Domingo García Belaunde ha cumplido 70 años, no todos llegan a esta edad ya respetable, podríamos decir. He escrito sobre otros parientes que han destacado por sus obras y, sobre todo, porque son trascendentes. Así entrevisté y escribí sobre el aporte intelectual y periodístico de Aurelio Miró Quesada y César Miró. Incluso a pedido de David Sobrevilla y del propio Domingo, hice un análisis de la filosofía política de mi padre. En realidad, para mí es un orgullo tener parientes que han hecho y siguen haciendo aportes a la cultura y al conocimiento, entre ellos está García Belaunde. Hijo de Domingo García Rada, juez probo, destacado jurista y maestro sanmarquino, Domingo es mi tío, aunque nos tratamos como grandes amigos y con la confianza con que se tratan los primos íntimos. Tiene hermanos y hermanas que han destacado en diversas actividades, la diplomacia, la política y el periodismo.
No fui su discípulo, pero me consta, porque me lo han contado, sobre la generosidad de Domingo que, cuando advierte en ellos capacidad intelectual, los anima a publicar sus trabajos. Entonces no soy el único que gozó de esa generosidad, cuando me animó a publicar mi primer libro, con la advertencia que Domingo es un profesor riguroso y exigente, pues no se casa con todo el mundo.
El aporte de Domingo García Belaunde (nieto de uno de los intelectuales más brillantes de la Generación del Novecientos, Víctor Andrés Belaunde), al derecho constitucional es de suma importancia y constituye un hito entre la generación de constitucionalistas que lo antecedieron, como Raúl Ferrero Rebagliatti, José Pareja Paz Soldán y Darío Herrera Paulsen con la nueva generación de constitucionalistas. La producción constitucional en nuestro país ha logrado un alto sitial en el marco del constitucionalismo de habla hispana y algunos expertos extranjeros hablan del constitucionalismo peruano, como una importante escuela en el universo de esta disciplina en América Latina y España. Haber alcanzado este reconocimiento se debe en gran parte a los esfuerzos de promoción y divulgación que hace Domingo.
Su obra es vasta y su currículo “monstruoso” y rebasa el espacio de un artículo como este. Es fundador del Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional desde 1974, que tiene filiales en todos los países de nuestro continente y en los últimos años en otros que no son de cultura hispana, como Italia, Alemania y Francia. Fundó la Asociacion Peruana de Derecho Constitucional para darle institucionalidad reuniendo a todos los especialistas en esta materia.
Por ese esfuerzo, lo elegimos presidente honorario. También es miembro y fue vicepresidente de la Sociedad Peruana de Filosofía e integra el Comité Peruano de la Academia Internacional de Derecho Comparado con sede en La Haya. La primera obra de su autoría que leí fue “El Estado en la filosofía jurídica de Giorgio del Vecchio” (1971), destacado filósofo de derecho que fue rector de la Universidad de Roma de 1925 a 1927. Del Vecchio representó en Italia al neokantismo y criticó el positivismo filosófico argumentando que el concepto de derecho no puede ser derivado de la sola observación de los fenómenos jurídicos. Este ensayo de Domingo sobre Del Vecchio es un estudio riguroso, preciso pero a la vez didáctico y constituye una contribución, a partir de este autor, a la filosofía jurídica peruana.
Por aquella época discutíamos mucho sobre temas de derecho constitucional y ciencia política. El problema central de esta discusión giraba sobre la interacción, coincidencias, dependencia y autonomía de ambas disciplinas porque, salvo el caso de la Universidad Católica que afines de 1963 creó el Departamento de Ciencia Política, dentro de la Facultad de Ciencias Sociales, no se enseñaba Ciencia Política en otras universidades debido al predominio del derecho constitucional y la teoría del Estado, situación que poco a poco se ha podido superar.
Ante esta situación, García Belaunde decidió tomar el toro por las astas en su ensayo “Constitución y política” (1981), en el que expone las diferencias y relaciones entre la ciencia política y el derecho constitucional. Ahí sostiene que estas disciplinas estudian el poder, pero que el derecho constitucional lo hace en relación a las normas que regulan el poder. En cambio, la ciencia política se ocupa de las formas y modalidades en la manera de ejercerlo, luego agrega que el fenómeno del poder es estudiado jurídicamente por el derecho constitucional y sociológicamente por la ciencia política.
Domingo es un demócrata de trayectoria probada. Muchos de sus libros tratan sobre la democracia y el constitucionalismo. En este contexto, uno de sus trabajos más importantes es “Amnistía y derechos humanos”, acerca de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso Barrios Altos, presentado en el VII Congreso Iberoamericano de Derecho Constitucional realizado en México en el 2002.
En alguna oportunidad le pregunté por qué no presentaba la segunda edición de uno de sus libros. Me respondió: “Para qué, si los libros se presentan solos”. Sí, claro, en las librerías, en las bibliotecas y en las manos de los lectores. Es además un bibliófilo empedernido. Su biblioteca debe ser una de las más grandes entre las particulares.
Por su calidad de maestro, por su generosidad con sus colegas, discípulos y alumnos, pero sobre todo por su indiscutible aporte al derecho constitucional se le debe rendir un homenaje en su alma máter, la Pontificia Universidad Católica del Perú.