Expertos indican que las modificaciones bloquearían candidaturas. (Ilustración: El Comercio)
Expertos indican que las modificaciones bloquearían candidaturas. (Ilustración: El Comercio)

La del aprobó -por mayoría- el dictamen final que fija las reglas de la democracia interna. Esta nueva fórmula legal establece que los candidatos pueden inscribirse ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del hasta el 30 de setiembre próximo, y así quedar habilitados para participar de los comicios del 11 de abril del 2021.

El texto fue aprobado por 18 votos a favor y 4 abstenciones.

Los únicos legisladores que se abstuvieron fueron , y . De los 18 votos a favor, cuatro legisladores dejaron registradas observaciones que adelantaron plantearán en el debate del pleno.

De esta manera los principales candidatos que figuran en las encuestas y que aún no están inscritos en un partido, tendrán casi un mes y medio plazo para registrarse ante el ROP del JNE.

Entre los posibles candidatos que no están inscritos en partidos políticos figuran el alcalde de La Victoria, George Forsyth; el congresista Daniel Urresti; y la excandidata presidencial Verónika Mendoza. También afrontaba el mismo problema el ex primer ministro Salvador del Solar, pero el viernes pasado anunció que no postulará en el 2021.

, titular de la Comisión de Constitución, aseguró que la fecha elegida es la más adecuada. “Esta fecha compensa el tiempo perdido por la pandemia que nos azota. La actual norma exigía como requisito seis meses de afiliación antes de las elecciones primarias, lo cual vencía en mayo pasado. Si tenemos en cuenta que las medidas de cuarentena se dieron desde el 15 de marzo y estuvieron vigentes hasta mayo, lo que estamos haciendo es reponerle el plazo hasta setiembre”, dijo.

Dictamen  final  de  la Comisión de Constitución donde se establece que los  candidatos podrán afiliarse  hasta el 30 de setiembre.
Dictamen final de la Comisión de Constitución donde se establece que los candidatos podrán afiliarse hasta el 30 de setiembre.

La nueva propuesta también establece que, en el caso de las organizaciones políticas en vías de inscripción, los candidatos en las elecciones internas deben encontrarse en la relación de afiliados presentada por la organización política en su solicitud de inscripción ante el ROP del Jurado Nacional de Elecciones. Dicha solicitud debe ser presentada como máximo hasta el 30 de setiembre del presente año.

Asimismo, se plantea que las organizaciones políticas pueden presentar fórmulas y listas de candidatos, como máximo, hasta la fecha de inicio del plazo de inscripción de candidaturas. El especialista en temas electorales, José Manuel Villalobos, advirtió ahora estará en manos del JNE fijar dicha fecha. “La observación sería que dicho plazo no existe en la ley, la cual solo fija la fecha límite para presentar las listas. Tendría que fijarlo el JNE en el cronograma electoral”, apuntó a este Diario.

Pese a las observaciones presentadas por los organismos electorales, el texto mantiene su planteamiento para dejar en libertad a los partidos políticos de elegir su mecanismo de elección interna: mediante “un militante, un voto” o a través de los delegados.

En el caso del segundo mecanismo, los delegados deberán ser previamente elegidos mediante mediante voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) había observado este punto, alegando que implicaba un doble proceso de elección interna: el de delegados y luego el de candidatos. A pedido del legislado , se añadió un aparato donde se establece que “para ambas modalidades, la ONPE emitirá el reglamento correspondiente”.

Asimismo, se mantiene el apartado donde se dispone que el JNE deberá poner al servicio de las organizaciones políticas, en un plazo de 45 días a partir de la fecha de publicación de la presente Ley, un Portal Electoral Digital (PED) que permita la realización, supervisión y validación de los siguientes trámites y actos de manera virtual.

mantuvo su postura en contra de que la ONPE organice las elecciones internas de los partidos políticos. “No sé a qué obedece ese concepto de ir hacia el tutelaje. ¿Queremos ir a un partido único? La ONPE no tiene validado hasta ahora su código fuente para hacer voto electrónico y queremos ponerla a organizar los comicios internos”, apuntó tras oponerse también a que el JNE resuelva las controversias internaste los partidos.

Por su parte, los legisladores y resaltaron la necesidad de fijar las normas electorales con el fin de tener claridad en el proceso electoral 2021 que ya se encuentra en curso.

Al final, los representantes de Acción Popular, Luis Roel y Franco Salinas, lograron introducir un acápite donde se señala lo siguiente: Para las Elecciones Generales del año 2021, las organizaciones políticas de carácter nacional inscritas en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que a la fecha cuenten con cuadros directivos con mandatos vencidos, se encuentran obligados, hasta el 30 de septiembre del presente año, a efectuar elecciones internas para su renovación, de acuerdo a la modalidad prevista en sus estatutos partidarios. Dicha renovación puede hacerse utilizando herramientas virtuales o electrónicas con la asistencia técnica de las autoridades del sistema electoral, respetando los principios democráticos y las medidas sanitarias necesarias.”

Este apartado es clave para ellos debido a que el actual presidente de su partido, Mesías Guevara, se encuentra con el mandato vencido desde el 2019.

Mutación normativa

El anterior predictamen no fue aprobado en Constitución después de cuatro sesiones, donde la fórmula legal ha ido variando en el tiempo. En un inicio, el texto planteaba exigir un año de militancia previa pero, tras una serie de críticas, se redujo el requisito a seis meses.

En un anterior texto también se establecía que las organizaciones políticas solo podrían presentar su inscripción -para postular al 2021- hasta el 31 de agosto. En la fórmula aprobada se extendió el tiempo hasta el 31 de setiembre.

En la última sesión del martes 21, se criticó ambos plazos y se propuso dos alternativas: que la exigencia no implique el registro de afiliación ante el ROP del JNE (así cada partido podía presentar una ficha de afiliación con fecha anterior a mayo) o que sean seis meses antes de la elección (dando plazo de inscribirse ante octubre).

Sin embargo, en la sesión del miércoles 22, el titular de Constitución Omar Chehade presentó la fórmula sin los cambios exigidos en la víspera.

La norma anterior sobre las elecciones primarias establecía, en su primera disposición complementaria, que los candidatos debían acreditar seis meses de afiliación antes de la realización de dicho procedimiento interno. Sin embargo, este Congreso aprobó una ley que suspendió las elecciones primarias hasta el 2022 por la situación de la pandemia.

“Si no se aprueba ninguna norma para las internas, no existe requisito de afiliación. Cualquiera sin afiliación podría postular”, explicó José Manuel Villalobos, presidente del Instituto Peruano de Derecho Electoral.

El Congreso tiene hasta setiembre para introducir cambios en las normas electorales, pese a que el proceso electoral ya se encuentra en marcha tras la convocatoria del presidente Martín Vizcarra, el pasado 9 de julio.

VIDEO RECOMENDADO

Esta fue la última intervención de Pedro Cateriano antes de abandonar el Congreso
El primer ministro, Pedro Cateriano, no recibió el voto de confianza de parte del Congreso.

Contenido sugerido

Contenido GEC