La Comisión de Constitución del Congreso aprobó el martes último un dictamen que plantea que nadie sea procesado ni condenado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra por hechos ocurridos antes de julio del 2002. En esa fecha entró en vigor en el país el Estatuto de Roma, un tratado multilateral que aborda los ilícitos mencionados.
El dictamen fue aprobado con 14 votos a favor, ocho en contra y una abstención. Lo respaldaron congresistas de Fuerza Popular, Renovación Popular, Podemos Perú, Avanza País, Alianza para el Progreso, Somos Perú y no agrupados.
Los votos en contra fueron de legisladores de Perú Libre, Cambio Democrático - Juntos por el Perú y el Bloque Magisterial. Solo Acción Popular votó dividida.
De convertirse en ley, se declarará la prescripción de los procesos por delitos de lesa humanidad registrados antes de la citada fecha, a pesar de que en el Perú también rige desde el 2003 la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad.
ASÍ FUE LA VOTACIÓN:
CONGRESISTA | BANCADA | A FAVOR | EN CONTRA | EN ABSTENCIÓN |
---|---|---|---|---|
Martha Moyano | Fuerza Popular | X | ||
Jorge Marticorena | Perú Bicentenario | X | ||
Eduardo Castillo | Fuerza Popular | X | ||
Patricia Juárez | Fuerza Popular | X | ||
Waldemar Cerrón | Perú Libre | X | ||
Alejandro Aguinaga | Fuerza Popular | X | ||
María Taipe | Perú Libre | X | ||
Eduardo Salhuana | Alianza para el Progreso | X | ||
María del Carmen Alva | No agrupada | X | ||
Edgard Reymundo | Cambio Democrático - Juntos por el Perú | X | ||
Margot Palacios | Perú Libre | X | ||
Héctor Ventura | Fuerza Popular | X | ||
Germán Tacuri | Bloque Magisterial | X | ||
Gladys Echaíz | Renovación Popular | X | ||
Alejandro Muñante | Renovación Popular | X | ||
José Luis Elías | Podemos Perú | X | ||
Alex Paredes | Bloque Magisterial | X | ||
Darwin Espinoza | Acción Popular | X | ||
Luis Aragón | Acción Popular | X | ||
Héctor Valer | Somos Perú | X | ||
Juan Burgos | No agrupado | X | ||
Víctor Cutipa | No agrupado | X | ||
Alejandro Cavero | Avanza País | X | ||
TOTAL | 14 | 8 | 1 |
Propuesta de Rospigliosi y Cueto
El dictamen se basó en un proyecto de ley presentado el pasado 1 de febrero, de autoría de los congresistas Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular) y José Cueto (Renovación Popular).
Rospigliosi señaló que “como consecuencia de la promulgación de este proyecto de ley estarían prescribiendo los casos abiertos ocurridos en los años 80 y 90 respecto a la lucha contra el terrorismo”.
“El mismo Estatuto de Roma, que se usa arbitraria e ilegalmente para procesar y sentenciar a militares y policías que derrotaron al terrorismo, dice en su artículo 24: Nadie será penalmente responsable de conformidad con el presente estatuto por una conducta anterior a su entrada en vigor”, dijo.
Según el legislador, la aprobación de su propuesta restauraría el principio de legalidad y de retroactividad, por el cual nadie puede ser condenado por hechos que al momento de cometerse no estaban previstos como delitos.
“Hay personas octogenerarias y nonagenarios que están presas o están siendo procesadas de manera ilegal”, señaló Rospigliosi.
En tanto, el congresista Edgard Reymundo (Cambio Democrático - Juntos por el Perú) consideró que el proyecto de ley “lo que busca es una amnistía”.
Reymundo agregó que el proyecto “tendría un efecto práctico en casos emblemáticos” ocurridos en la época del terrorismo, entre los años 1980 y 2000. “Lo que se busca es que estos casos sean cerrados al amparo de una interpretación que, en mi concepto, no favorece al estado de derecho y buscaría la impunidad”, aseveró.
Cuando el proyecto de ley ingresó al Congreso, fue derivado a dos comisiones: la de Constitución, como prioritaria, y la de Relaciones Exteriores. Ambos grupos de trabajo son presididos por el fujimorismo mediante Martha Moyano y Alejandro Aguinaga, respectivamente.
"Busca garantizar la impunidad"
En opinión de la abogada Josefina Miró Quesada, investigadora en temas de derecho penal e internacional, el proyecto de ley “tiene una finalidad muy concreta: garantizar la impunidad de las personas que se encuentran procesadas por crímenes de lesa humanidad en el contexto del conflicto armado interno”.
Miró Quesada añadió que la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad permite garantizar el derecho a la verdad que poseen las víctimas y la sociedad en su conjunto, y determinar la responsabilidad de quienes fueron los autores de los delitos.
“Estamos hablando de casos de crímines de lesa humanidad como los cometidos por el Grupo Colina, el Caso Pativilca y también los crímenes de violación sexual en Manta y Vilca, Huancavelica. [...] Hay una clara finalidad de garantizar la impunidad de estos hechos. Y esto claramente contraviene todos los estándares internacionales de derechos humanos”, dijo en diálogo con El Comercio.
La abogada añadió que es una “aberración” señalar que los delitos de lesa humanidad que ocurrieron antes del 2002 no podrían ser sancionados. “El Estatuto de Roma lo que define es la competencia de la Corte Penal Internacional, no define lo que los estados nacionales deben perseguir”, dijo.
Además, señaló que la finalidad del tratado es evitar que los estados utilicen la prescripción como un obstáculo para evitar que los hechos queden impunes. “El proyecto de ley va absolutamente en contra del objetivo y fin del tratado”, aseveró.
"Amparado en razones jurídicas"
Por su parte, Ernesto Álvarez, expresidente del Tribunal Constitucional, recordó que cuando integró dicha institución (2007-2014) votó a favor de la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad. No obstante, añadió que “el otro criterio, la teoría legalista, no deja de estar amparado en razones jurídicas”.
“Ambos criterios tienen una fuerte argumentación. En realidad, los países pueden asumir una posición legislativa en torno a uno o a otro criterio. En el Tribunal Constitucional habíamos tomado el primero, que dice que la lesa humanidad es perseguible, a partir de [los Juicios de] Núremberg [de 1945]. Pero si legislativamente el Estado peruano asume formalmente la teoría legalista, no deja de estar amparada en razones jurídicas”, señaló en diálogo con El Comercio.
“Por la gravedad de los hechos de lesa humanidad, yo voté a favor de que se consideraran retroactivamente. Ahora bien, el otro tema es que no toda grave violación de derechos humanos constituye lesa humanidad. Lesa humanidad significa un ataque armado, violento, a la población civil desarmada. En muchos de los casos en los que se ha juzgado a militares no se aprecia realmente lesa humanidad, sino violaciones a los derechos humanos, de distinta intensidad”, añadió.
En tanto, el abogado Enrique Ghersi se mostró a favor del dictamen. “Lo que el proyecto plantea, básicamente es que no se aplique retroactivamente el tratado de imprescriptibilidad de delitos de lesa humanidad y que se respete la reserva formulada por el Estado Peruano. Y esto es correcto”, señaló.
El abogado añadió que “las reservas en los tratados son actos soberanos no sujetos a control jurisdiccional”.