No reelección: partido de Castañeda busca interpretación única
No reelección: partido de Castañeda busca interpretación única
Redacción EC

La aprobación definitiva de de los ahora llamados gobernadores regionales y de los alcaldes ha generado molestia en la interna de , partido que resultó ser el gran vencedor en las últimas elecciones municipales: ganaron en Lima y en 18 distritos de la capital.

El vocero solidario en el Congreso, Gustavo Rondón, contó a El Comercio que en su bancada viene analizando la posibilidad de plantear ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y el Tribunal Constitución (TC) un pedido de “interpretación única”.

La interpretación única tiene como objetivo, según detalló Rondón, establecer si la ley de no reelección alcanza a las actuales autoridades edilicias, como .

“La ley como se ha promulgado no precisa si rige para las actuales autoridades o para las que sean electas a partir del 2018”, dijo el portavoz de Solidaridad Nacional, quien opinó que la norma, en el fondo, es buena porque busca luchar contra la corrupción, pero señaló que se debió permitir una sola reelección inmediata.

Rondón negó que su bancada busque esta interpretación única para garantizar una eventual reelección de Luis Castañeda Lossio en el 2018.

Añadió que su partido tiene buenos cuadros que recién ingresaron a los municipios como alcaldes y que merecen tener la oportunidad de realizar una gestión de ocho años, que les permita realizar cambios sustanciales en sus jurisdicciones.

“A veces justos pagan por pecadores, esta norma se dio porque un grupo de personas utilizó mal el dinero público, pero también se tiene que ver que hay alcaldes que manejan muy bien sus municipios”, refirió.

DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD
El ex presidente del Tribunal Constitucional sostuvo que la ley que prohíbe la reelección inmediata de gobernadores regionales y de alcaldes rige para quienes ostentan actualmente esos cargos.

“Salvo disposición contraria en la ley, esta rige para quienes están en este momento en el cargo […] La norma, al ser una reforma constitucional, tiene validez desde el día siguiente de su publicación. Bajo el imperio de esta ley, los alcaldes elegidos en octubre último no pueden ir a la reelección [en el 2018]”, refirió el también decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de San Martín de Porres (USMP).

Al ser consultado sobre el posible pedido de interpretación única de Solidaridad Nacional, Álvarez dijo que ni el JNE ni el TC tienen la atribución de absolver consultas.

“Si desean que el TC se pronuncie, deben interponer una demanda de inconstitucionalidad bajo el argumento de que esta medida es necesaria, pero es poco idónea para el fin que se persigue”, refirió.

En el caso del JNE, el ente electoral solo puede fijar posición, cuando se presente una tacha contra un candidato por este motivo.

Por su parte, el también ex titular del Tribunal Constitucional y ex ministro de Justicia afirmó que “no hay nada que aclarar”, porque el artículo 103 de la Constitución establece que las reformas a la Carta Magna entran en vigencia un día después de su emisión.

“Solo en los denominados contratos ley, la Constitución permite que una norma [antigua] se mantenga vigente. Por ejemplo, si un inversionista privado realiza un negocio con el Estado y firma un contrato en el 2009. Entonces, ese acuerdo se aplicará con las normas vigentes de ese momento, así exista una modificación de la ley”, señaló.

García Toma aclaró que la interpretación única que pedirá el partido de Luis Castañeda Lossio está lejos de ser la ley que se dio en el fujimorato para permitir la ‘rereelección’ de en el 2000.

La Constitución de 1993 permitía solo una reelección inmediata, lo que inhabilitaba a Fujimori de postular en el 2000. Sin embargo, el ex jefe de Estado adujo que como la Carta Magna se dio en el 1993, su primera elección bajo este marco legal fue en 1995 y no la de 1990.

Para concluir, García Toma cuestionó que la ley de no reelección esté “mal redactada”.

“Está prohibida la reelección del gobernador y vicegobernador a los mismos cargos. ¿Qué pasa si el vicegobernador postula a gobernador o viceversa? ¿Les alcanza o no la prohibición? Porque esta será una forma mañosa de continuar en los cargos”, acotó.

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