ENTREVISTA AL ABOGADO Y EX CONGRESISTA NACIONALISTA OMAR CHEHADE
ENTREVISTA AL ABOGADO Y EX CONGRESISTA NACIONALISTA OMAR CHEHADE
/ MARIO ZAPATA

La del en los partidos con miras al proceso electoral 2021. Tras ello, el titular del grupo de trabajo, adelantó a El Comercio que ahora solo se enfocará en aprobar una ley más y así cerrar el capítulo de reglas electorales: el financiamiento de organizaciones políticas.

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Debido a una norma que aprobaron en marzo pasado, este Congreso tiene hasta el 23 de setiembre para introducir cambios en las reglas electorales que regirán para los comicios del 11 de abril del 2021. El presidente Martín Vizcarra convocó al proceso el pasado 9 de julio.

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En ese contexto, el presidente de la Comisión de Constitución, Omar Chehade, adelantó que solo busca aprobar una norma adicional referida al financiamiento de las organizaciones políticas.

El periodo disuelto 2016-2018 aprobó una reforma constitucional en esta materia que incorporó la bancarización del ingreso de dinero y la penalización de los aportes ilegales que se hagan a los partidos. Sin embargo, Chehade explicó que se necesita un texto de desarrollo que deje bien establecidas las sanciones por incumplimiento.

En el Congreso figuran dos proyectos que apuntan al desarrollo de la norma sobre financiamiento de partidos. Los autores son y .

Iniciativas presentadas sobre financiamiento a partidosHans Troyes, Acción PopularGino Costa, Partido Morado
Tope para ingresos privados para partidos, provenientes de personas naturales o jurídicasS/ 86.000 (20 UITs)S/ 516.000 (120 UITs)
Tope para ingresos para partidos, obtenidos por la realización de actividades proselitistasS/ 86.000 (20 UITs)S/ 430.000 (100 UITs) durante época no electoral y S/ 1′075.000 (250 UITs) desde la convocatoria hasta el día de la elección.
Tope para ingresos obtenidos para candidaturas individuales (Congreso y autoridades subnacionales)S/ 43.000 (10 UITs)No establece modificación
BancarizaciónNo establece modificaciónTodo aporte privado que supere el 10%de una UIT: S/ 430.
Fuentes de financiamiento prohibidasNo establece modificaciónLos partidos no pueden recibir aportes de ningún tipo provenientes de: entidades de derecho público o de propiedad del Estado; de confesiones religiosas; de personas jurídicas con fines de lucro sean nacionales o extranjeras; y de personas jurídicas nacionales sin fines de lucro; personas naturales o jurídicas extranjeras sin fines de lucro salvo los aportes estén destinados a la formación y capacitación; personas naturales condenadas con sentencia consentida o ejecutoriada; y de Fuentes anónimas.
Informes de ingresos y egresosNo establece modificaciónLas organizaciones políticas deberán presentar 2 entregas obligatorias con la información financieras de los aportes e ingresos recibidos, así como los gastos efectuados durante la campaña. Al menos una de las entregas deberá ser durante la campaña electoral.
InfraccionesNo establece modificaciónLeves (no contar con una cuenta en el sistema financiero, carecer de tesorero, entre otros); Graves (no expedir recibido de aportaciones, no informar sobre la relación de participantes en actividades proselitistas, entre otros); y Muy graves (no presentar informes sobre los aportes e ingresos recibidos, recibir aportes mayores a los permitidos, contratar de forma directa o a través de terceras personas propaganda electoral en radio o televisión, entre otros).
MultasNo establece modificaciónInfracciones leves (multas entre S/ 43.000 y S/ 129.000); infracciones graves (multas entre S/ 133.300 y S/ 258.000); e infracciones muy graves (multas entre S/ 262.300 y S/ S/ 1′075.000, además de la pérdida del financiamiento público directo)
Sanciones políticasNo establece modificaciónLas infracciones graves y muy graves por incumplimiento de un periodo mayor a los 6 meses, implican la suspensión de la inscripción electoral del partido político. Si cumplido un año persista el incumplimiento, se cancela la inscripción de la referida agrupación.
Gastos en medios distintos a radio y televisiónNo establece modificaciónLos medios distintos a radio y televisión deben informar sus precios a la ONPE dentro de los 30 días calendario después de la convocatoria de elecciones. A pedido dela ONPE, también deberán remitir información sobre los servicios contratados por los partidos políticos.

En el caso de los topes de aportes, la iniciativa de Gino Costa mantiene la fórmula que se encuentra vigente.

El acciopopulista Troyes propone bajar la valla en los tres ámbitos: aportes de ingresos y de actividades proselitistas, así como contribuciones individuales a candidaturas congresales y subnacionales.

“Este monto indica que un pequeño grupo de portantes podría cubrir los costos de campaña de un candidato. En sí, una pequeña minoría estaría llevando la responsabilidad de la candidatura en sus espaldas. La consecuente de esta situación es que ellos pueden esperar un apoyo una vez que este candidato sea elegido”, justifica Troyes en la exposición de motivos de su proyecto.

Propaganda electoral

La actual normativa establece que los partidos políticos no pueden contratar publicidad en radio y televisión. Sin embargo, José Manuel Villalobos, director ejecutivo del Instituto Peruano de Derecho Electoral, advirtió que no existen sanciones establecidas en caso de incumplimiento.

La propuesta legislativa de Gino Costa complementa la norma señalando que la propaganda electoral en medios distintos a la radio y televisión debe “hacerse en igualdad de condiciones para todas las organizaciones políticas”. “Los precios no pueden ser superiores a las tarifas efectivamente cobradas por la difusión de publicidad comercial”, añade la fórmula.

En lo que respecta a las sanciones, se propone lo siguiente: “si una organización política contrata directa o indirectamente propaganda electoral en radio y televisión, pierde el derecho a la franja electoral una vez que se verifique la infracción y, en caso se detecte en fecha posterior a la elección, pierde el financiamiento público directo correspondiente al año siguiente”.

Para las elecciones 2020, la emisión de la fue entre el 27 de diciembre del 2019 hasta el 24 de enero del 2020. En la radio, el horario era de 6 a.m. - 10:30 a.m., y en televisión de 7 p.m. - 11 p.m.

La distribución se realiza de la siguiente manera: mitad de tiempo entre los 26 distritos electorales, y la otra mitad proporcional al número de escaños de cada distrito electoral.

Omar Chehade, presidente de la Comisión de Constitución, refirió que la idea que tiene en su grupo de trabajo es ampliar el periodo de emisión de la franja electoral, debido a que, por restricciones de la pandemia, los partidos no podrán realizar campaña en las calles.

De otro lado, Chehade refirió a este Diario que se han presentado proyectos para eliminar el voto preferencial, los cuales serán revisados y puestos al debate. Sin embargo, recordó que esta propuesta no logró consenso cuando se debatió en el pleno junto a la propuesta de paridad y alternancia.

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