Martín  Tanaka

Si existe un consenso alrededor de la necesidad de una iniciativa de reforma política fundamental entre las élites políticas y el mundo académico, esta sería la de la vuelta a un sistema bicameral. Esta semana el pleno debatirá la propuesta presentada por la presidenta de la Comisión de Constitución, Patricia Juárez (este artículo se basa en el texto sustitutorio de la ley de reforma constitucional que reestablece la en el de la República del 8 de junio).

A pesar de este consenso general, como dice la frase, “el diablo está en los detalles”. Un primer escollo son los resultados del referéndum de diciembre del 2018, propuesto por el presidente Martín Vizcarra en julio de ese año, que estableció la prohibición de la reelección inmediata de parlamentarios y que rechazó la propuesta de bicameralidad aprobada por el Congreso que, en opinión del , desnaturalizaba su proposición original. Esto, porque el Congreso no aceptó incluir la paridad y la alternancia de género en las listas de candidatos y, además, limitaba el ejercicio de la cuestión de confianza por parte del Ejecutivo. En la propuesta actualmente en debate lo primero ya está resuelto, pero no necesariamente lo segundo. Así, si bien en términos legales el Congreso está habilitado para discutir estos asuntos, ciertamente debe tomarse en cuenta que, según la última encuesta del Instituto de Estudios Peruanos (IEP) del mes de junio, un 52% de los entrevistados declara estar en contra de un Congreso bicameral, frente a un 42% que lo aprueba.

Analizando el contenido específico del dictamen que se debatirá esta semana, consideramos positivo que se plantee un esquema bicameral con funciones diferenciadas entre cada cámara, que ayudará a tener leyes más meditadas y consensuadas, y a evitar la aprobación de “leyes sorpresa”. Es también positivo permitir la reelección parlamentaria por un período inmediato consecutivo a partir de las próximas elecciones generales, poner un límite al presupuesto del Congreso y permitir que los candidatos presidenciales puedan postular al mismo tiempo a la Cámara de Diputados o Senadores, para fortalecer el funcionamiento de las bancadas.

Pero son muy problemáticas las iniciativas que parecerían pretender fortalecer al Congreso frente al Poder Ejecutivo con una lógica muy marcada por la coyuntura inmediata: por ejemplo, quitarle al Ejecutivo la iniciativa de proponerle al Senado el nombramiento del contralor general de la República (art. 82) u otorgarle a los diputados el poder de acusar ante el Senado, por infracción a la Constitución, al presidente del BCR, al superintendente de la SBS, a los miembros del JNE y a los jefes de la ONPE y el Reniec (art. 99). Además, el elevar de dos a tres las censuras o negaciones de confianza a los Consejos de Ministros para poder disolver la Cámara de Diputados (art. 134).

Luego hay ausencias sobre temas fundamentales. No hay claridad suficiente sobre cómo manejar un eventual conflicto entre las dos cámaras (por ejemplo, ¿puede insistir la Cámara de Diputados ante el Senado cuando este rechaza o modifica una propuesta?), y entre el Congreso y el Ejecutivo (el Legislativo debería necesitar de una votación superior a la mayoría del número legal para imponerse sobre una observación del Poder Ejecutivo, por ejemplo). No se dice nada sobre otros temas clave relacionados al conflicto entre Ejecutivo y Legislativo, como la declaratoria de vacancia por incapacidad moral, y tampoco sobre la manera en la que se elegirá la Cámara de Diputados y la de Senadores. Más allá del número, ¿en qué circunscripciones electorales se los elegirá?

Acaso lo mejor sea que en el debate en el pleno se discutan aparte los asuntos más controvertidos (artículos 82, 99, 134), para así asegurar los votos suficientes para aprobar asuntos sustanciales que generan mayor acuerdo. Y asumir que la bicameralidad por sí misma no va a solucionar nada si no se acompaña de otras reformas que ayuden a mejorar el proceso de selección de candidaturas de los partidos.

Martín Tanaka es profesor principal en la PUCP e investigador en el IEP

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