Las elocuentes declaraciones del presidente Martín Vizcarra en CADE con respecto a que el Gobierno buscará reducir los costos de contratación formal han sido recibidas con expectativa por unos y con preocupación por otros. Si el Gobierno piensa, en serio, enfrentar este complejo problema, debe empezar por entender que gran parte de la opinión pública está en contra de cualquier reducción de sobrecostos laborales y, por lo tanto, si no lo estudia y explica muy bien, puede encontrar una gran movilización en contra.
Por ejemplo, una reciente encuesta que hizo Ipsos por encargo de Apoyo Consultoría encontró que, a la pregunta de qué beneficios estarían dispuestos a ceder los jóvenes para encontrar más empleos formales, 78% estaba en contra de reducir las vacaciones, 87% de reducir la CTS y 91% de reducir las gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad. Las respuestas no variaban mucho entre los pocos jóvenes con empleo formal encuestados, los estudiantes y aquellos jóvenes que se encontraban trabajando de manera informal.
Lo primero que debe explicar el gobierno es que este no es un tema para las grandes empresas. A ningún banco o empresa minera le preocupan los sobrecostos porque son empresas muy productivas. Es un tema para las pequeñas empresas. En estas, sin embargo, la ley ya establece menos vacaciones, gratificaciones y CTS que en el régimen general y todavía muchas siguen en la informalidad. Por lo tanto, lo único que queda por reducir son las contribuciones a la seguridad social y al sistema de pensiones. Esta reducción tendría mucho sentido si se piensa que es preferible que una pequeña empresa formal pague algo a Essalud a que continúe en la informalidad y no pague nada y sus trabajadores se atiendan en el SIS. O que aporten algo menos a las AFP a que nunca empiecen a acumular un fondo de pensiones.
En segundo lugar, los llamados sobrecostos requieren un sinceramiento y para eso el camino es hablar en términos de remuneración integral anual (RIA). Cuando se calcula de esa manera se descubre que el sueldo mínimo mensual de 930 soles equivale, en realidad, a 1.246 soles para las empresas en el régimen general, sumando las gratificaciones, CTS y vacaciones, aunque sin considerar seguros y pensiones. Lo que sí tiene mucho sentido es pensar en sueldos mínimos diferenciados para las distintas regiones del país según su costo de vida. De esa manera se podría alentar al ingreso de empresas que ofrezcan puestos de trabajo formales a las regiones más pobres donde hoy la informalidad bordea el 90%.
En tercer lugar, si bien el cálculo debería hacerse con criterio anualizado (RIA), la norma debería establecer el salario mínimo por hora. En el caso de las empresas con el régimen general el valor equivalente sería de 7,10 soles por hora. En el caso de la pequeña empresa sería 6,20 soles la hora. Esta forma de cálculo daría más protección a los trabajadores –incluso los informales– al dejar claro que quienes laboran más de 8 horas deben recibir un pago mayor en función de las horas trabajadas. Iniciativas como esta podrían formar parte de un movimiento de empresarios por la formalidad.
Lo que sí preocupa a las grandes y medianas empresas es el riesgo de reposición de trabajadores despedidos. Según la encuesta efectuada por Ipsos en CADE, 58% de los participantes consideró que eliminar la reposición sería una de las principales medidas para que las empresas contraten más personal, lo que confirma una investigación de Grade que estimó que el Perú ha perdido más de 900 mil empleos permanentes como consecuencia de una absurda sentencia del Tribunal Constitucional en el 2001.
Lo más grave es que el riesgo de la reposición no solo perjudica a las personas que podrían aspirar a empleos permanentes en la empresa privada. También perjudica a los ciudadanos que reciben servicios del Estado. Actualmente, por ejemplo, el Congreso está discutiendo la reposición de 14.580 docentes interinos que no aprobaron sus exámenes de suficiencia profesional. El daño para los escolares sería inconmensurable. En otros casos, ha sido el Tribunal Constitucional el que ha ordenado la reposición de trabajadores sospechosos de delitos, sin tomar en cuenta el daño que se podía ocasionar a la disciplina y a la productividad de sus centros de trabajo.
El Consejo Privado de Competitividad de IPAE ha propuesto que para promover el cambio en la interpretación del TC puede emplearse la figura de ‘amicus curiae’, que es una iniciativa en defensa de un valor trascendente. La propuesta podría plantearla el propio consejo que ha hecho notar que tanto la OIT como el Pacto de San José (Convención de Derechos Humanos) han establecido que la indemnización en caso de despido injustificado es una compensación adecuada. Ojalá el Poder Ejecutivo y los principales partidos del Congreso se sumen a esta iniciativa.
*El autor es presidente ejecutivo de Ipsos Perú.