Karem Barboza Quiroz

El () anuló la formalización de la investigación preparatoria seguida contra tres fiscales sindicados como presuntos cómplices de la ex titular del Ministerio Público, , por presuntamente haber accionado para denunciar penalmente a los jueces superiores que emitieron un fallo judicial a favor de integrantes de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

Los favorecidos son Doris Gloria Beltrán Espinoza y Álvaro Abilio Castañeda Rojas, extendiéndose los beneficios a Miguel Ángel Vegas Vaccaro, en su condición de exfiscales supremos provisionales durante la gestión de Benavides Vargas.

La decisión fue tomada por el juez supremo Saúl Peña Farfán, quien declaró fundados sendos recursos de los fiscales Beltrán y Castañeda.

MIRA: Censura ronda al ministro Julio Demartini: ¿El Congreso tiene los votos para sacarlo del cargo?

Beltrán Espinoza y Vegas Vaccaro son investigados por el presunto delito contra la administración pública, en la modalidad de cohecho pasivo propio; mientras que Castañeda Rojas por supuesto peculado doloso agravado, en agravio del Estado.

Según la imputación fiscal, Vegas Vaccaro habría prestado su función como encargado de la Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos para abrir una investigación ‘expres’ contra los jueces de la Tercera Sala Constitucional de Lima que otorgaron una medida cautelar a favor de la JNJ. Ello, a cambio de “la promesa de ventaja” por parte de Benavides para mantenerlo en el referido cargo.

Mientras que Castañeda Rojas es sindicado por presuntamente haber aceptado participar en un acto ajeno a su función como exfiscal adjunto supremo; esto fue, en la elaboración de la denuncia por los delitos de prevaricato y abuso de autoridad contra los jueces superiores constitucionales.

Y contra Beltrán Espinoza, la fiscalía señala que habría aceptado “la promesa de ventaja” para ser mantenida en el cargo de fiscal adjunta suprema a cambio de haber aceptado el “proyecto de la denuncia” contra los jueces, en un USB y un documento físico, antes de que sea presentado por la congresista Patricia Chirinos (denunciada constitucionalmente por este caso junto a Patricia Benavides), para acelerar su tramitación.

¿Por qué se anuló la judicialización de los actos atribuidos a los tres fiscales?


Doris Gloria Beltrán Espinoza, Álvaro Abilio Castañeda Rojas y Miguel Ángel Vegas Vaccaro fueron incluidos en la investigación contra Benavides Vargas en marzo del 2024.

En mayo de este mismo año, el Ministerio Público decidió presentar la denuncia constitucional, ante el Congreso contra Benavides Vargas y Chirinos Venegas y formalizar la investigación preparatoria en contra de los tres fiscales. Es decir, judicializar sus casos ante el Poder Judicial.

Sin embargo, vía una cuestión previa presentada ante el PJ, las defensas legales de Beltrán y Castañeda cuestionaron que la fiscalía no haya seguido el procedimiento establecido por ley antes de judicializar su caso.

Esto, señalaron ante el juez de investigación preparatoria, Saúl Peña, porque la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos -en ese momento a cargo de la fiscal Delia Espinoza- formalizó la investigación preparatoria omitiendo el pronunciamiento previo de la fiscal en la Nación.

miguel vegas vaccaro
miguel vegas vaccaro

Según el procedimiento, el Fiscal de la Nación previa investigación, es el que tiene que autorizar el ejercicio de la acción penal contra magistrados por delitos, supuestamente cometidos en el ejercicio de sus funciones.

Sin embargo, el fiscal supremo provisional Marcial Chappa indicó ante el juez Peña Farfán, que la Fiscalía de la Nación ya había autorizado para que la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos pueda ejercer acción penal en los casos de la carpeta 1228-2023 (que implican a Patricia Benavides), y todos los casos derivados de esta.

Sin embargo, para el juez de investigación preparatoria, la norma es clara al señalar que solo se puede ejercer acción penal sin autorización de la FN, si el caso es en “flagrancia” y dentro de las 48 horas de haberse cometido; o se investigue como parte de una organización criminal.

Si bien, indicó el juez Peña Farfán, se le habilitó a la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos para que realice labores propias de un fiscal de la Nación (investigar preliminarmente a los altos funcionarios del Estado), se debió prever los mecanismos necesarios, para que no sea esa misma fiscalía, la que investigue y a la vez, autorice el ejercicio de la acción penal en las investigaciones que realiza; ya que de lo contrario se podría afectar el derecho al debido proceso de conformidad con el artículo 139 inciso 3 de la Constitución.

Además, precisó que los fiscales afectados no fueron denunciados como parte de una organización criminal.

Por ello, señaló que la autorización de la FN no era un mero trámite, y en caso de impedimento de parte del Fiscal de la Nación, dicho análisis y autorización debe realizarlo el fiscal supremo designado por la Junta de Fiscales Supremos.

“La emisión de la disposición del Fiscal de la Nación que autoriza el ejercicio de la acción penal en casos de procesos seguidos contra magistrados del poder judicial y ministerio público inmersos en el artículo 454° del CPP, no pude ser un mero formalismo, sino requiere de una evaluación caso por caso por el Fiscal de la Nación, para autorizar o no proseguir con la investigación preparatoria.”

Saúl Peña Farfán, Juez Supremo

Saúl Peña Farfán,


Sin embargo, según Peña Farfán, esto no ocurrió en los casos de los fiscales investigados Doris Gloria Beltrán Espinoza, Álvaro Abilio Castañeda Rojas y Miguel Ángel Vegas, por lo que debía ser regularizado por parte del Ministerio Público.


Luego de que se regularice el trámite que debió haberse seguido, podrá volverse a formalizar la investigación preparatoria contra los tres investigados.

De esta manera el juez supremo declaró “fundada” la cuestión previa planteada por la defensa de los tres fiscales.







Contenido Sugerido

Contenido GEC