El fiscal Marco Huamán aseguró que respetan la Constitución al acusar al presidente Pedro Castillo | Foto: Britanie Arroyo/El Comercio (Archivo)
El fiscal Marco Huamán aseguró que respetan la Constitución al acusar al presidente Pedro Castillo | Foto: Britanie Arroyo/El Comercio (Archivo)
Redacción EC

“Tenemos graves y fundados elementos que nos permiten sostener que hay una organización criminal que estaría liderada por el presidente y que se habría enquistado en diversos estamentos del Estado”, enfatizó este miércoles el fiscal adjunto supremo tras la presentación de la contra el mandatario.

Aseguró que la denuncia presentada por la fiscal de la Nación, , ante el Congreso de la República, no atenta contra la Constitución ni su artículo 117.

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“El artículo 117 de la Constitución brinda protección al presidente y señala las cuatro situaciones en las que se le podría someter a un proceso penal, pero este precepto constitucional, si bien su fin es darle inmunidad, pero no puede ser impunidad”, respondió este miércoles 12 de octubre en una entrevista a RPP.

El artículo 117 de la Constitución establece que el “presidente de la República solo puede ser acusado, durante su período, por traición a la patria; por impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales; por disolver el Congreso, salvo en los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución, y por impedir su reunión o funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral”.

En la víspera, la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, presentó ante el Congreso una denuncia constitucional contra Pedro Castillo por considerar que encabeza una organización criminal enquistada en el Gobierno que busca cometer actos de corrupción.

El fiscal encargado del área de Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales aseguró que este proceder no atenta contra la Carta Magna ni contra lo señalado por la Corte Suprema, la cual se pronunció sobre la viabilidad de una investigación contra el jefe del Estado.

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“No se vulnera el artículo 117 porque nosotros estamos actuando en función de lo que ha autorizado el órgano jurisdiccional. La Corte Suprema nos ha autorizado a desarrollar actos de investigación preliminar. El procesamiento, la acusación penal es una etapa muy posterior”, aseguró.

Huamán señaló que la Constitución prohíbe una acusación contra el presidente en funciones como Pedro Castillo, pero dijo que para eso debe haber previamente una formalización de investigación preparatoria que solo se puede hacer a través del Parlamento.

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