La clave SOL es tan importante como la firma de una persona. Esta contraseña es un conjunto de letras y número que permite que el contribuyente sea reconocido por los sistemas informáticos de la Sunat, aprobando el ingreso a estos. Y a partir del jueves 21, la institución dispuso su obtención, así como la posibilidad de recuperar la clave a través de cualquier teléfono celular.
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La medida, que además busca disminuir la exposición de los contribuyentes al contagio del coronavirus durante el Estado de emergencia, permitirá realizar sus operaciones accediendo a todos los servicios virtuales y cumplir con sus obligaciones tributarias y aduaneras sin salir de su casa y durante las 24 horas del día.
Es así que, a través de la aplicación APP Personas Sunat, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria pone a disposición del usuario la tecnología de identificación no presencial, pues también se incorpora la verificación biométrica dactilar de los contribuyentes.
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Asimismo, esta verificación remota de la identidad comprende la validación de las huellas dactilares capturadas con la cámara de un equipo móvil y su verificación con la base de datos del Reniec. El proceso de verificación es inmediato, y la confirmación se da en el mismo día. Para obtener la clave SOL desde la APP Personas Sunat, solo debes seguir algunos pasos. A continuación te lo detallamos.
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¿CÓMO OBTENER LA CLAVE SOL DESDE MI CELULAR?
- Para poder acceder a este nuevo servicio de la Sunat debes realizar lo siguiente:
- Descargar en su celular el App Personas Sunat y el App ID Perú del Reniec, disponibles en Google Play.
- En el APP Personas Sunat ingresar a la opción “Genera tu Clave Sol”.
- Registrar el número de DNI si es persona natural y si es representante legal deberá ingresar, además, el número del RUC de la empresa a la que representa.
- Seguir las indicaciones para la verificación de su identidad, utilizando el servicio proporcionado por el Reniec de identificación biométrica dactilar, mediante la cámara de su celular.
- Ingresar correo electrónico, número de teléfono móvil, y una contraseña con la que genera su Clave Sol.
- Al finalizar el registro, recibirá la confirmación en el correo electrónico declarado y podrá acceder a los servicios virtuales de la Sunat.
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SUNAT PRORROGA PLAZO PARA DECLARACIONES RELATIVAS A LA EMISIÓN ELECTRÓNICA
La Sunat prorrogó el plazo para el envío de declaraciones y comunicaciones relativas al Sistema de Emisión Electrónica hasta el 9 de junio del presente año. Así lo estableció a través de la Resolución de Superintendencia Nº 090 -2020/Sunat publicada en la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano.
De esta manera la norma establece que “se prorroga hasta el 9 de junio de 2020, los plazos de envío a la Sunat sea directamente o a través del operador de servicios electrónicos, según corresponda, las declaraciones informativas y comunicaciones del Sistema de Emisión Electrónica que vencían originalmente para dichos sujetos a partir del 16 de marzo de 2020 y hasta el 10 de mayo 2020, a fin de que estas sean remitidas a quien corresponda”.
Asimismo, señaló que hasta el 15 de agosto de 2020, las personas naturales que cuenten con DNI, así como los sujetos distintos a estas, cuyo representante legal acreditado en el RUC cuente con DNI, pueden convertirse en usuarios de Sunat Operaciones en Línea generando la clave SOL y, de corresponder, su código de usuario desde el APP Personas Sunat.
TAMBIÉN POSTERGÓ OBLIGACIONES TRIBUTARIAS HASTA JUNIO
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) anunció que se postergará hasta junio la declaración y pago mensual de obligaciones tributarias mensuales debido al Estado de Emergencia y paralización causado por el COVID-19.
El fin de está medida es otorgar liquidez a sus usuarios para que puedan afrontar el impacto económico que ha generado la pandemia.
Los contribuyentes que el año pasado tuvieron ingresos de hasta S/21 millones realizarán en junio la declaración y el pago que correspondía a los meses de marzo y abril.
De acuerdo con su comunicado, esto aplica para personas naturales y para el 99.5% de empresas, sean micro, pequeñas, medianas o grandes, pero teniendo en cuenta que su facturación no haya sido mayor a lo señalado.
Asimismo la declaración de febrero, que fue aplazada para abril, también es cambiada para junio. Este cronograma aplica para contribuyentes con ingresos de hasta S/9,660,000.
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