El Congreso rechazó el miércoles último reevaluar la aprobación de una ley que golpea gravemente los procesos de colaboración eficaz. Con ello, quedó listo para promulgar la norma en los próximos días, a pesar de las observaciones del Ejecutivo y las oposiciones manifestadas desde el Ministerio Público y la Procuraduría General del Estado.
En diciembre pasado, la ley fue aprobada por insistencia, pero había quedado bloqueada temporalmente debido a que los congresistas Ruth Luque y Roberto Sánchez, ambos de la bancada Cambio Democrático - Juntos por el Perú, presentaron una reconsideración a la votación.
El receso parlamentario, que se inició a mediados de diciembre pasado y finalizó en febrero último, impidió que la reconsideración se evaluase en ese lapso. Recién el miércoles último la propuesta se vio en el pleno del Congreso, donde fue rechazada con 83 votos en contra, 19 a favor y seis abstenciones.
ASÍ FUE LA VOTACIÓN AL PEDIDO DE RECONSIDERACIÓN:
BANCADA | # DE INTEGRANTES | A FAVOR | EN CONTRA | EN ABSTENCIÓN |
---|---|---|---|---|
Fuerza Popular | 22 | 1 | 20 | 0 |
Perú Libre | 12 | 0 | 9 | 1 |
Alianza para el Progreso | 11 | 0 | 8 | 1 |
Cambio Democrático - Juntos por el Perú | 11 | 10 | 0 | 0 |
Podemos Perú | 10 | 2 | 7 | 0 |
Bloque Magisterial | 9 | 1 | 7 | 0 |
Renovación Popular | 9 | 0 | 6 | 0 |
Avanza País | 9 | 0 | 7 | 0 |
Acción Popular | 8 | 1 | 5 | 1 |
Perú Bicentenario | 5 | 0 | 2 | 0 |
Somos Perú | 5 | 1 | 3 | 1 |
No agrupados | 19 | 3 | 9 | 2 |
TOTAL | 130 | 19 | 83 | 6 |
Al tratarse de una ley aprobada por insistencia, el Congreso ordenará su promulgación. El Ejecutivo ya no puede presentar más observaciones.
En los próximos días, la ley será publicada en el diario oficial El Peruano con la firma del presidente del Congreso, Alejandro Soto, y uno de los vicepresidentes del Parlamento.
La ley establece un plazo de ocho meses para que el Ministerio Público concrete un proceso de colaboración eficaz; es decir, que logre la aprobación de un juez.
Un colaborador eficaz es una persona que pertenece a una red criminal y, ante la evidencia, reconoce el delito y entrega a la fiscalía información y evidencia sobre esa red a cambio de la reducción o exoneración de la pena.
El plazo de ocho meses que establecerá la ley cuando entre en vigor únicamente podrá ser ampliado “por causas justificadas” por cuatro meses y, en caso de crimen organizado, por otros ocho meses adicionales.
Las modificaciones alcanzarían no solo para los futuros casos sino también para aquellos que están actualmente en trámite. El cómputo de los plazos se iniciará desde el día siguiente de la entrada en vigor de la norma.
La ley vigente hasta este momento no define plazos para el proceso de colaboración eficaz, que en casos de crimen organizado y transnacional suelen ser muy complejos por requerir de herramientas como la cooperación internacional.
Varias de las bancadas que rechazaron la reconsideración tienen a líderes involucrados en procesos en los que han intervenido colaboradores eficaces. Es el caso de Fuerza Popular con Keiko Fujimori, Perú Libre con Vladimir Cerrón y el Bloque Magisterial con Pedro Castillo.
En junio pasado, la Procuraduría General del Estado informó que solicitaría a la presidenta Dina Boluarte observar el proyecto de ley, ya que pone “en riesgo la eficacia y éxito de la colaboración eficaz y por ende, la defensa jurídica de los intereses del Estado”. Poco después, la gestión de Boluarte presentó sus observaciones al Congreso .
El Ejecutivo consideró que el plazo de ocho meses “es un tiempo evidentemente corto y acotado; y puede convertirse en un obstáculo para el adecuado trámite de dichos procedimientos” de colaboración eficaz.
De acuerdo con la evaluación realizada por el Ejecutivo, el tiempo “no responde a la complejidad de los delitos en los que se autoriza el uso de la colaboración eficaz, como son delitos de crimen organizado, fundamentalmente, y otras formas delictivas graves como lavado de activos, trata de personas, corrupción de funcionarios, delitos informáticos, etc.”.
En tanto, el fiscal coordinador contra el crimen organizado, Jorge Chávez Cotrina, dijo en diciembre pasado que si bien en principio “todo procedimiento tiene que tener un plazo” y que “no puede haber un infinito”, “el plazo de la colaboración eficaz tiene que concluir cuando se concluya la investigación preparatoria”. En expedientes relacionados a delitos vinculados al crimen organizado el periodo para ello es de 36 meses. No fue posible contactar nuevamente al fiscal hasta la publicación de este nota.
Reacciones
La congresista Susel Paredes (Cambio Democrático - Juntos por el Perú) señaló que la decisión del Parlamento “es un serio golpe a una herramienta muy importante para luchar contra la corrupción”.
“Otra vez votando juntos, el fujicerronismo bloquea la reconsideración que pretendía frenar al debilitamiento del sistema de colaboración eficaz, aprobado por insistencia en el mes de diciembre”, dijo en la red social X, antes Twitter.
En tanto, el abogado Alejandro Rospigliosi aseguró que, luego de promulgarse la ley, el Ministerio Público o el Poder Judicial pueden presentar una demanda de inconstitucionalidad.
“La reducción del plazo para la colaboración eficaz es un peligro para la búsqueda de la verdad en la investigación fiscal. El colaborador tendrá poco tiempo para demostrar lo que declara. ¿Qué más quieren los investigados? [...] Lo que puede hacer el Ministerio Público o el Poder Judicial es presentar una demanda de inconstitucionalidad. Que sean coherentes, en el debate de este dictamen se opusieron. Ahora pueden presentar la demanda de inconstitucionalidad que les faculta la ley”, dijo.
Hasta la publicación de esta nota, la Fiscalía de la Nación no se pronunció. No obstante, una fuente precisó que el fiscal de la Nación interino, Juan Carlos Villena, se encuentra fuera del país y podría evaluar la decisión del Parlamento a su regreso.