La Comisión de Constitución sesionará este viernes en una sesión extraordinaria para discutir el proyecto de ley del congresista de Alianza para el Progreso, Eduardo Salhuana, el cual busca modificar una resolución del JNE sobre los mecanismos para la inscripción de nuevos afiliados.
Según la agenda del grupo de trabajo, se tiene previsto la presencia de los titulares de los entes del sistema electoral, como Jorge Luis Salas Arenas, presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE); Piero Corvetto, jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE); y Carmen Velarde, jefa del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
La presencia de Salas Arenas se da luego de que el día de ayer participara en la sesión de la Junta de Portavoces del Congreso, a la que fue citado para por la resolución N.° 907-2021-JNE, dada a finales del año pasado, la cual establece la reglamentación sobre el momento y la forma de entrega del padrón de afiliados por parte de las organizaciones políticas para su inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) a fin de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022.
Cabe indicar que hasta el momento, hay cuatro partidos y 16 movimientos regionales que intentaron presentar padrones en varios bloques, sin cumplir con la regla establecida por el JNE.
Entre los partidos que incumplieron con la norma se encuentra APP, de César Acuña; Renovación Popular, de Rafael López Aliaga, además de Somos Perú y Frente de la Esperanza. Estos cuatro partidos presentaron apelaciones ante el JNE, para incorporar a afiliados en nuevos bloques, pese a la regla vigente desde noviembre.
Salhuana aseguró en la sustentación de su iniciativa legislativa, en la sesión del último martes, que se trata de defender el derecho de participación política, en alusión a los nuevos afiliados que captó APP para las elecciones regionales y municipales del 2022.
Al respecto, el JNE ha precisado en un comunicado que no se ha vulnerado el derecho a la participación política de los partidos y movimientos regionales, debido a que la Resolución N.° 907-2021-JNE no prohíbe la presentación de padrones de afiliados, sino que determina las condiciones y requisitos para presentarlos a la DNROP.
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