Francis Allison

En el 2009, el Tribunal Constitucional (TC) emitió la sentencia 009-2008-PI/TC, en la que analizó la constitucionalidad de la Ley 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, debido a que el Colegio de Arquitectos del Perú demandó la inconstitucionalidad de dicha norma.

El TC estableció, en el fundamento 29 de dicho fallo, que “el procedimiento para el otorgamiento de licencias de habilitación urbana y de construcción es una materia compartida del gobierno nacional, el mismo que tiene una competencia de regulación nacional, y los gobiernos locales asumen una competencia de regulación específica”; es decir, el máximo intérprete de la Constitución dijo expresamente que las municipalidades tienen competencia de regulación en dicha materia. Asimismo, exhortó al Parlamento a aprobar un proyecto de ley de aquella época (2008), que pretendía regular los casos de daños generados por las empresas constructoras a las propiedades contiguas, lo que nunca sucedió.

Es por ello que en Magdalena del Mar, en el 2013, se aprobó la ordenanza 031-2013-MDMM, que obliga a las empresas constructoras a reparar los daños que causen a los inmuebles contiguos durante el proceso constructivo, bajo sanción de no otorgárseles la respectiva conformidad de obra. Dicha norma municipal no solo es constitucional y válida según la citada sentencia, sino que, además, defiende el derecho que tenemos todos los peruanos de tener una vivienda digna y adecuada.

Sin embargo, Indecopi acaba de sentar a Magdalena del Mar en el banquillo de los acusados por defender la propiedad de sus vecinos ante los abusos de la empresa Inmobiliaria Cantabria S.A.C., que se niega a reparar los daños materiales que ha causado al edificio colindante. Considera que nuestra ordenanza es una “barrera burocrática ilegal e irrazonable” y que no podemos exigirles a las constructoras que reparen los daños que causan a nuestros vecinos. Lamentablemente, no solo desconoce lo establecido por el TC, sino que también olvida que el interés privado nunca puede estar sobre el público.

Más allá de que la Municipalidad de Magdalena del Mar recurrirá al TC en defensa de sus competencias y de la propiedad de nuestros vecinos, la actitud del Indecopi nos lleva a preguntarnos si es hora de poner límites claros a las funciones que dicho ente tiene, ya que, como podemos ver, incluso cree poder desplazar al TC de su función de máximo intérprete de nuestra carta política. Asimismo, nos lleva a preguntarnos en qué momento dejó de ser la institución que protegía y defendía los derechos de los ciudadanos para convertirse en la protectora de los intereses empresariales.

Por último, para darle una mayor protección a los ciudadanos ante este tipo de abusos, es necesario que se apruebe el proyecto de ley 6441/2023-CR, presentado por la congresista Digna Calle, que obligaría a las constructoras a contar con una póliza de seguro que cubriría el pago de cualquier daño que causen a los predios vecinos.

Francis Allison es alcalde de Magdalena del Mar

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