Pese a la oposición del Ministerio Público, el Poder Judicial (PJ) y de la Procuraduría Ad Hoc para los Casos Lava Jato (en representación del Ministerio de Justicia), principales actores en el proceso de colaboración eficaz, la Comisión de Justicia del Congreso aprobó un dictamen que debilita el mencionado proceso especial.
El texto, que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal, debe ser debatido en el Pleno del Congreso.
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Las instituciones que participan en el proceso de colaboración eficaz se opusieron a los cambios al considerar que -lejos de fortalecer la lucha contra la criminalidad organizada y la corrupción- limitaría el tiempo para la declaración, corroboración, análisis y aprobación de la delación, lo que favorecería a impunidad.
En el último quinquenio, los colaboradores eficaces han sido determinantes para que, desde el 2017 hasta la fecha, el Ministerio Público inicie 89 investigaciones por los delitos cometido por la empresa Odebrecht en el país en la trama de corrupción internacional conocida como Lava Jato.
Según un balance de la fiscalía, hasta fines del 2021, existían 117 procesos de colaboración eficaz. Sin embargo, de este total de las delaciones reportadas por el Ministerio Público, 98 procesos se encuentran aún en trámite y serían los principales afectados si el Congreso llega a cambiar las reglas, advirtieron a El Comercio fuentes de la Procuraduría.
Ello, debido a que el dictamen, aprobado por la Comisión de Justicia, establece que, para los procesos de colaboración eficaz en trámite, “el cómputo de los plazos se inicia desde el día siguiente de la entrada en vigencia de la presente ley”.
Cabe precisar que aquellas colaboraciones eficaces que ya se encuentran con sentencia judicial o los casos que ya fueron presentados ante el Poder Judicial y esperan un pronunciamiento, no se afectarían ya que la norma no tiene efecto retroactivo.
Por ejemplo, los procesos de colaboración con sentencia contra la constructora Odebrecht y sus funcionarios como Jorge Barata, el principal delator cuyas declaraciones han servido para imputar a los expresidentes Alejandro Toledo, Ollanta Humala -y su esposa Nadine Heredia- y Pedro Pablo Kuczynski, así como la ex candidata presidencial por Fuerza Popular, Keiko Fujimori.
También se han visto implicados los principales partidos políticos que participaron en las elecciones generales de la última década como Fuerza Popular, el Partido Nacionalista (que perdió su inscripción), Podemos Perú (PP), Apra (que perdió su inscripción) entre otros.
Fuentes de la Procuraduría Ad Hoc para los Casos Lava Jato indicaron a El Comercio que, de la cifra de los procesos especiales aún en trámite registrados por el Ministerio Público (98), en este momento su dependencia participa en 20 procesos de colaboración eficaz ya que la fiscalía les ha notificado para conocimiento y formen parte de la negociación de la reparación civil a favor del Estado.
Entre los 20 procesos de delación en trámite -que ya cuentan con la participación de la Procuraduría Ad Hoc del Caso Lava Jato- se encuentran personajes vinculados a los casos seguidos por el Club de la Construcción, Martín Vizcarra, Metro de Lima, Susana Villarán y Luis Castañeda Lossio informaron las fuentes de dicho despacho.
Además, precisaron que los nombres de los que están sometidos a dicho proceso especial no pueden ser revelados aún ya que se encuentran bajo reserva de ley.
Las mismas fuentes precisaron que el proceso de negociación no es inmediato por lo que establecer plazos limita el tiempo que se requiere, sobre todo porque se trata de procesos complejos. Recordaron que los procesos de delación en trámite tienen diversos paso a seguir como la toma de declaración de los aspirantes a colaboradores eficaces, corroboraciones, aporte de pruebas documentarias y ampliaciones de declaración lo que hace indispensable tener el tiempo necesario para fortalecer los casos.
“Son 20 los procesos de colaboración que tiene la Procuraduría Ad Hoc, es decir que aún hay procesos de delación que tiene en curso el Equipo Especial de la Fiscalía. Todos ellos correrían riesgo si se aplica la ley porque deberán ser adecuadas a dicha norma pues aún no han sido presentadas ante el Poder Judicial”, señalaron.
Actualmente, además del Caso Lava Jato, también existen colaboradores eficaces en la investigación que se sigue contra Los Cuellos Blacnos del Puerto, investigaciones contra del partido de Gobierno Perú Libre, el Caso Dinámicos del Centro donde está implicado el fundador de dicha agrupación, Vladimir Cerrón, entre otros.
El proceso especial de colaboración no es nuevo y tampoco sus resultados han sido pocos. Por el contrario, en la historia judicial de nuestro país los juicios de corrupción y delitos contra la humanidad llegaron a diversas sentencias gracias a los delatores reconocidos por la justicia.
Matilde Pinchi fue la principal colaboradora eficaz que ayudó a las condenas impuestas contra el exasesor presidencial Vladimiro Montesinos y también participó en los procesos contra el expresidente Alberto Fujimori, quien purga condena en el penal de la Diroes (Ate) por diversos delitos cometidos durante su gobierno.
Trabas y complicaciones
Todo lo anterior quedaría limitado y lo avanzado en los procesos de colaboración se vería afectado con las modificatorias al Código Procesal Penal y Código Penal que ya pasó el primer filtro en la Comisión de Justicia con el apoyo de Fuerza Popular, Perú Libre, Alianza para el Progreso, Acción Popular, entre otros. El próximo paso será el debate en el Pleno del Congreso.
¿En qué afectaría al proceso de colaboración eficaz? Uno de los puntos que más preocupa a la Fiscalía, el Poder Judicial y la Procuraduría del Caso Lava Jato es el plazo que se ha establecido para aprobar y cerrar un proceso especial.
El dictamen, recaído en los proyectos 012-2021-CR y 565-2021-CR sobre Colaboración Eficaz incorpora en el Artículo 473 de la “Fase de corroboración”, establecido en el Código Procesal Penal, que el tiempo que se tiene desde la solicitud para acogerse al proceso de colaboración eficaz hasta su aprobación o denegación será de ocho meses. Y, en los casos de delitos comunes solo podrá ampliarse por otros cuatro meses más y ocho meses más en procesos vinculados a crimen organizado.
Lee aquí el dictamen completo
Otro punto que se pretende modificar es que el fiscal solo podrá recoger la declaración del postulante a colaborador eficaz en presencia de su abogado.
Además, se pretende incorporar en el mismo artículo que queda “prohibido” corroborar la declaración de un postulante a colaborador eficaz, con declaraciones de otros postulantes a colaboración eficaz, mientras estas no sean corroboradas y tengan aprobación judicial del acuerdo correspondiente.
El documento modifica el artículo 409-B del Código Penal, promulgado por el Decreto Legislativo 635, mediante el que se sanciona con penas entre cuatro y seis años a quienes identifiquen al colaborador eficaz o revele, proporcione o difunda la declaración del mismo. Si se trata de un funcionario público la sanción penal será entre cinco y siete años.
🚨 #ALERTA 🇵🇪 IPYS rechaza el proyecto de ley aprobado por la @CJDH2021_2022 del @congresoperu presidido por @gladysechaiz, pues propone criminalizar y penalizar el trabajo periodístico relacionado a divulgación de declaraciones de colaboradores eficaces.https://t.co/dRutk5iR8h
— IPYS (@IPYS) February 21, 2022
Favorecería a la impunidad
Desde la Procuraduría Ad Hoc para el Caso Lava Jato han reiterado que el plazo de ocho meses, propuesto desde la Comisión de Justicia del Congreso, “es demasiado corto y ajeno a la realidad de las colaboraciones eficaces de casos como el de Lava Jato, Club de la Construcción y Cuellos Blancos”.
En esa línea han puntualizado que la propuesta no toma como referencia los plazos fijados en el Código Procesal Penal para las investigaciones. Tampoco se considera la capacidad operativa instalada de las instituciones públicas vinculadas a la administración de justicia, ni la complejidad de los casos donde se aplica el proceso de colaboración eficaz.
“El proyecto de ley se convierte en un impedimento para llevar a cabo procesos de colaboración eficaz, descubrir los hechos delictivos y obtener la reparación civil”, se explica desde la oficina especializada en defensa del Estado a cargo de la doctora Silvana Carrión.
Sobre el uso del testimonio de los colaboradores para corroborar otra declaración, la procuraduría consideró que no resulta razonable que de forma anticipada se limite al fiscal en cuanto a su estrategia de corroboración y evaluación de los elementos que aporta el colaborador.
“La propuesta normativa limita el accionar del fiscal, pues con ello ya no podrá emplear los dichos del colaborador para solicitar al Poder Judicial medidas como prisiones preventivas, ordenes de impedimento de salida, medidas de incautación o embargo sobre los bienes de otros investigados, entre otras”, explicaron.
También se mostró en desacuerdo con la persecución penal para los que difundan información sobre el colaborador o su declaración precisando que, además del fiscal que tiene a cargo el proceso de delación, existen otros actores que forman parte del proceso de colaboración eficaz y tienen acceso a la información del colaborador: el mismo aspirante a colaborador, su abogado, la procuraduría y el juzgado.
La fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos también advirtió en las últimas horas que de aprobarse en el Pleno del Congreso la modificación a la ley de colaboración eficaz que ya tiene el visto bueno de la Comisión de Justicia del Parlamento, se “favorecería la impunidad”.
En declaraciones a RPP recordó que muchos de los líderes políticos que tienen procesos en la fiscalía por organización criminal “tienen representación en la Comisión de Justicia” donde han abonado en la modificatoria de la ley de colaboración eficaz que es “instrumento valioso en la lucha contra la corrupción”.
“Sobre la ley de colaboración hay un dictamen aprobado ¿Qué están buscando? Desincentivar a los colaboradores. Ahora hay pena para los jueces y fiscales y de repente para ustedes (los medios de comunicación), pena efectiva ¿Eso no se llama mordaza o cómo se llama?”, cuestionó.
El Poder Judicial también se pronunció en contra de los cambios y agregados que el Legislativo pretende finiquitar a través del pleno indicando que la propuesta es inviable.
Desde el PJ se aseveró que las prohibiciones de recibir la declaración del aspirante como testigo común o testigo protegido y corroborar la declaración de un aspirante con la declaración de otro aspirante mientras no haya aprobación judicial del acuerdo “son inviables porque eso dependerá de cada caso y corresponde a la potestad valorativa del órgano jurisdiccional”.
“Establecer un plazo para el proceso por colaboración eficaz podría afectar su desarrollo debido a que, en la práctica, muchas diligencias de corroboración pueden no ser satisfechas en corto tiempo por motivos ajenos al solicitante o a la administración de justicia”, reclamaron.
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