Conoce qué dice la ley sobre el pago por trabajar feriado (Foto: GEC)
Conoce qué dice la ley sobre el pago por trabajar feriado (Foto: GEC)
Sileña Cisneros

El 1 de mayo es feriado nacional en el Perú por el o Día Internacional de los Trabajadores. Mientras la mayoría de los empleados del sector público y parte del privado han podido disfrutar de un puente festivo para descansar, hay un grupo al que le toca laborar. ¿Cómo calcular cuál es el pago?

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El Perú tiene un total de 14 feriados al año y uno de estos es el 1 de mayo, que este 2023 cae lunes. La fecha se convirtió en un feriado largo, al sumarse con el viernes 28 de abril, que fue declarado por el gobierno como día no laborable. En tanto, quienes deban trabajar recibirán un pago triple por parte de su empleador. Conoce los detalles.

¿QUÉ PASA SI TRABAJO EL FERIADO POR EL DÍA DEL TRABAJO?

De acuerdo al Decreto Legislativo 713 - Ley de Descansos Remunerados, el pago por el feriado del lunes 1 de mayo de 2023, Día del Trabajo, se percibe íntegramente y sin condición alguna, aun cuando el trabajador tenga inasistencias o tardanzas durante la semana.

Si laboras este feriado 1 de mayo, sin descanso sustitutorio en otro día, percibirás una triple remuneración. Estos son los conceptos:

  • Una remuneración por el feriado: monto incluido en el salario habitual.
  • Una segunda remuneración por la labor efectuada: pago adicional por jornada realizada.
  • Una tercera remuneración por trabajar en feriado: por haber trabajado en día feriado, sin descanso sustitutorio posterior.

¿Cómo hago el cálculo?

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral plantea el siguiente ejemplo: Si una persona recibe como remuneración mensual S/1,500 (S/50 diarios), en caso se trabaje el 1 de mayo, corresponde recibir S/150 por el día feriado laborado.

Retiro de dinero de un cajero automático (Foto: Pixabay)
Retiro de dinero de un cajero automático (Foto: Pixabay)

¿QUÉ PASA SI INICIÉ MI JORNADA LABORAL UN DÍA NORMAL Y LA TERMINO EL FERIADO?

No se considera que se ha trabajado en feriado no laborable cuando el turno de trabajo inicia en día laborable y concluye en el feriado no laborable.

¿QUÉ PASA SI EL FERIADO CAE EL DÍA DE MI DESCANSO?

Si el día de descanso semanal obligatorio coincide con el feriado, se debe pagar doble al trabajador por los siguientes conceptos:

  • Un día de remuneración por el feriado, además de la remuneración por el día de descanso semanal.

¿QUÉ PASA SI ESTOY DE VACACIONES DURANTE DE FERIADO 1 DE MAYO?

Los trabajadores que durante el feriado están gozando de vacaciones anuales, no tienen derecho al pago de remuneración adicional; pues, antes del descanso vacacional, la empresa les pagó su remuneración, la cual ya incluye el o los feriados. Los feriados son pagados íntegramente y no están sujetos a compensación posterior.

¿QUÉ PASA SI NO ME PAGAN EL FERIADO TRABAJADO?

No otorgar el descanso por el feriado o no pagarlo, en caso de que haya sido trabajado, califica como una infracción muy grave en materia de relaciones laborales sancionable.

En ese caso, debes presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). Para ello podrás comunicarte al 390-2780 o escribir al correo electrónico . De detectarse la infracción, la multa dependerá del número de trabajadores afectados y puede oscilar entre S/13,018 y S/260,023.50.

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¿QUÉ PASA SI LA EMPRESA NO ME PAGA MI FERIADO TRABAJADO?

El incumplimiento de pagos relacionados a los descansos en feriados no laborables es considerado como una infracción “muy grave” y, dependiendo del tipo de empresa y cantidad de trabajadores afectados, se puede sancionar de la siguiente manera:

  • Microempresa: la multa oscila entre S/1,058 y S/3,128.
  • Pequeña empresa: la multa se considera entre S/3,542 y S/35,190.
  • Si es una no mype: la multa oscila entre S/12,098 a S/241,638.

DIFERENCIA ENTRE FERIADO Y DÍA NO LABORABLE

  • FERIADO. El feriado es un día festivo en el que los trabajadores, tanto del sector público como privado, pueden dejar de laborar. Lo mismo ocurre con los estudiantes, quienes dejan de ir a sus clases. Si un empleado trabaja este día, recibirá una remuneración adicional, que normalmente es el triple, así sea domingo.
  • DÍA NO LABORABLE. El día no laborable es decretado por el Gobierno de turno y está dirigido al sector público. En el privado, el empleador decidirá si sus trabajadores laboran o no. Si en caso un empleado trabaja con normalidad, esto no significa que recibirán un pago extra, ya que solamente recibirá el mismo sueldo sin incrementos. Los que descansen deberán compensar esas horas con horas extras, trabajos los sábados o considerar como parte de las vacaciones.