SEBASTIAN ORTIZ MARTÍNEZ @Shebas07 Redacción online
Pese a las críticas de la oposición y de un sector del empresariado, el presidente Ollanta Humala promulgó la Ley de la Promoción de la Alimentación Saludable para niños, niñas y adolescentes, conocida como la ley contra la comida chatarra. Entre los principales alcances de la norma está retirar de los quioscos de los colegios los productos procesados e incorpora una serie de candados a la publicidad. A continuación algunas claves para entender este proyecto.
LA POLÉMICA DE LA PUBLICIDAD Uno de los artículos más controversiales es el número 8. Este dice que la publicidad dirigida a niños, niñas y adolescentes menores de 16 años no debe “incentivar el consumo inmoderado de alimentos y bebidas no alcohólicas con grasas trans, alto contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas”. Además, señala que las campañas publicitarias no pueden “promover la entrega de un regalo, premio o cualquier otro beneficio destinado a fomentar la adquisición o el consumos de alimentos o bebidas no alcohólicas”. ¿Será el fin de la Cajita Feliz?
Tampoco se podrán “utilizar testimonios de personajes reales o ficticios, conocido o admirados por los niños y adolescentes para inducir a su consumo”. Los alimentos que superen los parámetros técnicos establecidos por el Ministerio de Salud deben consignar en forma clara, legible, destacada y comprensible la siguiente frase: “Alto en (sodio-azúcar-grasas saturadas) Evitar su consumo”.
ADIÓS A LAS GOLOSINAS EN EL RECREO Humala no solo promulgó hoy la polémica norma, también lanzó el programa Quioscos Saludables, cuyo objetivo es retirar de los colegios las gaseosas, los snacks, las galletas y otras golosinas. ¿Qué dice la ley? En su artículo 6 señala que los quioscos y los comedores escolares deben brindar “exclusivamente alimentos y bebidas saludables”. “¿Cómo regularán la venta ambulatoria de canchita, manzana acaramela y bombitas en las calles cercanas a los colegios?”, se preguntan los críticos de la iniciativa nacionalista.
¿QUÉ ES SALUDABLE Y QUÉ NO? Los autores de la norma, los legisladores nacionalistas Agustín Molina y Jaime Delgado no mencionan exactamente una definición de ‘comida chatarra’, pero sí definen lo que es la ‘nutrición saludable’. Según ellos, esto “es una alimentación variada, preferentemente en estado natural o con procesamiento mínimo que aporta energía y todos los nutrientes esenciales que cada persona necesita para mantenerse sana”. De ahí se desprende que lo contrario, lo que todo el mundo identifica como ‘chatarra’, son los alimentos procesados que tengan altos niveles de grasas trans, azúcar, sodio y grasas saturadas. Es decir, la mayoría de gaseosas, golosinas y frituras.
Por ello, el proyecto excluye de la regulación “los alimentos y bebidas no alcohólicas en estado natural, no sometidas a proceso de industrialización”. En esa línea, el clásico pan con chicharrón peruano no entra la categoría de “chatarra”, por ejemplo.
EL OBSERVATORIO DE NUTRICIÓN En su artículo 5, la Ley de Alimentación Saludable declara de interés la creación del Observatorio de Nutrición y de Estudio del Sobrepeso y Obesidad, que estará a cargo del Ministerio de Salud. En esta herramienta de monitoreo permitirá suministrar información y hacer análisis periódicos de la situación nutricional de la población infantil, de la evaluación de la tasa de sobrepeso y obesidad en los niños, niñas y adolescentes. Además, establece que este observatorio debe entregar un informe anual al respecto.
¿EDUCACIÓN FÍSICA OBLIGATORIA? Como una acción complementaria, la ley indica que “las instituciones de educación básica regular en todos sus niveles promueven la práctica de la actividad física de los alumnos en la cantidad mínima diaria establecida para cada edad”. Lo curioso es que hace unos meses el presidente Ollanta Humala observó otro proyecto de ley que restablecía la obligatoriedad de la educación física.
¿Y SU REGLAMENTO? Luego de su promulgación el Ministerio de Salud tiene 60 días calendarios para reglamentar la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable. La ministra de Salud, Midori de Habich, hizo un llamado al sector empresarial a participar en la reglamentación para que su implementación sea razonable y equilibrada.
¿CUÁNDO SE IMPLEMENTARÁ? La ley dispone que los proveedores, propietarios o administradores de los quioscos y comedores escolares, así como la industria de los alimentos procesados, deben adecuarse a lo dispuesto en un plazo no mayor a 60 días, contados tras la entrada en vigencia del reglamento. En el caso de los artículos 8 inciso A y artículo 10, referidos a la publicidad, entran en vigencia en 120 días calendario.
¿Qué te parece la ley? ¿Crees que estas medidas ayudarán a reducir la obesidad en los niños