El Congreso de la República le cerró la puerta de manera definitiva a la solicitud hecha por el expresidente Pedro Castillo para acceder a una pensión vitalicia de S/15.600 al mes. Esto, luego de declarar infundada la apelación que presentó el docente en contra de una resolución administrativa en primera instancia, que le negó esa prerrogativa.
“Así es [lo rechazaron], y cuando se declara infundado el pronunciamiento es por el tema de fondo. Lo que vemos es que han recurrido a los mismos argumentos de la primera resolución. Es decir, que existe una acusación constitucional [aprobada en contra de mi cliente]. Ese es el único fundamento. No han tenido en cuenta que él tenía ya un derecho adquirido”, dijo el exministro de Defensa Walter Ayala, abogado del ex jefe de Estado.
En comunicación con El Comercio, Ayala adelantó que presentará una acción de amparo en contra del Congreso ante una sala constitucional del Poder Judicial. Agregó que hace unos días fue notificado de la decisión.
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El principal argumento utilizado por el Parlamento para rechazar la solicitud de pensión de Castillo Terrores- vacado el 7 de diciembre de 2022 tras dar un golpe de Estado- es que este tiene una acusación constitucional en contra.
El artículo 2 de la Ley N°26519, que creó la pensión vitalicia para los exmandatarios, establece que se suspende este derecho cuando el beneficiario es acusado constitucionalmente, salvo sentencia judicial que declare su inocencia.
En febrero de 2023, el Poder Legislativo aprobó la acusación constitucional en contra del profesor y autorizó la formación de causa penal en su contra por los presuntos delitos de organización criminal, en condición de cabecilla, tráfico de influencias agravado y colusión.
La denuncia constitucional fue presentada por la entonces fiscal de la Nación, Patricia Benavides, tras cerrar las investigaciones preliminares de los casos conocidos como Petro-Perú, Ministerio de Transportes (Puente Tarata) y Ministerio de Vivienda (obras de saneamiento en Anguía y otras provincias), y también incluyó a los exministros Juan Silva y Geiner Alvarado.
Al respecto, el abogado constitucionalista Alejandro Rospigliosi afirmó que el Parlamento ha actuado “de manera correcta” al declarar infundados los recursos de Castillo.
“Ya no hay más que él pueda hacer, la Ley N°26519 es clara, a los expresidentes con acusación constitucional aprobada no les corresponde ningún pago. El señor Castillo puede reclamar en el sistema de administración de justicia, pero es poco probable que su amparo pueda prosperar. En el Congreso, el tema se cerró”, manifestó en diálogo con este Diario.
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Un precedente ante pedido de Fujimori
Rospigliosi remarcó que la decisión del Congreso, en dos instancias, marca un precedente a la hora que este poder del Estado tome una decisión sobre el pedido del expresidente Alberto Fujimori para contar con una pensión vitalicia de S/15.600 mensuales.
“El indulto a favor del señor Fujimori es para aspectos de la pena, no tiene nada que ver con que tenga derecho a una pensión o no. Sería un nefasto precedente [que el Parlamento haga su interpretación auténtica] y esto puede beneficiar a otros expresidentes, como el mismo señor Castillo”, expresó.
El ex jefe de Gabinete de Asesores de la Mesa Directiva del Congreso también sostuvo que, si bien los expresidentes de la República merecen respeto y un sitio en los libros de historia, los ciudadanos “no merecen que se dilapiden recursos públicos” para darles una pensión vitalicia. Agregó que el Parlamento debe retomar la propuesta para eliminar esta prerrogativa.
Rospigliosi reiteró que debe ser la Mesa Directiva, dirigida por Alejandro Soto (Alianza para el Progreso), la instancia que dé una respuesta al pedido de Fujimori y no la Oficialía Mayor.
“Fujimori no es un trabajador del servicio parlamentario, sino un expresidente, es un externo”, acotó.
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Fuentes cercanas a la Mesa Directiva del Parlamento indicaron a El Comercio que la solicitud del exmandatario “está en manos de la Dirección General de Administración” de la referida institución. Es decir, aún no se ha resuelto.
En breve comunicación con este Diario, Elio Riera, abogado de Fujimori, dijo que aún no han sido notificados sobre ninguna decisión.
“No [no vamos a reiterar la solicitud], hay que esperar que el Congreso haga su trabajo conforme a ley”, manifestó.
Riera, además, evitó señalar si acudirá a instancias judiciales en caso el Parlamento rechace el pedido de su patrocinado. “En su momento, lo veremos”, acotó.
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Por su parte, el abogado Martín Cabrera, experto en derecho parlamentario, consideró que el Congreso ya ha dado “por cerrado” el caso de la solicitud de Castillo. “Su abogado y él son libres de plantear acciones judiciales. Y ahí se va a tener en cuenta que el derecho a una pensión por parte del expresidente está suspendido porque se formuló y aprobó una acusación constitucional en su contra”, complementó.
Cabrera, en diálogo con este Diario, explicó que la situación de Fujimori “es más compleja”, porque a diferencia del profesor, sobre él pesan sentencias judiciales condenatorias.
“Y el indulto no extingue los delitos ni elimina las sentencias. El análisis del Congreso debe ser sobre la relación de condenas. Es un poco más complejo el análisis que tiene que hacer el Congreso [...] Es bastante difícil que el Parlamento pueda interpretar [la Ley N°26519] en el sentido de otorgamiento de una pensión”, remarcó.
El letrado indicó que le corresponde al Congreso convocar a constitucionalistas y plantear una opinión para definir los alcances de la referida norma.
En el 2009, Fujimori fue sentenciado a 25 años de prisión por las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta. También dio un golpe de Estado el 5 de abril de 1992.
Más información
Los expresidentes Alejandro Toledo, Ollanta Humala y Pedro Pablo Kuczynski reciben pensiones del Congreso por S/15.600 cada mes. El primero afronta juicio oral por los presuntos sobornos de Odebrecht por las obras de la carretera Interoceánica Sur.
Humala también afronta juicio oral por presuntamente recibir aportes de Odebrecht para su campaña de 2011. Y PPK es investigado por consultorías que realizó para la firma brasileña, tras haber sido titular del MEF en el gobierno de Toledo.
Los exmandatarios Manuel Merino y Francisco Sagasti no tienen este beneficio, luego de que la Comisión de Constitución, en un informe que interpretó la Ley N°26519, estableciera que la pensión solo les correspondía a los jefes de Estados elegidos en las urnas y no a un titular del Congreso que asume el cargo por sucesión constitucional.
El expresidente Martín Vizcarra tampoco recibe una pensión del Congreso, luego de que este aprobara una denuncia constitucional por el “Vacunagate” que lo inhabilitó por 10 años.