A casi dos semanas de haber sido nombrados por la presidenta Dina Boluarte, dos de los tres nuevos ministros que registraron haber tenido investigaciones y/o procesos judiciales actualizaron los detalles de dichas pesquisas en sus Declaraciones Juradas de Idoneidad, documento obligatorio por ley.
Se trata de los ministros de Educación, Magnet Carmen Márquez Ramírez, y Trabajo, Antonio Varela Bohórquez, quienes tras presentar sus declaraciones juradas tras su juramentación ante la presidenta Dina Boluarte se comprometieron a dar detalles de las investigaciones en su contra.
Mientras que el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Daniel Maurate, quien más cuestionamientos tuvo al inicio de su gestión, también consignó tener pendiente el “detalle” de sus investigaciones, pero hasta la fecha no actualiza la información.
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El Comercio consultó con el Minjus sobre dicha situación e indicaron que el ministro tiene plazo hasta el 15 de mayo para actualizar su Declaración Jurada de Idoneidad.
En la Ley 31457 se precisa que junto a la resolución suprema de nombramiento del ministro se incluirá como anexo la Declaración Jurada del nuevo funcionario, que debe consignar con detalle que cumple con los requisitos para ser ministro.
De igual forma, debe consignar “todas las investigaciones fiscales, los procesos judiciales y procedimientos administrativos en los cuales está o estuvo incurso en calidad de imputado o cómplice, el estado en que se encuentre dichos procesos y procedimientos, así como la decisión de las sentencias o resoluciones administrativas, si el proceso hubiera concluido”.
Investigaciones fiscales, judiciales y sanción disciplinaria
Antes de ser nombrada ministra de Educación, Magnet Carmen Márquez Ramírez ocupó otros cargos en el sector público como jefa de la Unidad de Personal de la Oficina General de Administración y también fue encargada de la jefatura de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Fue precisamente en dichos cargos que recibió una sanción disciplinaria de parte de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR y también fue objeto de denuncias fiscales y procesos judiciales y civiles, según los registros adjuntados en la DJ.
En el 2017, Márquez Ramírez fue sometida a un procedimiento administrativo sancionador en su condición de exjefa de la Oficina General de Administración del APCI (Agencia Peruana de Cooperación Internacional) por la contratación “con celeridad” de una empresa que no habría contado con la documentación necesaria para sustentar adecuadamente la prestación del servicio.
Si bien, dicho proceso no se encuentra registrado ante la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, sí existe otro seguido en el Ministerio de Educación, donde incluso la actual ministra fue sancionada con una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) a través de la Resolución Ministerial No 639-2016-MINEDU, del 14 de diciembre de 2016.
Según el documento obtenido por El Comercio, la sanción se impuso por haber infringido el “principio de eficiencia” previsto en el numeral 3) del artículo 6 de la Ley 27815- Ley del Código de Ética de la Función Pública, así como el deber de responsabilidad previsto en el numeral 6) del artículo 7 del mismo cuerpo normativo.
El motivo de la sanción: en su condición de exJefa de la Unidad de Personal de la Oficina General de Administración del sector, del 1 de enero del 2009 al 31 de julio de 2010, no habría dispuesto acciones para contar con información de los directores nombrados de las instituciones educativas públicas que le permita elaborar el listado de responsables del manejo de cuentas del Programa de Mantenimiento 2010 y la entrega de presupuesto.
La sanción fue apelada por Márquez Ramírez; sin embargo el 8 de febrero del 2017, a través de la Resolución 00215-2017-SERVIR/TSC la Segunda Sala de dicha entidad declaró “infundado” el recurso impugnatorio de la actual ministra y confirmó la resolución que impuso la sanción del 2016 emitida por el Despacho Ministerial del Ministerio de Educación; “al haberse acreditado la comisión de la falta imputada”.
No solo eso, la actual ministra de Educación también estuvo incursa entre el 2015 y 2019, en investigaciones fiscales en Lima -que actualmente se encuentran archivadas- por presuntos delitos de coacción laboral sobre la conformación o integración de sindicatos, abuso de autoridad y discriminación de personas.
Mientras que en el distrito fiscal de Lima Este, también fue investigada por presunta desobediencia a la autoridad o rehusamiento al cumplimiento de acto oficial según el reporte fiscal.
Márquez Ramírez, según reporte del Poder Judicial, también estuvo inmersa como denunciada en otros cinco procesos entre civiles y penales. Mientras que en otro caso civil adicional ella fue la demandante.
En el 2004 fue procesada por el presunto delito delito contra la administración pública - (abuso de autoridad) en el Sexto Juzgado Penal de Junín (Sede Central), que en el 2006 concluyó con el archivo definitivo.
Mientras que, en el 2008, fue demandada en un proceso contencioso administrativo formulado por Abraham Fernández Vargas, presidente del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo de la Dirección Regional de Educación de Cajamarca - CAFAE-SEDE-DRE-CAJ, contra la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Cajamarca y el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo de los Trabajadores del Sector Educación - CAFAE-SE.
Sin embargo, fue declara “infundada” en primera y segunda instancia por el Segundo Juzgado Civil de Cajamarca y por la Sala Civil de dicha ciudad, por lo que el caso (0031-2008-51-0601-JR-C) fue archivado.
“La aludida sentencia en efecto se encuentra ejecutoriada pues el órgano superior en grado mediante sentencia de vista N° 433-2009-SEC ha resuelto confirmar la sentencia N° 077-2009 de fecha 06.07.2009 que declara infundada la demanda postulada por el presidente del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo de la Dirección Regional de Educación de Cajamarca - CAFAE-SEDE-DRE-CAJ.”
Segundo Juzgado Civil de Cajamarca
También fueron rechazadas las medidas cautelares (00031-2008-0-0601-JR-CI-02) que acompañaban la demanda de manera paralela.
El año 2009 fue incluida en un proceso penal ordinario en el 17 Juzgado Penal Liquidador de Lima por el presunto delito contra la administración pública, en la modalidad de retardo injustificado en el pago.
Si bien el reporte judicial indica que se encuentra en trámite, desde el Minedu indicaron que en octubre del 2019, el caso fue declarado “prescrito” por la Tercera Sala Penal para Procesos con Reos Libres.
Es decir, la acción penal contra la actual ministra se extinguió antes de que pueda resolverse su responsabilidad o inocencia.
Finalmente, en el 2017, también fue comprendida como parte de una demanda por incumplimiento de laudo arbitral cuando se encontraba al frente de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat).
“Por escrito del 23 de mayo del año en curso, Washington Trinidad Muñoz interpone demanda de ejecución forzosa de medida cautelar arbitral, la cual es dirigida contra la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria, a efectos que se ejecute lo dispuesto en la resolución 03 del 08 de setiembre de 2015 en el expediente arbitral 009-2015, tramitado ante el Centro Internacional de Arbitraje del Perú CIAP; Tercero: Del texto de la citada resolución se advierte que el monto que se ordena efectivizar en el mandato cautelar arbitral, está referido a una indemnización por daños y perjuicios como consecuencia de remuneraciones dejadas de percibir”, señala una resolución del caso obtenida por este Diario.
El Minedu respondió que si bien estuvo inmersa en este proceso, el caso contra ella se archivó cuando dejó de ser jefa de Sunat, ya que la demanda estaba promovida en contra de la entidad y contra quien ejercía la titularidad del misma.
Titular de Trabajo y su denuncia por presunta colusión
Antonio Varela Bohórquez, quien también ha tenido cuestionamientos por su tesis doctoral, actualizó el detalle de la investigación que se le siguió en su contra por el presunto delito de colusión.
Desde el Ministerio de Trabajo indicaron que recién se detalló el caso y se anexó la decisión fiscal, debido a que estaban a la espera de la documentación oficial emitida por la Primera Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima.
“La documentación que sustenta el archivo sobre denuncia por colusión será anexada a la Declaración jurada conforme a la Ley N° 31457 del ministro Antonio Fernando Varela Bohórquez en estos momentos”, agregaron.
El caso se inició en 2021, tras la denuncia interpuesta por Benjamin Aristides Villanueva Rojas, representante del Sindicato de Empleados de la Planta Siderúrgica de Chimbote de Sider Perú S.A.A, quien denunció al actual ministro y otros funcionarios de dicha empresa alegando la existencia de una presunta organización criminal que se habría constituido para causar perjuicio del mencionado sindicato en un proceso arbitral irregular y la posterior emisión de un laudo arbitral que habría favorecido solo a la referida siderúrgica.
Sin embargo, el 20 de setiembre de 2021, el Quinto Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima decidió no formalizar investigación preparatoria en contra de Varela Bohórquez y otros y dispuso el archivo del caso.
Esto fue confirmado por la Primera Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, que ante una consulta, indicó que no habían elementos para determinar el inicio o consecución de un proceso.
“En el caso en concreto, podemos discernir que de la denuncia interpuesta por el ciudadano Benjamin Arístides Villanueva Rojas, en calidad de representante del sindicato de empleados de la planta siderúrgica de Chimbote, no se advierte una sospecha inicial simple que exija la iniciación de las diligencias preliminares, mucho menos, se observa que haya existido un nivel de indicios fácticos mínimos que permitan deducir a la Fiscalía Provincial la presunta comisión de los ilícitos imputados”, resolvió la instancia superior según el documento fiscal obtenido por este Diario.