Cusco: Mercado Central San Pedro es declarado Patrimonio Cultural de la Nación. (Foto: DDC Cusco)
Cusco: Mercado Central San Pedro es declarado Patrimonio Cultural de la Nación. (Foto: DDC Cusco)
Redacción EC

El Ministerio de Cultura declaró al Mercado Central San Pedro, en , como Patrimonio Cultural de la Nación mediante la Resolución Viceministerial Nº 0331-2024-VMPCIC/MC. Esta medida busca asegurar la protección y conservación de este emblemático espacio, considerado un símbolo del desarrollo de la ciudad.

El Mercado San Pedro fue inaugurado en la década de 1920 y representa un hito en la arquitectura cusqueña. Su diseño innovador, con materiales como cemento, concreto armado y calamina, marcó la transición de los mercados al aire libre a estructuras más modernas.

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La resolución fue firmada por Jamer Nelson Chávez Anticona, viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales. (Foto: DDC Cusco)
La resolución fue firmada por Jamer Nelson Chávez Anticona, viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales. (Foto: DDC Cusco)

Estas características lo vinculan con la modernización del Cusco en los años 20.

Más allá de su valor arquitectónico, el mercado sigue siendo un espacio cultural dinámico, donde se mantienen vivas tradiciones ancestrales. Es un lugar clave para la comunidad cusqueña, donde los usos y costumbres locales se transmiten de generación en generación.

Con la declaratoria, cualquier intervención en el mercado deberá contar con la autorización del Ministerio de Cultura, conforme a la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación.

El tradicional mercado San Pedro de Cusco fue declarado monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación por el Ministerio de Cultura. (Foto: Andina)
El tradicional mercado San Pedro de Cusco fue declarado monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación por el Ministerio de Cultura. (Foto: Andina)
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La norma aclara que la declaratoria del Mercado Central San Pedro no afecta directamente los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, por lo que no es necesario aplicar la normativa de consulta previa.

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