Desde las 11 de la mañana, la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso continuará con el debate del predictamen que propone la restauración de la bicameralidad en el Poder Legislativo.
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Según la propuesta, la Cámara de Senadores contará con 60 integrantes, mientras que la de Diputados tendrá 130 miembros.
Múltiples cambios
El texto por debatirse, sin embargo, incluye cambios a otras normas de la Constitución. Por ejemplo, se establece la prohibición de disolver la Cámara de Senadores por el presidente de la República, tal como establecía la Constitución de 1979. Esto, según el texto, no procede “en ningún caso”.
Por otro lado, según la propuesta, el artículo 90-A señala que los legisladores “no pueden ser reelegidos para un nuevo período, de manera inmediata, en el mismo cargo”. El expresidente del Tribunal Constitucional Óscar Urviola explica que, con ello, se permitiría la reelección parlamentaria inmediata, pero en cámaras distintas.
Además, se establece que, en caso de que un parlamentario sea nombrado ministro, este será reemplazado por su accesitario mientras se desempeñe en el cargo.
El predictamen señala también que, durante su mandato, el presidente de la República podrá ser acusado constitucionalmente por la Fiscalía de la Nación por la presunta comisión de delitos dolosos contra la administración pública o el patrimonio del Estado, cometidos antes de asumir su cargo.
Bajo la legislación actual, durante su mandato, el jefe de Estado solo puede ser acusado por cuatro delitos específicos: traición a la patria, impedir elecciones, disolver inconstitucionalmente el Congreso o impedir su funcionamiento, o el del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral.
Por otro lado, se elimina la obligación del presidente del Consejo de Ministros de pedir el voto de confianza luego de ser designado un nuevo Gabinete. “La exposición no da lugar a voto de confianza por parte de la Cámara de Diputados”, señala el texto.
Según Urviola, con este cambio se estaría eliminando la obligatoriedad del voto de investidura –introducido en la Constitución de 1993–, algo que “se había convertido en un arma de presión del Ejecutivo”.
Otra modificatoria consiste en que, en caso de que un ministro sea censurado, este no podrá ocupar ninguna cartera ministerial en lo que reste del período presidencial.
Por último, el texto señala que el Ejecutivo no podrá prorrogar el estado de emergencia sin autorización de la Cámara de Senadores o de la Comisión Permanente.
Valla de edad
Según el texto a debatirse, para ser senador se requiere tener al menos 35 años de edad. Para los diputados, se mantiene el mínimo de 25 años.
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