La bancada de Acción Popular, a iniciativa del congresista Wilson Soto Palacios, presentó un proyecto de ley que plantea que los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) sean sometidos a juicio y antejucio político.
Se trata de la iniciativa legislativa 4477/2022-CR, que propone reformar la Constitución Política del Perú, modificando el artículo 99 para que sean procesados “por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en éstas”.
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En la exposición de motivos se señala que el referido artículo proporciona una protección especial a los altos funcionarios públicos, quienes no pueden ser sometidos directamente ante el órgano jurisdiccional por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones sin previamente pasar por el filtro de la acusación constitucional ante el Congreso a través del antejuicio político.
“Uno de los fundamentos principales es que los altos funcionarios por la responsabilidad de los cargos que ocupan no pueden ser vulnerables ante denuncias penales con motivaciones políticas que afectaría el desarrollo de sus funciones con normalidad y muy por el contrario distraería atender los constantemente requerimientos judiciales y fiscales, por lo que, es necesario que se pase el filtro previo del Congreso de la República a través del levantamiento de su inmunidad”, manifestó.
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En ese sentido, refiere que dentro de los altos funcionarios del Poder Ejecutivo (presidente de la República y ministros de Estado), Poder Legislativo (congresistas), Poder Judicial (vocales supremos) y órganos constitucionalmente autónomos, se ha omitido considerar a las máximas autoridades de otros órganos constitucionales autónomos.
Recordó que el propio Tribunal Constitucional (TC) -en el año 2012- observó la necesidad de actualizar la Constitución Política de 1993 para formalizar el control político, no solamente en el caso del presidente del JNE, sino también para los miembros del Pleno y los jefes de la ONPE y del Reniec.
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“De la sentencia referida, se desprende que el Congreso de la Republica debe de legislar sobre la modificación del artículo 99 de la Constitución política, incluyendo a los demás órganos constitucionales autónomos como pasibles de acusación constitucional por antejuicio político y juicio político, y, es más, se hace alusión a que en sentencia del Expediente 00156-2012-PHC/TC, ya se había exhortado al parlamenta a completar la omisión relacionad a la incorporación de los demás órganos constitucionales autónomos dentro de los alcances del artículo 99 de la carta fundamental”, subraya.
“Por las razones expuestas proponernos la aprobación de la fórmula legal sugerida con la finalidad de completar la omisión advertida por el Tribunal Constitucional, las mismas que consideramos coherentes con nuestro ordenamiento jurídico”, añade.
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