Desde el jueves 29 de junio hasta el 2 de julio habrá un fin de semana largo, que permitirá a los trabajadores viajar, descansar, relajarse y liberar el estrés laboral, así como también hacer tareas pendientes. ¿Estos días libres serán para el sector público y privado?
El Perú tiene un total de 14 feriados nacionales y todos los trabajadores tienen derecho a descansar sin distinción de nacionalidad, religión, ideología política, etc. Estos feriados deben ser remunerados, sin tener la obligación de trabajar, indica el Decreto Legislativo 713. Sin embargo, la regla es distinta si hablamos de los días no laborables.
¿EL FERIADO LARGO POR EL 29 DE JUNIO SERÁ PARA EL SECTOR PRIVADO?
Esto dependerá del empleador. El feriado del 29 de junio es nacional y el descanso es obligatorio para todos los trabajadores del sector público y privado, salvo ciertas áreas, que -en caso de laboral- deberán recibir la remuneración de ley.
En tanto, el viernes 30 de junio de 2023 será día no laborable de naturaleza compensable para aquellos trabajadores que se desempeñen en el sector público, según lo dispuesto en el Decreto Supremo N. 151-2022-PCM. En el sector privado, el empleador decidirá si sus trabajadores laboran o no, pero las horas que dejen de trabajar, al igual que en el sector público, deben ser compensadas. En cuanto al fin de semana, sábado 1 y domingo 2 de julio, que son días de descanso habitual, es posible que al empleado del sector privado le toque trabajar. En algunos casos también puede negociar con su empleador.
¿QUÉ DÍAS ABARCA EL PUENTE FESTIVO POR SAN PEDRO Y SAN PABLO?
Con motivo del feriado del 29 de junio por el Día San Pedro y San Pablo, este es el puente festivo que se formará para promover el turismo interno:
- Jueves 29 de junio: feriado por San Pedro y San Pablo o Día del Pescador peruano.
- Viernes 30 de junio: día no laborable para el sector público (trabajadores del sector privado puede descansar, si llegan a un acuerdo con sus empleadores).
- Sábado 1 de julio: día de descanso habitual.
- Domingo 2 de julio: día de descanso habitual.
¿QUIÉNES DEBEN TRABAJAR EN EL FERIADO LARGO?
La ley establece que las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que brinden servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos estarán facultadas para determinar los puestos de trabajo que estarán excluidos de los referidos feriados y días no laborables.
¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE FERIADO Y DÍA NO LABORABLE?
Aunque en ambos días se puede descansar, toma nota sobre las diferencias:
Feriado
- El feriado es un día festivo nacional en el que los trabajadores, tanto del sector público como privado, pueden dejar de laborar. Lo mismo ocurre con los estudiantes, quienes dejan de ir a sus clases. En el caso de que un empleado trabaje un feriado, recibirá una remuneración adicional, que normalmente es el triple, así sea domingo.
Día no laborable
- El día no laborable es decretado por el Gobierno de turno y está dirigido al sector público. En el privado, el empleador decidirá si sus trabajadores laboran o no. Si en caso un empleado trabaja con normalidad, esto no significa que recibirán un pago extra, ya que sólo recibirá el mismo sueldo sin incrementos. Las horas dejadas de laborar deberán ser compensadas en los 10 días inmediatos posteriores (con horas extras, trabajando días de semana o considerarlo a cuenta de las vacaciones), o en la oportunidad que establezca cada entidad en función a sus propias necesidades.
MÁS INFORMACIÓN SOBRE FERIADOS
¿POR QUÉ ES FERIADO EL 29 DE JUNIO?
El 29 de junio se celebra la Solemnidad de San Pedro y San Pablo, día en que se reconocen las virtudes cristianas de dos de los más grandes y reconocidos apóstoles que defendieron con su vida el Evangelio. Se les celebra en la misma fecha por los siguientes motivos:
En el calendario cristiano, la fecha sirve para conmemorar el martirio de Simón Pedro y Pablo de Tarso, dos de los apóstoles que acompañaron a Cristo en su misión evangelizadora. MÁS INFORMACIÓN AQUÍ.
LOS DÍAS FERIADOS RESTANTES DEL 2023
Como sabemos, los feriados son días festivos en los que los trabajadores, tanto del sector público como privado, pueden dejar de laborar. Lo mismo ocurre con los estudiantes, quienes dejan de ir a sus clases. Tras el lunes 1 de mayo (Día del Trabajo), estos son los feriados que se conmemoran próximamente:
- Viernes 28 de julio: Fiestas Patrias
- Sábado 29 de julio: Fiestas Patrias
- Domingo 6 de agosto: Celebración de la Batalla de Junín
- Miércoles 30 de agosto: Santa Rosa de Lima
- Domingo 8 de octubre: Combate de Angamos
- Miércoles 1 de noviembre: Día de Todos los Santos
- Viernes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
- Sábado 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho
- Lunes 25 de diciembre: Navidad.
¿CUÁNTO ME PAGARÁN POR TRABAJAR EL 29 DE JUNIO?
Si te toca trabajar de manera presencial o remota el jueves 29 de junio, que es feriado por el Día de San Pedro y San Pablo, te pagarán triple por la jornada: una remuneración diaria por el feriado (que ya está incluido en tu sueldo), una segunda remuneración por el trabajo realizado y una tercera remuneración por haber laborado el feriado sin descanso sustitutorio. Por ejemplo, si tu sueldo mensual es S/1,500, el valor diario de este es S/50; por lo que te correspondería percibir a fin de mes S/1,600. MÁS INFORMACIÓN AQUÍ.
CINCO COSAS QUE DEBES SABER SOBRE EL PAGO ADICIONAL DEL FERIADO
Conoce más detalles sobre el pago de los feriados:
5. ¿Cómo le deben pagar a un trabajador en el feriado no laborable?
Si el trabajador realiza sus labores en el día feriado le corresponde el pago de un día completo de trabajo y, además, recibirá dos remuneraciones adicionales. Una de estas es por el trabajo extraordinario realizado y la segunda por concepto de sobretasa de 100%. MÁS INFORMACIÓN AQUÍ.
¿QUIÉNES FUERON SAN PEDRO Y SAN PABLO?
San Pedro y San Pablo son considerados por autoridades eclesiales y feligreses, como mártires y patronos de Roma por entregar sus vidas a la propagación del evangelio. Son los dos apóstoles que acompañaron a Cristo en su misión evangelizadora y son los pilares de la Iglesia Católica, pues sin ellos no hubiese podido organizarse ni cobrar la forma que ha adquirido a lo largo de los siglos. MÁS INFORMACIÓN AQUÍ.
¿EL 3 DE JULIO SERÁ PARTE DEL FERIADO LARGO POR EL DÍA DE SAN PEDRO Y SAN PABLO?
No, el lunes 3 de julio será un día laborable como cualquiera y no formará parte del feriado largo por el Día de San Pedro y San Pablo. El feriado será el 29 de junio y, además, el gobierno declaró el viernes 30 de junio de 2023 como día no laborable para los trabajadores del sector público, a nivel nacional. Estas fechas se sumarán con el sábado 1 de julio y domingo 2 de julio, que son días de descanso habitual para poder formar un puente festivo, que busca promover el turismo interno. MÁS INFORMACIÓN AQUÍ.
¿QUÉ DICE LA LEY SOBRE EL PAGO DE LOS FERIADOS?
Los trabajadores tienen derecho a percibir por el día feriado no laborable la remuneración ordinaria correspondiente a un día de trabajo. Su abono se rige por lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 713. Es decir, que te pagarán sin la obligación de ir a trabajar.
¿CUÁNTO ME PAGARÁN SI ME TOCA TRABAJAR EL DÍA 30 DE JUNIO?
Si te toca trabajar el viernes 30 de junio, no te corresponde pago extra, pues se trata de un día no laborable decretado por el Estado para formar un puente festivo, pero no es un feriado nacional. Se te pagará como cualquier día. En cuanto a las personas que descansan ese día, deben reponer esas horas con trabajo o a cuenta de sus vacaciones.
¿CUÁLES SON LOS DÍAS NO LABORABLES EN EL 2023 Y 2024?
En 2023 y 2024, los días no laborables que tendrá Perú son los siguientes:
ENERO
- Lunes 2 de enero de 2023
ABRIL
- Viernes 28 de abril de 2023. MÁS INFORMACIÓN AQUÍ.