Hace unas semanas, el gobierno publicó el Decreto Legislativo 1251, el cual modifica el marco legal de las asociaciones público-privadas (APP) y la estructura de Pro Inversión. Si bien varios cambios son positivos, otros dejan serias dudas.
Un sistema de APP sólido requiere de un Pro Inversión con funcionarios competentes, asesores técnicos de primer nivel y operadores de talla mundial. Sus peores enemigos son los lobbies que buscan asignarle al Estado los riesgos privados, un reducido número de postores, los malos asesores y funcionarios temerosos de tomar las decisiones correctas.
Dicho esto, me parece positivo que los concursos no puedan ser convocados sin una versión completa del contrato, lo que obligará a las instituciones intervinientes a unificar criterios antes de sacar los proyectos al mercado. Ello, además, limitará la interacción con los postores hasta que se hayan decidido todos los aspectos claves de una APP (como la asignación de riesgos), lo que reduce su capacidad de influir en ellos. También es positivo que Pro Inversión pueda contar con recursos humanos competentes y mejores asesores de transacción, pues su nivel técnico fue decayendo con el paso de los años.
En mi opinión, la modificación más importante es haber explicitado que no se puede cuestionar las decisiones que toman los funcionarios a menos que hayan actuado con dolo o negligencia. Ello, porque la actuación de la contraloría en estos temas se ha desnaturalizado tanto que ha llegado a cuestionar los criterios con los cuales se otorgan APP solo porque no coinciden con los suyos; actitud que genera temor de tomar las decisiones correctas y debilita enormemente el sistema de APP. Felicitaciones por ello.
Un cambio cuyas consecuencias no son posibles de predecir es que la mitad de los miembros del consejo directivo de Pro Inversión provenga del sector privado. Puede ser positivo si con ello se evita convocar proyectos difícilmente financiables o en condiciones poco atractivas para un inversionista, pero negativo si su presencia se convierte en el instrumento de lobbies que buscan desincentivar la competencia o asignarle riesgos privados al Estado.
Además, ¿de dónde van a salir? No pueden provenir de firmas consultoras ni de estudios de abogados que asesoran a postores, ni ser profesionales que sirven en directorios de sus empresas vinculadas. En un mercado tan pequeño como el peruano, es bien difícil evitar los conflictos de interés. Buena suerte con eso.
Un cambio definitivamente negativo es que Pro Inversión tenga su propio equipo de destrabe, partiendo en dos el del MEF. Ello significa ignorar por completo el criterio de especialización y el carácter transversal que caracterizan a estos equipos. Y en un Estado tan poco institucional, al MEF le hacen caso porque es el MEF. Veremos quién le levanta el teléfono al equipo de destrabe de Pro Inversión. Buena suerte con eso también.
Por último, creo que es una pésima decisión desincentivar la competencia reduciendo de 150 a 90 días el período para que terceros manifiesten su interés en una iniciativa privada (situación en la cual la competencia ya era difícil). Quien decidió esto lo hizo pensando como constructor (lo importante es la infraestructura) en vez de hacerlo como usuario (lo importante son las tarifas por usar la infraestructura). Veremos en cuántos concursos se presenta un segundo postor.