La iniciativa de Juntos por el Perú plantea que el Congreso quede disuelto automáticamente en caso de que vaque por incapacidad moral al mandatario. (Foto: Twitter)
La iniciativa de Juntos por el Perú plantea que el Congreso quede disuelto automáticamente en caso de que vaque por incapacidad moral al mandatario. (Foto: Twitter)
Redacción EC

El congresista de , Alfredo Pariona, se mostró a favor del proyecto de ley presentado por que plantea que el Parlamento quede disuelto de manera automática en caso de que se produzca una vacancia bajo la causal de “incapacidad moral permanente”.

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“Cada legislador puede presentar iniciativas, necesitaría más información para dar una opinión. Sin embargo hemos visto que la clase política está generando situaciones para perjudicar la Gobernabilidad, en ese contexto si se da eso, estoy conforme [con el proyecto de ley] porque como Perú Libre hemos llegado con una propuesta y si no se nos permite y se da una vacancia pues nos vamos todos y empezamos de nuevo”, aseveró a Canal N esta noche.

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Explicó que no estaría de acuerdo con que se “blinde” al presidente, pero que si la ley se aprueba y se dan las causales entonces se podría utilizar porque “para eso están las normas”.

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Congresista oficialista se mostró a favor del proyecto que propone que se disuelva el Parlamento en caso de vacancia presidencial

¿Qué plantea la iniciativa?

La iniciativa elaborada por la legisladora Isabel Cortez y lleva por nombre el de “muerte cruzada”. Plantea que el Congreso quede disuelto de manera automática si decide vacar al presidente de la República bajo la causal de “incapacidad moral permanente”.

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El proyecto propone modificar el artículo 113 de la Constitución Política, la cual actualmente contempla que el Congreso puede vacar al mandatario por diversas causales, entre las que está la “incapacidad moral”.

En este caso, la norma plantea lo siguiente: “Su declaratoria [de la vacancia] dará lugar a la disolución automática del Congreso, debiendo convocarse a elecciones parlamentarias. En el caso de la vacancia del último vicepresidente se convocará a elecciones generales, de acuerdo a lo contemplado en el artículo 134″.

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