarios evaluados, como de la Contraloría General de la República y de las diversas instituciones públicas y/o privadas, se promueve la participación ciudadana”, indicó.

“También se garantiza la transparencia del procedimiento a través del acceso los funcionarios evaluados al expediente e informe de evaluación, además de una vista pública, y la posibilidad de recurrir la decisión final vía recurso de reconsideración, entre otros aspectos”, agregó.

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También se establecen cuatro fases en el proceso de ratificación: convocatoria, apersonamiento, evaluación y decisión. En la última se requiere el voto favorable de los dos tercios del número legal de los miembros de la junta.

En el proyecto se refiere que el procedimiento culmina con una resolución debidamente justificada del pleno de la JNJ sobre la ratificación o no ratificación.

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El primer supuesto determina la continuidad en el cargo por un periodo adicional de 4 años, mientras que el segundo implica el cese de las funciones al culminar el periodo contado desde la fecha de juramentación del cargo para el que fue nombrado.

La ciudadanía puede remitir sus propuestas o sugerencias al correo electrónico en el plazo de 7 días calendario, contados a partir de su publicación.

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