El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) consideró inviable el proyecto de ley que plantea modificar las fechas límite para la afiliación de los ciudadanos a las organizaciones políticas, con miras a su participación en las elecciones primarias de los procesos electorales del 2026.
Se refiere a la iniciativa legislativa N° 8267/2023-CR, presentada por la extinta bancada Perú Bicentenario y que plantea que el vencimiento de dicho plazo se produzca un año antes de los comicios.
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El Pleno del JNE, mediante un acuerdo, resaltó que la fecha límite para que cumplan este requisito quienes deseen participar en las elecciones primarias previas a las Elecciones Generales 2026, venció el 12 de julio, por lo que cualquier modificación, como se plantea en el proyecto de ley, alteraría un plazo electoral ya expirado.
En cuanto a la modificación de la fecha límite de afiliación para participar en las elecciones primarias previas a las Elecciones Regionales y Municipales 2026, fijada para el 7 de octubre de 2024, el colegiado electoral subraya que el plazo para este procedimiento fue establecido recientemente.
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“Cualquier cambio adicional implicaría alterar las reglas pocas semanas después de su entrada en vigor sin una justificación basada en hechos concretos. Tal acción podría generar incertidumbre entre los ciudadanos respecto al ejercicio de sus derechos políticos electorales”, señaló en el documento.
Al respecto, el Pleno del JNE enfatiza que la vigente Decimoctava Disposición Transitoria de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), incorporada por la Ley N° 32058, publicada el 14 de junio de 2024, fijó las fechas máximas para que los ciudadanos se afilien a las organizaciones políticas a fin de participar en las elecciones primarias previas a los procesos electorales del 2026.
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Por otro lado, el mismo proyecto de ley propone que para los procesos electorales del 2026 un partido político podrá estar constituido por 20 movimientos regionales con inscripción vigente, en 20 circunscripciones del país, disponiendo que para tal efecto “el JNE establece los procedimientos y requisitos correspondientes”.
Sobre ello, el tribunal electoral precisa que la Ley de Organizaciones Políticas (LOP) y el Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas ya prevén la integración de movimientos con el propósito de dar origen a un partido político, por lo que se debe tener en cuenta dicho marco normativo en la evaluación de la iniciativa legislativa.
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El acuerdo, conjuntamente con un informe del Gabinete de Asesores de la Presidencia del JNE, fue remitido a la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República, que solicitó opinión institucional a la entidad electoral sobre dicho proyecto de ley.
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