El Poder Judicial (PJ) rechazó el pedido del Ministerio Público para declarar reo contumaz a la lideresa de Fuerza Popular (FP), Keiko Fujimori, por haber viajado a España en pleno desarrollo del juicio oral en su contra por presuntos aportes ilícitos a su campaña electoral.
En la sesión desarrollada la mañana del lunes 25 de noviembre, el fiscal José Domingo Pérez solicitó al Tercer Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior Nacional que se aplique la medida y varíe la condición de Fujimori Higuchi, por no haber informado al colegiado sobre el referido viaje.
Actualmente, la ex candidata presidencial, sometida al juicio oral por el “Caso Cocteles”, se encuentra en España cumpliendo diversas actividades.
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Fujimori Higuchi es acusada por los presuntos delitos de crimen organizado y lavado de activos, por los que el Ministerio Público ha solicitado más de 30 años de cárcel en su contra. Actualmente, el juicio oral se desarrolla con el interrogatorio de testigos presentados por el Ministerio Público.
En la sesión de este lunes se presentaron los testigos Ignacio Vivanco, Catherine Pérez, y Víctor Alcázar, quienes señalaron que no realizaron algunos aportes o que se les pidió que prestaran su firma para sustentar algunos aportes.
Fiscal cuestiona un trato diferenciado a favor de Keiko Fujimori
En sus argumentos, el fiscal explicó que la norma procesal establecía que los acusados están obligados a participar del juicio oral. Y, en el caso de Fujimori Higuchi, señaló que el juzgamiento lo haría en un domicilio procesal ubicado en Lima, sea de manera presencial o virtual.
Sin embargo, el tribunal de juzgamiento señaló que la excongresista, al igual que los otros acusados en este proceso, se encuentra sujeta a una comparecencia sin impedimento de salida del país, y que la virtualidad le permitía participar en audiencia de manera remota.
Por ende, si bien era cierto, como indicaba el Ministerio Público, que no comunicó al tribunal que se encontraba en España, sí lo habría hecho ante el juez de investigación preparatoria, pues fue debido a ello que el Ministerio Público tomó conocimiento del viaje, además que la imputada se encontraba conectada a la sesión judicial.
“Diferente hubiera sido la situación si hubiéramos exigido un acto procesal donde debería estar de manera presencial la acusada Keiko Fujimori y sí se tendría que hacer efectivo dicho apercibimiento, pero dicha acusada se encuentra, como he indicado; y (lo que) sorprende a este colegiado es el pedido del Ministerio Público; y en consecuencia su pedido de que sea declarada reo contumaz se va a declarar infundado, debiendo continuar el proceso según su estado.”
Tercer Juzgado Penal Colegiado
El tribunal de juzgamiento se encuentra integrado por los jueces Juana Caballero García, Nayko Coronado Salazar, Max Vengoa Valdiglesias.
Ante ello, vía un recurso de reposición, el fiscal insistió en su pedido señalando que la norma procesal establecía que los acusados no pueden ausentarse o alejarse de las audiencias de juzgamiento sin autorización del juez, en este caso del tribunal del juzgamiento.
Por ello, Pérez Gómez recordó que el mismo colegiado señaló, expresamente, que de manera excepcional solamente autorizaba que tres acusado puedan llevar el juzgamiento desde el extranjero: Luis Barboza Dávila, Juan Carlos Luna Frisancho y Melissa Sasaki.
Otro caso, dijo el fiscal, fue la del acusado Jorge Trelles a quien el colegiado le pidió sustentar llevar el juzgamiento desde otro lugar.
“Por tanto, existe un agravio en relación a la interpretación que se le está dando a la norma procesal, al trato diferenciado que se le está dando a la acusada, en relación al acusado Jorge Trelles Montero y los demás acusados; y por ende, habiéndose advertido este agravio al amparo del artículo 159 de la Constitución política del Estado que obliga al Ministerio Público velar por la recta administración de justicia. Habiéndose identificado que no se ha cumplido con acreditar la debida concurrencia de la citada acusada Keiko Fujimori es que pedimos que se revoque la resolución dictada y se disponga el petitorio solicitado por el Ministerio Público”, solicitó Pérez Gómez.
Giuliana Loza, abogada de Keiko Fujimori, señaló, a su turno, que la estadía de Fujimori Higuchi en España, sería solo “por unos días” y que su viaje era a razón a de “una invitación”
“Yo creo que aquí, señora magistrada, hay un grave error de concepto de parte del Ministerio Público. La señora Fujimori no está variando de domicilio, la señora Fujimori no está pidiendo no conectarse o no estar presente en esta audiencia, de hecho está presente, está conectada y está con la cámara prendida, pero las circunstancias no son las mismas (respecto de Trelles). Ella está conectada y está presente, yo creo que cabe recordar el concepto de domicilio y sujeción a proceso que están llevando a confusión al señor fiscal en este caso.”
Por su parte, el abogado César Tuya, abogado de Trelles Montero, precisó ante el tribunal que lo que solicitaron fue que se les dispense de las audiencias a programarse del 2 al 9 de diciembre, ya que tendría una citada medica en esas fechas.
“Por esa razón solicitamos su dispensa, no hemos solicitado en ningún momento que se le permita conectarse fuera del domicilio que ha señalado acá”, indicó el abogado.
Ante ello, el colegiado volvió a confirmar su decisión de rechazar el pedido fiscal para variar la condición legal de Fujimori Higuchi y declararla reo contumaz.
El tribunal rechazó estar realizado “un trato diferenciado” a favor de Fujimori Higuchi en comparación con otros acusados, y cuestionó al representante del Ministerio Público por tomarse media hora de la audiencia, en realizar un pedido que “resulta totalmente infundado” .
“La acusada Keiko Sofia Fujimori está conectada, la podemos apreciar en este acto; en consecuencia, el pedido del fiscal de que hemos incurrido en un error de la norma procesal, no se ajusta. Incluso, solicita que la declaremos reo contumaz; lo cual ya hemos dicho, no hemos indicado que ella deba concurrir presencialmente a un acto procesal, donde se hacía efectivo el apercibimiento; si no hubiera concurrido lo hubiéramos hecho. Hay una voluntad de ella de someterse al proceso; sin perjuicio de ello consideramos que el pedido del Ministerio Público deberá ser infundado”, reiteró el colegiado de juzgamiento.
Sin embargo, el tribunal requirió a la abogada Loza que para otra oportunidad informe al colegiado sobre los viajes que pueda realizar su patrocinada Keiko Fujimori.
Loza señaló a El Comercio que se patrocinada tiene comparecencia con restricciones, pero no está impedida de salir de Lima o del país y tampoco tiene que pedir autorización del tribunal de juzgamiento.
Aseguró que Fujimori Higuchi estará fuera del país hasta el 30 de noviembre próximo y que ello lo han informado al juzgado de investigación preparatoria respectivo.
“Lo que sí pedimos fue que se le adelante la fecha para pasar el control biométrico porque coincidía (con el viaje), lo que el juzgado de investigación preparatoria aceptó adelantar la fecha y ya pasó por el registro biométrico antes de salir del país.”