En la recta final de un quinquenio en el que se presentaron cuatro mociones de vacancia por incapacidad moral permanente en el Congreso –uno de los cuales terminó con la salida de Martín Vizcarra de la Presidencia-, la comisión de Constitución del Parlamento tiene lista la versión final de un predictamen que pretende cambiar las reglas sobre esta causal de destitución.
Mira: Martín Vizcarra: preguntas y respuestas sobre su eventual postulación al Congreso
Se trata del predictamen de reforma constitucional para restablecer la bicameralidad en el Legislativo, recaído en los proyectos de ley 1869, 2574, 2965, 3134, 3226, 3308, 3996, 4111, 4185, 4227, 4362, 4365, 4410, 4475, 4485, 4542, 4651, 4652, 4769, 4813, 4859, 5183, 5264, 5404, 5547, 5616, 5644, 5849, 6123, 6132, 6259, 6281, 6404 y 6497.
La propuesta, que busca modificar 66 artículos de la Constitución para regular el funcionamiento de las cámaras de diputados y senadores, cambia también las normas referidas a la vacancia presidencial por incapacidad moral permanente.
Según el texto, al que tuvo acceso El Comercio, el Congreso puede declarar que un jefe de Estado ha recaído en incapacidad moral permanente –y, por tanto, destituirlo- en dos supuestos: si el presidente ha cometido un delito doloso flagrante o si carece de “aptitud moral para continuar ejerciendo el cargo, por haberse acreditado objetivamente una conducta pública que genera un notorio desequilibrio social por atentar contra los valores éticos comúnmente compartidos, que deterioran la dignidad presidencial y hacen insostenible su permanencia en el cargo”.
La iniciativa, además, propone que la incapacidad moral permanente sea declarada primero por la cámara de diputados y, luego, por la cámara de senadores, por al menos dos tercios del número legal de los miembros de cada instancia. En tanto, según el predictamen -que establece que serían 130 los diputados y 60 los senadores- se requerirían 87 votos en la primera cámara y 40 en la segunda para aprobar la vacancia.
Por último, se establece que el procedimiento de vacancia sea regulado en el Reglamento del Congreso.
El texto será debatido este martes 23 de noviembre en la comisión de Constitución, que tendrá lugar a las 11 de la mañana.
En la actualidad, el artículo 113 de la Constitución establece lo siguiente:
El pasado jueves 19 de noviembre, el Tribunal Constitucional declaró improcedente la demanda competencial interpuesta por el gobierno de Vizcarra, mediante la cual se pedía definir los alcances de la causal de vacancia presidencial por incapacidad moral permanente.
De otro lado, la propuesta modifica el artículo 90-A de la Constitución y establece: “Los miembros del Parlamento no pueden ser reelegidos para un nuevo periodo, de manera inmediata, en el mismo cargo”.
Como se recuerda, mediante el referéndum del 2018, se aprobó la prohibición de la reelección inmediata de congresistas.
Procedimiento
De ser aprobado en la comisión de Constitución, el dictamen será llevado al pleno del Parlamento. Por tratarse de una reforma constitucional, la iniciativa deberá ser aprobada con 66 votos favorables y ratificada mediante referéndum. El referéndum puede ser omitido si es que la propuesta recibe 87 votos favorables en dos legislaturas ordinarias sucesivas.
VIDEO RECOMENDADO
Contenido sugerido
Contenido GEC