Decreto de Urgencia del Minedu dispone que devolución de cuota de ingreso en casos de retiro voluntario o traslado se debe realizar sin la necesidad de que exista responsabilidad del centro educativo. En el Perú existen más de 40 mil colegios privados. El 30% de estos se concentra en Lima. (Foto: referencial)
Decreto de Urgencia del Minedu dispone que devolución de cuota de ingreso en casos de retiro voluntario o traslado se debe realizar sin la necesidad de que exista responsabilidad del centro educativo. En el Perú existen más de 40 mil colegios privados. El 30% de estos se concentra en Lima. (Foto: referencial)
Hernán Medrano Marin

La señora Graciela Muñoz Escobedo interpuso el 20 de noviembre del 2015 una denuncia contra el Colegio San Jorge de Miraflores S.C.R.L. por presuntas infracciones de la Ley 29571 (Código de Protección y Defensa del Consumidor).

En enero de ese año, la mujer firmó un documento requerido por el centro educativo que disponía que la cuota de ingreso no sería reembolsable, lo que habría calificado como una cláusula abusiva. En febrero, Graciela canceló la (S/18.000), pero por motivos de fuerza mayor renunció a la vacante otorgada y solicitó la devolución del monto. Ante este requerimiento, el colegio solo le devolvió S/13.500 y no precisó a qué se debía la retención de la diferencia.

Respecto a este caso, la Comisión de Protección al Consumidor - Sede Lima Sur N°2, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (), declaró infundada la denuncia interpuesta por la señora Graciela Muñoz contra Colegio San Jorge de Miraflores. Precisó que el colegio avisó con anticipación a la madre de familia sobre la no obligatoriedad de devolver esta cuota y que el retiro del menor del centro educativo fue decisión estricta de la de denunciante.

Wendy Ledesma, directora de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del Indecopi explicó a El Comercio que hubo otros casos en que sí se ordenó la devolución de la cuota de ingreso a la parte denunciante. Estos se dieron en situaciones donde se demostró que el colegio fue responsable de una afectación o vulneración a los derechos del estudiante. “Por ejemplo, en los caso en que el estudiante fue víctima de bullying o sufrió un accidente”, comentó.

Pero, ¿qué es una cuota de ingreso? Se trata de un pago que se realiza al ingresar a un nuevo centro educativo que únicamente podría ser reembolsable por causas imputables a la institución, tal como sería la falta de idoneidad del servicio brindado y no por la solicitud de los padres de familia como consecuencia externas al servicio contratado.

En el Perú, de los más de 40 mil que hay, solo el 17%, aproximadamente, cobra una cuota de ingreso (alrededor de 1.500). En tanto, casi el 30% de la oferta de colegios privados está concentrada en Lima.

-Disposiciones de Minedu-

A través del , publicado el pasado 8 de enero en el diario oficial El Peruano, el Ministerio de Educación () estableció una serie de disposiciones para la lucha contra la informalidad en la prestación de servicios educativos en colegios privados.

El decreto señala que “en caso de traslado de la matrícula o de retiro voluntario del estudiante, la institución educativa privada debe devolver la cuota de ingreso de forma proporcional al tiempo de permanencia del estudiante. Salvo que, el usuario del servicio mantuviera deuda pendiente de pago. En dicho caso, la institución educativa privada deduce dicha deuda del monto a devolver por concepto de cuota de ingreso".

Algunos cobros extraordinarios son incluidos en los útiles escolares.
Algunos cobros extraordinarios son incluidos en los útiles escolares.

Agrega que la base para el cálculo toma en cuenta el tiempo de permanencia del estudiante en la institución educativa privada, contado desde su ingreso o su primera matrícula. Asimismo, el Minedu determinará la fórmula de cálculo para la devolución de la cuota de ingreso y la precisará en el reglamento de la citada norma. Se espera que el reglamento esté listo para mitad de año (180 días).

“La competencia para la supervisión y sanción de los colegios privados la tiene el Indecopi y para los públicos el Minedu. El decreto lo que hace es brindarle estas competencias, en el ámbito de los centros educativos privados, al Minedu como también a las Direcciones Regionales de Educación. Además, ahora te dice que se debe devolver la cuota de ingreso en casos de retiro voluntario o traslado, sin la necesidad de que exista responsabilidad del colegio privado", indicó Ledesma.

Opinó, además, que no necesariamente todos los padres que van a trasladar a sus hijos por distintos motivos lo harán a mitad del año escolar. “Lo que vemos es que esta disposición se va a hacer efectiva para finales de año. Ahí es donde eventualmente se van a dar los traslados”, refirió.

-Montos obligatorios-

En los colegios privados existen solo tres pagos o conceptos que pueden ser exigidos a los padres de familia: cuota de ingreso, matrícula y pensión.

“Había un cuarto concepto llamado la cuota extraordinaria, que se podía cobrar previa autorización del Minedu. Por ejemplo, estos cobros por implementos de limpieza o conceptos por actividades como la kermés, el bingo, el Día del Padre, de la Madre, que no tenían ninguna justificación y que a veces eran cobrados como deuda. Obviamente nosotros hemos sancionado a colegios por estos cobros que no tenían ningún sustento legal. Menos mal este concepto de cuota extraordinaria ya fue eliminado”, dijo la representante del Indecopi.

Añadió que en este caso los colegios privados deben informar el verdadero costo del servicio educativo al principio, y no al final o en el transcurso del año escolar. “Se estaba vulnerando este punto de transparencia. Por ser competitivo el colegio te cobraba una menor pensión, pero luego todo lo que no podía cubrir te cobraba después”, señaló.

Ledesma opina que el Minedu busca con esta disposición sincerar el mercado educativo y eliminar su informalidad, a fin de que el menos pueda recibir al final un certificado oficial, con el que puede luego optar por una educación técnica o universitaria. “Es importante eliminar la informalidad, pero para eso es necesaria la transparencia y esta se logra teniendo claro los montos y únicos conceptos que debe pagar”, sostuvo.

-Posible aumento de pensión-

Una de las posibilidades de la disposición del Minedu es que se genere un incremento en las pensiones de los colegios privados, las cuales deberían reflejar el verdadero costo del servicio educativo en todo el año.

“No es que necesariamente vaya a incrementar el monto de la pensión, probablemente sí. Mas bien ahora esos cobros adicionales, extras, se van a repartir en las pensiones”, explicó Ledesma.

También resaltó que en el caso del servicio educativo se establece algunos límites en los precios, a fin de que puedan acceder todos los menores del país, ya que es un derecho fundamental. “Nosotros no controlamos precios. Solo determinados servicios públicos pueden tener un control de cierta manera, y en el caso de los demás servicios el propio proveedor fija el precio. En el caso del servicio educativo se establece de cierta forma el control en la matrícula, la cual nunca puede exceder al monto de la pensión”, detalló.

-Reubicación de alumnos-

La semana pasada, durante la inspección de 2.000 instituciones educativas públicas para el inicio del año escolar 2020, la ministra de Educación, Flor Palo Medina, indicó que su sector ha identificado 264 establecimientos educativos que han funcionado como colegios, pero no lo son.

Ministra de Educación supervisó instituciones educativas públicas con miras al inicio del año escolar 2020.
Ministra de Educación supervisó instituciones educativas públicas con miras al inicio del año escolar 2020.

“Una vez que nosotros vayamos a cerrar un colegio bamba, se va a quedar un equipo de información para poder ubicar a esos niños en otras instituciones educativas”, precisó la ministra. Asimismo, este martes se clausuró de manera temporal tres locales en Villa El Salvador.

El Minedu, desde el año pasado, estableció una ruta para cuando se identificaba este tipo de informalidad en los colegios. Los menores iban a pasar una evaluación y en base a esta se asignarían cupos en otros colegios.

“Es importante la evaluación porque estos colegios no necesariamente están garantizando la ejecución de la currícula y de todos sus componentes. Ese es el problema con la informalidad, que no se ha hecho el seguimiento para ver si ese niño ha cumplido con el desempeño escolar establecido por el Minedu”, dijo Ledesma.

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