¿Qué pasa si una persona se niega a reconocer a su hijo? Conoce cuáles son los pasos que debes seguir para poder presentar una demanda de filiación extramatrimonial ante el Poder Judicial.
Los hijos extramatrimoniales son aquellos concebidos y nacidos fuera del matrimonio, pero tienen el derecho al nombre y a la identidad, así como a todos los derechos, al igual que sus hermanos, como la educación y el heredar bienes de su progenitor.
De acuerdo con la Ley Nº 30628, que regula el proceso de filiación judicial de paternidad extramatrimonial, la demandante se deberá presentar vía judicial y si el padre no acepta a su hijo, deberá seguir todo el proceso que incluye la prueba de biológica de ADN.
Es importante saber que la parte demandante se encuentra exonerada del pago de tasas judiciales en el proceso de filiación extramatrimonial. Además, ahora la demanda se presenta a través de un formulario, que deberá estar firmado por la demandante.
¿CÓMO PRESENTO UNA DEMANDA POR PATERNIDAD Y CUÁL ES EL PROCESO?
A continuación, conoce qué debes hacer y cuáles son los dos caminos que hay que seguir en el proceso:
Si el progenitor acepta la demanda
- La madre deberá presentar una demanda de filiación judicial de paternidad extramatrimonial en el juzgado de paz más cercano a su domicilio.
- Si el emplazado se allana a la demanda o no formula oposición dentro del plazo de diez días de haber sido notificado válidamente, el juzgado declara la paternidad extramatrimonial y dictará sentencia pronunciándose además sobre la pretensión de alimentos.
Si el demandado se opone
- La madre deberá presentar una demanda de filiación judicial de paternidad extramatrimonial en el juzgado de paz más cercano a su domicilio.
- Si el emplazado se opone, el juzgado fijará fecha para la audiencia única, la que deberá realizarse dentro de los diez días siguientes.
- En la audiencia se llevará a cabo la toma de muestras para la prueba biológica del ADN, la cual es realizada con muestras del padre, la madre y el hijo. ¿Si no va el presunto padre? En caso el padre no tenga domicilio conocido, sea inubicable o este haya muerto, podrá realizarse la prueba al padre, madre u otros hijos del demandado de ser el caso.
- De ser positivo el resultado, se declarará la paternidad y se fijará, además, la pensión de alimentos.
¿QUIÉN ASUME EL COSTO DE LA PRUEBA DE ADN?
De acuerdo con la norma, el costo de la prueba es abonado por la parte demandada en la audiencia al laboratorio privado al que se encargue la realización de la prueba. Este deberá estar acreditado conforme a la regulación sanitaria correspondiente para brindar las garantías necesarias.
¿Qué pasa si no paga la prueba?
Si la parte demandada no realiza el pago de la prueba en la audiencia, se reprograma la toma de muestras dentro de los diez días siguientes. Vencido dicho plazo se declara la paternidad. Si lo desea, la parte demandante puede asumir el costo de la prueba en un laboratorio privado, pero la parte demandada debe reintegrarle lo asumido en caso de que el resultado sea positivo a la paternidad.
DEBERÁ PASAR PENSIÓN DE ALIMENTOS
En la audiencia por demanda de filiación extramatrimonial, además, se puede acumular una demanda para fijar una pensión alimentaria. De allanarse a la demanda o si de da un resultado positivo de la prueba de ADN, se fijará la pensión por alimentos.
MÁS INFORMACIÓN SOBRE DEMANDAS
¿QUÉ PASA SI EL PADRE O MADRE DE MI HIJO NO CUMPLE CON LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?
Si el padre o madre demandado incumple con pasar la pensión de alimentos por lo menos tres meses de manera continua o intermitente, podría configurar el delito de Omisión a la Asistencia Familiar (OAF). En estos casos se calcula el monto adeudado con los intereses correspondientes y el juez ordena el pago. MÁS INFORMACIÓN AQUÍ.
¿HASTA QUÉ PORCENTAJE SE PUEDE PEDIR LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?
La pensión de alimentos puede alcanzar hasta el 60% de los ingresos del demandado o demandada y puede cambiar de acuerdo con los requerimientos del hijo o hijos y la situación económica del demandado.
¿QUÉ ES EL REDAM?
Cuando el padre o madre incumple con el pago de la pensión de alimentos, antes de iniciar el proceso por Omisión a la Asistencia Familiar (OAF), se puede solicitar al Poder judicial, a través de un oficio, inscribir al demandando en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Poder Judicial (Redam), que tiene como fin afectar su salud financiera.
¿CUÁLES SON LAS CONSECUENCIAS POR NO PASAR LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?
Las consecuencias que puede asumir el demandado por no pasar la pensión de alimentos son estás, dependiendo el caso:
- Impedimento de salida del país.
- Pena privativa de la libertad. MÁS INFORMACIÓN AQUÍ.