La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), aprobó las instrucciones para el sorteo de ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020. Las instrucciones constan de ocho artículos.
Se realizará un único sorteo de ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, que se realizará en la sede central de la ONPE y estará a cargo de la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas
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Previo al sorteo, la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas de la ONPE, confirmará la presencia de un notario público e invitarán a los representantes del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), Defensoría del Pueblo, observadores y personeros de las organizaciones políticas participantes, de ser posible.
“Serán consideradas en el sorteo de ubicación todas las organizaciones políticas con inscripción vigente conforme a ley y que han presentado lista de candidatos ante los Jurados Electorales Especiales para las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020”, se puntualiza.
Las organizaciones políticas que han sido incluidas para el sorteo y que, por cualquier circunstancia no logren la inscripción de su lista de candidatos, no serán consideradas en la cédula de sufragio, sin que esta situación afecte el resultado del referido sorteo.
De acuerdo a la ONPE, el sorteo de ubicación de las organizaciones políticas participantes se realizará de acuerdo a los siguientes pasos:
1. Se ordenarán alfabéticamente a las organizaciones políticas, de acuerdo a su denominación.
2. Se asignará un número correlativo, empezando por el número uno de acuerdo al orden alfabético, a cada organización política, hasta completar la numeración de todas las organizaciones políticas participantes.
3) Se utilizarán bolillos, los cuales se identificarán con los números que correspondan al orden alfabético de las organizaciones políticas participantes.
4) Se mostrará los bolillos a los asistentes al momento de ser colocados en el bolillero, por parte de un servidor de la ONPE.
5) Se invitará al servidor de la ONPE antes referido, para que luego de revolver el bolillero extraiga los bolillos uno por uno y los muestre a los asistentes.
6) La organización política a la que corresponda el primer bolillo extraído ocupará la primera ubicación; la organización política a la que corresponda el segundo bolillo ocupará la segunda ubicación y así sucesivamente hasta extraer el último bolillo. El resultado de este sorteo aplicará para las cédulas de votación manual y de votación electrónica de una sola columna.
7) Para el caso de la cédula de votación electrónica de dos columnas la primera ubicación será situada en el lado izquierdo, la segunda ubicación, será situada en el lado derecho, la tercera ubicación, será situada en el lado izquierdo, debajo de la primera ubicación y así sucesivamente hasta concluir con el resultado del sorteo. Es decir, las ubicaciones impares (1, 3, 5, etc.) ocuparán la columna del lado izquierdo, mientras que las ubicaciones pares (2, 4, 6, etc.) ocuparán la columna del lado derecho.
8) Se registrará, simultáneamente a las acciones contenidas en los literales anteriores, en una computadora los resultados obtenidos y serán mostrados al público asistente.
9) El Notario Público dará conformidad a los bolillos extraídos y a los resultados obtenidos.
Se aclara que en el caso que alguna organización política no logre su inscripción de candidatos, se retire o desista de participar en el proceso electoral, la ubicación asignada será tomada por la organización a la que corresponda la posición inmediata inferior, según el orden establecido mediante sorteo y respetando su bloque.
Para la ubicación de las alianzas electorales en cada uno de los bloques de la cédula de sufragio se tendrá en cuenta las normas vigentes.
Tras los resultados del sorteo de ubicación de las organizaciones políticas se emitirá el acta en cuatro ejemplares y será suscrita por los representantes de la ONPE, del JNE, Reniec, el Notario Público y facultativamente por el resto de asistentes.
Los ejemplares se entregarán al Notario Público, al JNE, al Reniec y el cuarto quedará en poder de la ONPE. Asimismo, si el representante de la Defensoría del Pueblo, personeros de las organizaciones políticas y observadores que asistieron al acto público solicitan copias del Acta, se entregará copias autenticadas.
Los resultados del sorteo serán publicados en la página web de la ONPE, en el frontis de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales.
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