“Es un atropello contra los trabajadores”, “esta norma está incluida ilegalmente en el Decreto Legislativo N° 1246”, “se pisotean las normas de la Organización Internacional del Trabajo”, “se generaliza un régimen laboral precario de semiesclavitud sin derechos”. Cualquiera que lea las expresiones del congresista del Frente Amplio Manuel Dammert pensaría que el Decreto Legislativo 1246 –el que aprobó el ‘paquete simplificador’ del Poder Ejecutivo– ha traído una variación trascendental de las condiciones laborales, a la cual el parlamentario se opone por creer que será perjudicial para los trabajadores. Nada más lejos de la verdad.
Lo que ha hecho el gobierno es apenas eliminar la obligación de registrar físicamente algunos contratos (contratos temporales, sujetos a modalidad, convenios de prácticas, entre otros) en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en la medida que la información relevante sobre dichos contratos ya es entregada hoy a través de planillas electrónicas. Se suprime el envío físico y se mantiene el registro electrónico.
El cambio introducido por el Poder Ejecutivo no implica que los empleadores ya no deban suscribir contratos de trabajo, ni mucho menos supone que no deban cumplirse los deberes legales respecto de los trabajadores, hoy vigentes. Estas obligaciones y aquellas que regulan las condiciones para acceder a estos contratos, tales como subvenciones, beneficios de salud, cantidad máxima de trabajadores para cada modalidad y plazos máximos de duración, siguen vigentes y son fiscalizables por la Sunafil. Lo que se ha modificado, en la era del Internet, es simplemente la obligación de entregar dos veces la misma información, en físico y por vía electrónica; una modificación perfectamente razonable que ayuda a reducir los costos de las empresas, principalmente las pymes, y a evitar la pérdida de tiempo en el procesamiento burocrático de información.
Por ello, es falsa la insinuación de la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP), según la cual “ahora los contratos temporales y de formación ya no deben ser sustentados frente al ministerio”, o la de que “esta situación hará que los malos empresarios abusen, incrementando la informalidad y la precariedad laboral”. La información relevante de los contratos aún debe sustentarse a través de las planillas electrónicas y podrá ser supervisada por la Sunafil. De hecho, en sus inspecciones, la Sunafil suele requerir que los empleadores presenten los contratos impresos de sus trabajadores, a pesar de que aquellos ya les habían sido remitidos físicamente y la información era registrada electrónicamente. Por el contrario, son la excesiva carga burocrática y el cumplimiento de requisitos que –como el que se acaba de eliminar– carecen de sentido, algunas de las principales causas de la situación de informalidad en la que se encuentra hoy la mayoría de trabajadores en el país, por los que parecen no interesarse sus supuestos defensores.
Pues, si frente a un cambio como este, que esencialmente busca simplificar el proceso de entrega de información al gobierno, el congresista Dammert anuncia que el Frente Amplio presentará un proyecto de ley para derogar las reformas normativas y la CGTP hace un llamado a la movilización social, es evidente que estamos ante los defensores del statu quo y representantes de una oposición ciega. Una a la que solo le importa defender posiciones políticas, antes que permitir que se haga la vida más simple a los empresarios de todo tamaño y a todos los trabajadores que hoy tienen bien difícil llegar a gozar de los beneficios de la formalidad y que son la abrumadora mayoría; ello, a pesar de que los cambios no flexibilizan, en modo alguno, un régimen laboral que, valgan verdades, está dentro de los 20 más rígidos del mundo.
La consigna parece ser, entonces, la de oponerse porque sí.