El gobierno del presidente Martín Vizcarra presentó este jueves ante el Congreso de la República una solicitud para que se le deleguen facultades legislativas por 60 días a fin de emitir normas relacionadas a la lucha contra la pandemia del coronavirus (COVID-19). La medida se da en el undécimo día del Estado de Emergencia en nuestro país.
El documento que lleva la firma del jefe de Estado y del primer ministro Vicente Zeballos fue ingresado a las 9:28 a.m.
El primer vicepresidente del Congreso, Luis Valdez (Alianza para el Progreso), adelantó que este pedido podría verse en la sesión plenaria convocada para hoy.
Vizcarra había adelantado tales intenciones el último martes, considerando que el Parlamento, que se instaló el 16 de marzo, “está en proceso de formar las comisiones de trabajo, elegir a sus miembros y organizarse. Todo ese proceso ha coincidido con el inicio de esta epidemia en nuestro país, y hay algunas normas con rango legal que requerimos como Ejecutivo”.
En esa línea, sostuvo que la conformación de las 24 comisiones parlamentarias ordinarias –entre ellas la de Salud– “puede tomar más días de los que requerimos para tomar acciones en algunos casos”.
Ayer, los miembros de la Mesa Directiva del Congreso –que preside Manuel Merino (Acción Popular)– se reunieron con la ministra de Economía, María Antonieta Alva para abordar el pedido del Gobierno.
Además, para este mediodía está programado un pleno del Congreso presencial, pese a la cuarentena. De acuerdo con la agenda publicada, una de las decisiones que se tomarán es establecer el número y los integrantes de la Comisión Permanente para el período 2020-2021, así como debatir el proyecto de resolución legislativa del Congreso 4874/2020, que propone delegar a este órgano parlamentario facultades legislativas durante el tiempo que se mantenga el estado de emergencia.
DATO
El artículo 104 de la Constitución Política del Perú señala que “el Congreso puede delegar en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar, mediante decretos legislativos, sobre la materia específica y por el plazo determinado establecidos en la ley autoritativa”.
Posteriormente, el mandatario tendrá que dar cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente de cada decreto legislativo.