El juez de investigación preparatoria, Richard Concepción Carhuancho, decidió inaplicar la nueva ley de crimen organizado a favor del Mateo Castañeda, exabogado de la presidenta Dina Boluarte y del exsubprefecto de Cajamarca, Noriel Chingay, en el caso “Los Waykis en la Sombra”.
El magistrado viene resolviendo el pedido de prisión preventiva por 36 meses, que solicitó el Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción (Eficcop) contra Castañeda Segovia y Chingay Salazar, investigados por los presuntos delitos de crimen organizado y tráfico de influencias.
Como se recuerda, días atrás, el magistrado también inaplicó la mencionada ley para el caso del Nicanor Boluarte, hermano de la mandataria, quien se encuentra prófugo de la justicia al habérsele dictado 36 meses de prisión preventiva por presuntamente liderar la organización criminal “Los Waykis en la Sombra”.
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Siguiendo la misma línea de decisión, Concepción Carhuancho llegó a la conclusión que el presunto delito de organización criminal imputado contra Castañeda y Chingay, debe regirse por el artículo 317 del del Código Penal modificado por el Decreto Legislativo 1244, es decir la norma anterior, por lo que no puede aplicarse las recientes leyes 3208 y 32138, emitidas por el Congreso de la República.
“A juicio de este despacho se debería aplicarse la 32108 porque es la más favorable comparándola con la 32138, pero aún así, no se va a plicar en el caso concreto porque contraviene la Constitución Política del Estado, la Convención de Derechos Humanos y también la Convención de Palermo; invocándose, para tal efecto, el control difuso y el control de convencionalidad.”
El magistrado explicó que su decisión, adoptada del mismo modo en el caso de Boluarte Zegarra, obedece a que, en su criterio y por normativa constitucional, “cuando el legislador piensa en emitir normas debe cumplir con determinados requisitos, determinadas exigencias de carácter constitucional, esto es que debe legislar con criterios de generalidad y abstracción; no debe legislar solamente para favorecer a determinadas personas. Es decir, se prohíbe emitir leyes con nombre propio”.
Señaló que el concepto “con nombre propio” no es un argumento político establecido por su despacho, como erróneamente se ha dicho desde algunos sectores; por el contrario, se trata de un “argumento jurídico” contemplado en los manuales de derecho constitucional. Pero además, ha sido materia de análisis en el Tribunal Constitucional (TC).
Para ello, citó la sentencia del TC del 8 de noviembre del 2022, referida a normas sobre el delito de terrorismo, en la que se destaca que no se puede expedir leyes con nombre propio.
“Esta ley (Ley 32108) se expidió con nombre propio, porque el promotor de esta ley, el congresista Waldemar Cerrón lo ha emitido para favorecerse así mismo, porque se encuentra investigado por presunto delito de organización criminal. Es decir, ha promovido la ley para ser favorecido”, insistió.
El juez consideró que, de aplicarse la nueva ley, dejaría fuera del espectro del delito de organización criminal otros delitos como cohecho, tráfico de influencias o colusión; delitos vinculados a funcionarios públicos.
Nicanor Boluarte pudo actuar gracias al “poder de facto”
De otro lado, el juez Concepción Carhuancho, concluyó que se cumplía el presupuesto de graves y fundados elementos de convicción contra el investigo Noriel Chingay, al existir “alto grado de probabilidad” sobre su participación en los presuntos delitos de organización criminal y tráfico de influencias que se le atribuye.
Chingay, en su condición de ex subprefecto de Cajamarca, es implicado en la presunta recolección de fichas para que Nicanor Boluarte pueda lograr la inscripción del partido político “Ciudadanos por el Perú”.
A consideración del juez, Chingay Salazar, como presunto mando medio de la red criminal, pudo buscar la integración de otros afiliados para lograr la inscripción partidaria y perpetuarse en el poder; gracias al poder de facto de Nicanor Boluarte.
En esa línea, el juez se preguntó: “¿Si es que el presunto líder de la organización criminal no tendría vinculación con el poder, con la presidenta Dina Boluarte Zegarra, habría podido lograr instrumentalizar?”.
Concluyó que no, y enfatizó que el vínculo con el poder de Boluarte Zegarra es lo que le habría permitido instrumentalizar el aparato estatal, ya que contaba con el presunto operador funcionarial, el prófugo Luis Ortíz Marreros, que concretaba todas las designaciones de prefectos y subprefectos.
Nicanor Boluarte había visto como estrategia, conformar su partido político instrumentalizando las prefecturas y subprefecturas, y esto no lo iba a poder hacer si es que era una persona que no tenía vínculos con el poder. Muy por el contrario, el poder de facto con su vínculo con la actual presidenta Dina Ercila Boluarte Zegarra pone de manifiesto que habría podido utilizar estos puestos públicos para captar prefectos y subprefectos y exigirles fichas de afiliación.”
Richard Concepción Carhuancho, juez de investigación preparatoria
Por ello, reiteró que existe sospecha fuerte sobre la participación de Noriel Chingay en la designacion de prefectos y subprefectos en la región de Cajamarca, con la finalidad de condicionarles la entrega de fichas de afilación para la constitución del partido político ‘Ciudadanos por el Perú’ en la que también participaron personajes clave como Boluarte Zegarra, Ortiz Merros y su hermano, Jorge Chingay.
Al cierre de este informe, el magistrado resolvía el primer presupuesto del pedido de prisión preventiva -graves y fundados elementos de convicción- contra Mateo Castañeda, abogado de la expresidenta Dina Boluarte.
Desde la clandestinidad, el prófugo Nicanor Boluarte, hermano de la presidenta DIna Boluarte, presentó un escrito ante el despacho del juez de investigación preparatoria Richard Concepción Carhuancho, acreditando como su nueva defensa al abogado Humberto Abanto y otros abogados de estudio profesional.
Sin embargo, el magistrado requirió que el investigado, hoy prófugo de la justicia, acuda personalmente para realizar la variación de su defensa legal.
Durante la audiencia de prisión preventiva por el caso "Los Waykis en la Sombra", el abogado Luis Vivanco, quien hasta la fecha venía ejerciendo la defensa de Boluarte Zegarra indicó al juez que no tenía conocimiento del escrito y que no se le había consultado. Por ello, aseguró que continuará al frente de la defensa del hermano de la presidenta.
Finalmente, durante la audiencia, el juez informó que el estudio de abogado que buscaba acreditarse se había desistido de su pedido por la "imposibilidad" de contactar al prófugo hermano presidencial.
En declaraciones a Canal N, Humberto Abanto señaló que la manera en que se le encargó la defensa de Boluarte, era parte del secreto profesional.