Este jueves 9 de marzo, el juez Thomas H. Hixson de la Corte del Distrito Norte de California de Estados Unidos tiene programada la audiencia en la que se evaluaría el levantamiento de la fianza del expresidente Alejandro Toledo, solicitado por el Departamento de Estado de dicho gobierno a fin de que sea detenido para la ejecución de su extradición.
Sin embargo, dicho tribunal fue informado el último miércoles que el expresidente había presentado un nuevo recurso para suspender todo el proceso de extradición. Esta vez en la Corte del Distrito de Columbia.
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Este es el tercer recurso que presenta ante instancias judiciales de Estados Unidos para truncar su extradición a nuestro país a fin de que responda por el Caso Interoceánica.
Antes, interpuso un recurso de hábeas corpus contra la certificación judicial que declaraba la procedencia de su extradición -que se encuentra en apelación- luego presentó un recurso para suspender la decisión del Departamento de Estado para entregarlo al Perú.
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El nuevo recurso -denominado “procedimiento civil federal”- al que accedió El Comercio, contiene 59 puntos y es contra del Departamento de Estado y la Vicesecretaria de Estado, Wendy Sherman.
Según el expresidente, el Departamento de Estado de EE.UU. habría violado la “Quinta Enmienda” de la Constitución de dicho país, vinculado al derecho de la libertad y el debido proceso al ordenar su extradición y disponer su entrega al Perú.
Toledo Manrique, en este recurso, no fue asistido por los defensores públicos federales. Esta vez, se encuentra representado por los abogados David Bowker y Kelsey Quigley de la firma Wilmer Cutler Pickering Hale And Dorr LLP.
Su nueva defensa legal para este caso alega que, si bien la decisión de extraditar al exmandatario “pertenece al Departamento y no está sujeta a revisión judicial”, la Quinta Enmienda de la Constitución de los EE. UU. requiere que el Departamento de Estado le otorgue a Toledo el debido proceso.
Ello, agregaron, requiere que se informe al demandante y a su abogado sobre la decisión de su extradición, las premisas fácticas para tomar tal decisión, se les dé acceso a información no reservada de tal determinación, así como de la supuesta evidencia relevante para su decisión y se les brinde una oportunidad significativa de ser escuchados y refutar las bases de la decisión del Departamento.
“Tampoco le ha dado al doctor Toledo y su abogado el derecho de revisar y refutar las bases de la decisión del Departamento, que según la ley de los EE. UU. son componentes necesarios de la oportunidad de ser escuchado antes de que se tome una decisión de extradición. El hecho de que el Departamento no le haya brindado al Dr. Toledo estas garantías mínimas bajo la cláusula del debido proceso lo priva de la libertad sin el debido proceso legal y, por lo tanto, viola la Quinta Enmienda de la Constitución”.
En otro punto del recurso, Toledo y sus abogados cuestionan que, en su comunicado de extradición, el Gobierno de Estados Unidos haya indicado únicamente que revisaron todos los documentos para tomar una decisión.
Para ellos, la “mera recepción y revisión” por parte del Departamento de Estado, de la información brindada por el expresidente y otras fuentes, es insuficiente para cumplir con la cláusula del debido proceso.
Otro aspecto que cuestionan es que el Departamento de Estado, en su decisión de extradición, no abordó la probabilidad de que el exjefe de Estado sea sometido a un trato cruel de ser entrado al Perú. Acusaron también a los tribunales peruanos de ser “corruptos e ineficaces”.
“La vida y la libertad del doctor Toledo están en juego. El Departamento de Justicia de EE. UU. ya ha intentado revocar la fianza del Dr. Toledo y mantenerlo bajo custodia. El Departamento de Estado ha decidido entregarlo para su extradición a Perú, donde probablemente enfrentará una prisión preventiva prolongada, posible abuso u otro trato ilegal, falta de debido proceso y un sistema judicial que carece de independencia e imparcialidad. Lo que está en juego para el doctor Toledo no podría ser mayor, ya que claramente enfrenta la pérdida de la libertad y otros daños irreparables, incluido el riesgo de muerte”, indicaron en la demanda.
En esa línea, alegaron que Toledo presentó la “acción civil” para obtener una reparación urgente en virtud de la Quinta Enmienda de la Constitución de EE.UU, incluida una declaración de que el Departamento de Estado ha violado su derecho constitucional al debido proceso y una orden judicial que prohíbe al Departamento entregarlo al Perú sin antes otorgarle tal proceso.
¿Qué solicita Toledo en esta nueva demanda?
Según el petitorio de 11 puntos con el que cierra la demanda, el expresidente Toledo -y su defensa legal- requirió ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia que dicte una orden y sentencia declarado que el Departamento de Estado ha violado sus derechos constitucionales al no brindarle el debido proceso en relación con la decisión de entregarlo para su extradición a Perú.
Junto a ello, busca prohibir la ejecución de la decisión de entregar a Toledo para su extradición, requerir que se le de acceso a todo el material no clasificado contenido en el registro compilado por el Estado y todos los hechos, premisas, hallazgos, políticas y pruebas no clasificados en los que se basa la decisión del Departamento.
Además, declarar que la fianza de Toledo “no puede ser revocada y que no puede ser remitido a la custodia de los EE. UU.” en ausencia de dicho proceso por parte del Departamento y prohibir a dicha instancia gubernamental que tome cualquier acción que pudiera frustrar o eliminar la jurisdicción de este Tribunal.
Exigieron que el Departamento le brinde a Toledo la oportunidad de ser escuchado, incluida la oportunidad de reunirse con el personal de dicha oficina y refutar los hechos, las premisas, los hallazgos, las políticas y las pruebas en las que se basará la decisión, entre otros.
El caso ha sido asignado a la jueza principal del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia, Beryl A. Howell, que ha procedido a notificar a las partes demandadas.
Junto a la vicesecretaria de Estado, Wendy Sherman, han sido incluidos el fiscal general Departamento De Justicia De Los Estados Unidos Merrick Garland, el fiscal de los Estados Unidos para el distrito de Columbia Mateo M. Graves y el Departamento de Estado de Estados Unidos.
Es la jueza principal del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia. Fue nombrada y confirmada por el Senado como miembro del Tribunal de Distrito el 27 de diciembre de 2010. Fue Fiscal Federal Auxiliar en la oficina del Fiscal Federal para el Distrito Este de Nueva York, donde recibió el Premio del Director del Fiscal General por Desempeño. También ha sido reconocida por su trabajo en casos internacionales de narcotráfico, lavado de dinero y corrupción pública. Desde 2004 hasta enero de 2013, sirvió dos mandatos como comisionado de la Comisión de Sentencias de los Estados Unidos.
La magistrada indicó que la respuesta o moción de la demanda debe ser entregada al abogado de Toledo y a la misma judicatura. Advirtió que si no responde, se dictará una sentencia de rebeldía su contra por la reparación exigida en la demanda.
“Se ha presentado una demanda en su contra. Dentro de los 21 días posteriores a la entrega de esta citación (sin contar el día en que se recibió) - O 60 días si usted es de los Estados Unidos o una agencia de los Estados Unidos, o un funcionario o empleado de los Estados Unidos descrito en Fed. R. Civ. - debe notificar al demandante una respuesta a la demanda o moción adjunta de conformidad con la regla 12 de las reglas federales de procedimiento civil. la respuesta o moción debe ser notificada al demandante o al abogado del demandante”, indica la notificación de la demanda.