Karem Barboza Quiroz

El coordinador del Equipo Especial de la Policía Nacional, coronel PNP , presentó este viernes un recurso de amparo contra el presidente por el en su contra y vulneración de sus derechos fundamentales.

Según pudo conocer El Comercio, la demanda constitucional, presentada a través de su abogado Luciano López, alcanza al ministro del Interior, Willy Huerta. El proceso será llevado por el Tercer Juzgado Constitucional de Lima.

También, demanda a la Inspectoría General de la PNP, representada por el general PNP Segundo Mejía Montenegro; la Dirección de Investigación de la Inspectoría, a cargo del general (r) Carlos Tuse Lloclla; y la Oficina de Disciplina Nro 10 de la Dirección de Investigación de la Inspectoría, a cargo del coronel PNP Carlos Morán Salem.

El recurso fue presentado contra la Oficina de Disciplina Nro.21 de la Dirección de Investigación de la Inspectoría General PNP, a cargo del coronel PNP Miguel Ninasivincha Soto; la Dirección General de la DIGIMIN-MININTER a cargo del general (r) Whitman Ríos Adrianzén -quien fue removido de su cargo la noche del martes-, y las procuradurías de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Ministro del Interior.

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El presidente Pedro Castillo denunció a Colchado a fines de agosto por presunta inconducta funcional luego que el efectivo policial participara en el allanamiento de la residencial presidencial en busca de Yenifer Paredes -cuñada del mandatario-; y posteriormente, amplió su pedido afirmando que no tenía competencia para participar de la diligencia e incluso solicitó que se le investigue por malversación.

Ese no fue el único accionar en contra del efectivo policial. Desde el Ejecutivo se ha tratado socavar su designación como coordinador del Equipo Especial de la Policía Nacional y a través de informes legales se ha pedido su separación de dicho grupo policial especial.

A ello se suma la reciente decisión de removerlo de la jefatura de la División de Búsqueda (DIVBUS) de la Dirección de Inteligencia del Ministerio del Interior, que fue anulada a las pocas horas de conocerse la medida.

Cese el hostigamiento e intimidación

En el amparo, en contra del jefe de Estado y otros, Colchado Huamaní solicitó que el Poder Judicial disponga “el cese de la amenaza” por vulneración de sus derechos fundamentales como el libre desarrollo de la personalidad y la dignidad, derecho al ejercicio de la función pública, el debido proceso administrativo, la garantía de imparcialidad y de los principios constitucionales de proporcionalidad, equilibrio de poderes, colaboración entre poderes y lucha contra la corrupción.

Requirió también que se ordene al mandatario abstenerse de continuar con actos intimidatorios en su contra a través de las denuncias formuladas.

“Ordene al presidente de la República, José Pedro Castillo Terrones, se abstenga de intimidar al recurrente a través de la formulación de denuncias ante Inspectoría General de la Policía Nacional, como consecuencia de actos practicados en el ejercicio de mis funciones en los cargos y funciones que actualmente desempeño en mi carrera como oficial de la Policía Nacional del Perú”, reseña la demanda.

Colchado, a través de su abogado López Flores, también solicitó que se declare la nulidad del ingreso y registro de la denuncia que presentó Castillo Terrones el 24 de agosto y que se tome la misma medida contra la “denuncia anónima” que se presentó tras la información difundida “vía la red social de WhatsApp”.

Finalmente, se solicitó que se archive las dos resoluciones emitidas por la oficina Disciplinara Nro.21 y Nro. 10, respectivamente, de la Dirección de Investigaciones de la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú.

Los argumentos del coronel

Según Colchado, desde su designación como coordinador del Equipo Especial Policial ha venido siendo objeto de intimidación y obstrucción a su labor. Sin embargo, estas acciones se profundizaron luego que participara en la diligencia de “allanamiento y registro” con fines de detención de Yenifer Paredes (cuñada del presidente de la República, José Pedro Castillo Terrones), y que fue conducida —como lo ordena la Constitución y la Ley— por representantes del Ministerio Público.

“Desde que asumí la Coordinación General del Equipo Especial de apoyo al Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del Poder, he venido siendo objeto, por un lado, de intimidaciones directas por parte del señor presidente de la República, José Pedro Castillo Terrones, quien —como es de público conocimiento— viene afrontando diversas investigaciones preliminares por parte de la Fiscalía de la Nación, así como su entorno más cercano (familiar y amical), por presuntos delitos de corrupción y organización criminal”

Harvey Colchado, en su demanda contra Pedro Castillo

Dichas intimidaciones, agregó, se materializaron a través de denuncias presentadas en su contra ante la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú, de parte del presidente y de manera “anónima” el 24 de agosto último. Tres días después de ello, el jefe de Estado removió al Comandante General de la PNP, al Jefe del Estado Mayor y al Inspector General de la PNP. Éste último comanda a las Direcciones y Oficinas que conocen, tramitan y emitirán decisiones con relación a las denuncias interpuestas en su contra.

Precisó que, las denuncias en su contra que se le atribuyen “falsamente” son muy graves y cuya consecuencia sería su pase al retiro, pese a su impecable trayectoria.

“Es decir, bajo el liderazgo del presidente de la República, se promueve, en un espacio policial que se encuentra bajo su Suprema Jefatura y subordinación, que se corte definitivamente mi carrera intachable como oficial de la Policía Nacional del Perú (PNP) de la cual ostento, en la actualidad, el grado de Coronel”, anotó.

Pedro Castillo y el ministro Willy Huerta han tomado desiciones que habrían afectado al coronel PNP Harvey Colchado y afectando las investigaciones del Equipo Especial Contra la Corrupción del Poder. (Foto: Presidencia)
Pedro Castillo y el ministro Willy Huerta han tomado desiciones que habrían afectado al coronel PNP Harvey Colchado y afectando las investigaciones del Equipo Especial Contra la Corrupción del Poder. (Foto: Presidencia)


Seguidamente, Colchado explicó que la forma de obstruir sus labores como Jefe de la División de Búsqueda de la Dirección General de Inteligencia del Ministerio del Interior y, por consecuencia, de Coordinador General del Equipo Especial de apoyo al Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del Poder, se ha visto materializada; por un lado, con la falta de asignación oportuna —por parte del Director General de la Dirección General de Inteligencia del Ministerio del Interior (DIGIMIN-MININTER)— de los recursos especiales que le corresponden a la División que jefatura.

Por otro lado, se materializaron acciones “destinadas a removerme del cargo, sin conocimiento ni coordinación previa con la Fiscalía Superior Coordinadora del Equipo Especial de Fiscales” que fue quien solicitó la formación del Equipo Especial del cual es Coordinador General, como así consta en el Oficio N.° 41-2022- FSC-EFICCOP-COORD-MP-FN que fue el documento cuya evaluación y aprobación por parte del Ministerio del Interior mereció el dictado de la Resolución Ministerial N.° 0903-2022-IN de fecha 18 de julio de 2022.

“Las intimidaciones y obstrucciones que motivan la interposición de esta demanda se han desencadenado de manera continua y sistemática, tal como así lo demuestran una serie de hechos e indicios —que tienen como protagonistas a todos los demandados— los cuales revelan un plan diseñado y orquestado para lograr dos objetivos inconstitucionales (y, sin duda, delictuales): separarme definitivamente de la carrera como oficial de la PNP; y, obstruir y sabotear las labores de inteligencia e investigación asignadas al Equipo Especial de apoyo al Equipo Especial de Fiscales”, sostuvo Colchado.

Designación y coordinación es legal

En otro apartado de la demanda constitucional, se explica que la designación dentro del Equipo Especial y su cargo en la coordinación se realizó con base a la evaluación, análisis y aprobación por parte de la Comandancia General de la PNP y de la Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior (Mininter). De allí que conste el “visado” de ambos como se indica en la parte considerativa y en la imagen de la citada Resolución Ministerial N.° 0903-2022-IN de fecha 18 de julio de 2022.

Remarcó que su participación en la diligencia de allanamiento a Palacio de Gobierno el 9 de agosto, se sustentó en una orden judicial puesto que, como grupo de apoyo al Equipo Fiscal Contra la Corrupción del Poder, correspondía coadyuvar a las acciones fiscales.

El abogado constitucionalista, Luciano López, asumió la defensa ad honorem del coronel PNP Harvey Colchado. Junto al efectivo policial, han impulsado el recurso de amparo en contra del presidente Pedro Castillo y otros.
El abogado constitucionalista, Luciano López, asumió la defensa ad honorem del coronel PNP Harvey Colchado. Junto al efectivo policial, han impulsado el recurso de amparo en contra del presidente Pedro Castillo y otros.

Es así que, su retiro de la División de Búsqueda de la Digimin, lejos de hacerse de manera regular, se habría realizado con la finalidad de perjudicarlo.

“Una decisión de esta naturaleza me colocaba en el absoluto limbo, porque se me relevaba de la jefatura de la DIVBUS, con lo que ya no podía acceder a los recursos especiales que demandan las operaciones de campo de dicha división, los mismos que deben ser distribuidos, también, para las operaciones que demanda la participación del Equipo Especial Policial”, anotó,

Por todo ello, concluyó, las acciones que ha sufrido en su contra perjudican severamente sus derechos al libre desarrollo de la personalidad y a la dignidad, al ejercicio pleno de la función pública, al debido procedimiento administrativo, por afectación de la garantía de la imparcialidad y Los principios constitucionales de proporcionalidad, equilibrio de poderes, colaboración entre poderes y de buena administración (lucha contra la corrupción). Todos ello, derechos protegidos en la Constitución, defendidos por el Tribunal Constitucional y en estricta aplicación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, aprobada mediante Resolución Legislativa No 28357 y ratificada por Decreto Supremo No 075-2004-R.