(Foto: GEC)
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Mario Mejía Huaraca

Este jueves continúo la audiencia en la que se evalúa el pedido de prisión preventiva contra por el caso de presuntos aporte irregulares a su campaña presidencial.

Su abogada rebatió los argumentos del fiscal . Aseguró que no hay elemento de convicción suficiente en el grado de sospecha grave que ampare el cumplimiento del primer presupuesto exigido para ordenar una prisión preventiva, es decir no habría la convicción de que su cliente habría cometido el delito imputado de lavado de activos.

“Las declaraciones de supuestos aportantes y de Jorge Yoshiyama y Rolando Reátegui no corroboran el conocimiento de la señora Fujimori, elemento central para la configuración del tipo penal de lavado de activos. No se aportan mayores indicios de la participación directa de la señora Fujimori”, aseguró la abogada ante el juez Víctor Zúñiga Urday.

Loza manifestó que no existe niveles de sospecha fuerte del elemento central de delito de lavado de activos, vale decir el conocimiento de la fuente ilícita de dinero.

Según ella, “las declaraciones de personas que supuestamente han indicado haber aportado cuando no lo hicieron indicarían tan solo una acción de simulación”. Agregó que ninguno de los aportantes falsos han indicado que la simulación haya tenido como objeto ocultar un origen ilícito del dinero. “Todos han indicado que era porque habían sobrepasado el limite de aporte que exigía la ONPE”, acotó.

En su exposición, Giulliana Loza reiteró que “no basta para sustentar una imputación tan seria como la de lavado de activos exponer durante largas horas diversas declaraciones de supuestos falsos aportantes, las cuales solo evidencian un acto de simulación que no tiene reproche penal”.

La abogada indicó que la fiscalía debió entregar evidencia mínina, en nivel de sospecha fuerte, de que la señora Fujimori y personas vinculadas a ella conocía o debían haber conocido que era una organización criminal que se dedicaba a delitos graves como corrupción de funcionarios. “La fiscalía no presentó nada de eso”, resaltó.

A su turno, el fiscal José Domingo Pérez abordó el segundo presupuesto procesal que se exige para una prisión preventiva: que la sanción a imponerse sea superior a cuatro años de pena privativa de libertad. “La prognosis de la pena que postulamos es por el delito de lavado de activos agravado por organización criminal en concurso real con obstrucción a la administración de justicia con una proyección de pena de 18 años 9 meses y 15 días”, señaló.

El juez Víctor Zúñiga suspendió la audiencia hasta este viernes, a las 17 horas. En esta nueva sesión, el fiscal Pérez deberá exponer el tercer presupuesto procesal que está referido al peligro procesal y peligro de fuga.

La excandidata presidencial Keiko Fujimori es investigada por presuntamente integrar una organización criminal al interior de Fuerza Popular (antes Fuerza 2011) cuya principal actividad sería la del lavado de activos.

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