En segunda y definitiva votación, la Comisión Permanente del Congreso aprobó este jueves 4 la ley que modifica la definición de organización criminal y obliga a que los allanamientos se realicen con presencia del involucrado y su abogado.
La decisión se tomó con 12 votos a favor, tres en contra y nueve abstenciones.
Este informe fue publicado el 5 de junio y actualizado este jueves con la aprobación de la ley. Esta es la información previa:
El pleno del Congreso aprobó el jueves pasado, en primera votación, un dictamen que modifica la definición de organización criminal y obliga a que los allanamientos se realicen con presencia del involucrado y su abogado.
La decisión se tomó con 51 votos a favor, 13 en contra y 32 abstenciones. Hubo adhesiones de congresistas de todas las bancadas, excepto de Cambio Democrático - Juntos por el Perú.
ASÍ FUE LA VOTACIÓN:
BANCADA | N° DE INTEGRANTES | A FAVOR | EN CONTRA | EN ABSTENCIÓN |
---|---|---|---|---|
Fuerza Popular | 22 | 6 | 0 | 13 |
Perú Libre | 11 | 8 | 0 | 0 |
Alianza para el Progreso | 11 | 7 | 0 | 0 |
Cambio Democrático - Juntos por el Perú | 11 | 0 | 7 | 0 |
Podemos Perú | 11 | 4 | 0 | 1 |
Bloque Magisterial | 9 | 7 | 0 | 2 |
Avanza País | 9 | 1 | 0 | 5 |
Acción Popular | 8 | 1 | 2 | 3 |
Perú Bicentenario | 5 | 4 | 1 | 0 |
Somos Perú | 5 | 3 | 1 | 0 |
Renovación Popular | 5 | 2 | 0 | 1 |
Honor y Democracia | 5 | 4 | 0 | 0 |
No agrupados | 17 | 4 | 2 | 7 |
TOTAL | 130 | 51 | 13 | 32 |
El texto aprobado señala que se considerará como organización criminal a todo grupo “con compleja estructura desarrollada y mayor capacidad operativa”, conformado por tres o más personas que, de manera concertada y coordinada, se reparten roles para la comisión de delitos sancionados con más de seis años de cárcel.
Además, señala que la fiscalía no podrá solicitar al Poder Judicial el bloqueo e inmovilización de las cuentas bancarias vinculadas a ingresos pensionarios y o relacionadas con bienes y activos de partidos políticos.
En tanto, sobre el allanamiento, establece que el registro se realizará con presencia del interesado y de su abogado, y de no contar con este último, se le proporcionará uno de oficio.
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La propuesta fue presentada por el congresista Américo Gonza (Perú Libre), presidente de la Comisión de Justicia del Congreso, y se basa en un proyecto de ley de Waldemar Cerrón, hermano del prófugo Vladimir Cerrón, investigado por presunta organización criminal.
ESTE ES EL DICTAMEN APROBADO:
Gonza recordó ante el pleno que el miércoles último, cuando la propúesta fue sometida a votación, no avanzó porque la mayoría parlamentaria votó en abstención. Y agregó: “El equipo técnico de la Comisión de Justicia se ha reunido con diferentes despachos, congresistas y asesores para llegar a un consenso sobre la nueva fórmula legal. Se aclararon las dudas y hemos recogido las observaciones, ideas, de quienes ayer [miércoles 29] tuvieron dudas”.
No obstante, la congresista Ruth Luque (Cambio Democrático - Juntos por el Perú) aseguró que la propuesta no solo fija estándares más altos en la calificación del delito de organización criminal, sino que busca que las investigaciones no prosperen. “Están cambiando la modificación del delito penal sin mayor debate con el Ministerio Público ni el Poder Judicial. No hubo mayor diálogo con ellos”, agregó.
En tanto, Susel Paredes, también de Cambio Democrático - Juntos por el Perú, cuestionó que los allanamientos se tengan que realizar con la presencia del abogado del investigado. “De lo que se trata es encontrar lo que hay adentro, sin que se preparen. ¿Qué se pretende con esta norma? ¿Que no podamos perseguir a las organizaciones criminales? El allanamiento tiene que ser sorpresivo, no dar tiempo a que guarden las pruebas”.
Paredes recordó que la Fiscalía de la Nación allanó la casa de la presidenta Dina Boluarte en Surquillo por el Caso Rolex, en marzo último.
Los representantes del Ministerio Público, con apoyo policial, ingresaron a la fuerza a la vivienda, cuando aún no llegaba el abogado Mateo Castañeda, entonces defensor legal de la presidenta.
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"Dificulta la labor de la fiscalía"
El abogado penalista Vladimir Padilla señaló que el dictamen entorpece el trabajo del Ministerio Público. “Si [la fiscalía] llega a un taller de autopartes robadas, ¿a quién notifica? ¿Cómo puede allanar si no sabe quién está detrás? Es absurdo. Claro que dificulta la labor de la fiscalía”, dijo en diálogo con El Comercio.
Padilla añadió: “le están poniendo mayores candados para calificar como organización criminal. [...] Cuando se crea la ley del crimen organizado, se hace básicamente con la finalidad de que entre cualquier organización delictiva; es decir, se establece un carácter flexible. Pero lo que va a pasar [con el dictamen aprobado] es que se elevará el estándar probatorio”
En tanto, el exprocurador anticorrupción Antonio Maldonado aseguró que el dictamen “absolutamente” dificulta la lucha contra el crimen organizado.
“Neutraliza el compromiso del Estado peruano en cuanto al cumplimiento de sus obligaciones internacionales en lucha contra el crimen organizado. Esos compromisos están contenidos en la Convención de Palermo. En virtud de dicha convención, el Estado peruano modificó el artículo 317 del Código Penal y se aprobó la ley 30077″, señaló a este Diario.
La abogada penalista Liliana Calderón también alertó los peligros de lo aprobado por el Congreso. Advirtió que “pone en franco riesgo los casos que están en curso”.
“Si afecta la lucha contra el crimen organizado. Las organizaciones criminales no solo se forman en torno a delitos como el narcotráfico o trata de personas, pueden formarse para cometer cualquier delito. Y atenta contra la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional”, enfatizó.
Explicó que el texto plantea varios problemas de fondo. Primero, la definición de organización criminal restringe el concepto a grupos de estructuras complejas, pero la norma vigente establece que cuenta con una estructura, sea cual fuere.
Añadió que hace referencia a que solo se consideran como posibles delitos cometidos por la organización criminal, aquellos que superan los 6 años de pena privativa de la libertad, lo que haría que mayoritariamente no se considere los casos de corrupción de funcionarios.
Opiniones desestimadas
Diversas instituciones del Estado se pronunciaron en contra del proyecto de ley para modificar la norma contra el crimen organizado. No obstante, esas posturas fueron rebatidas y desestimadas en el dictamen que aprobó la Comisión de Justicia del Congreso el pasado 8 de mayo.
El Ministerio del Interior señaló, en noviembre pasado, que la propuesta de modificar el artículo 2 de la Ley Contra el Crimen Organizado, sobre las características de las organizaciones criminales, “contraviene el desarrollo de la normativa internacional y nacional”.
En tanto, la Policía Nacional del Perú (PNP) consideró que al menos un extremo de la propuesta, relacionada a restringir el bloqueo de las cuentas bancarias, “debilitaría la lucha frontal contra las organizaciones criminales instauradas en el territorio nacional e internacional”.
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Por su parte, el Ministerio Público advirtió que existiría cierto peligro en pretender insertar nuevas características en la definición de lo que jurídicamente se entiende por organización criminal.
Además, consideró que no se debe excluir a ninguna persona ni entidad de la verificación de sus movimientos bancarios, pues se crearían ámbitos exentos de control, lo que propiciaría la impunidad.
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