El pago de las utilidades no les toca a todos (Foto: Andina)
El pago de las utilidades no les toca a todos (Foto: Andina)
Sileña Cisneros

Si bien muchos están esperando con ansias el depósito de las , se debe saber que este beneficio no les corresponde a todos los trabajadores. ¿Sabes a quiénes están excluidos?

La participación de las utilidades es un derecho reconocido en el artículo 29° de la Constitución Política del Perú, que tiene como objetivo que los trabajadores accedan a las ganancias netas (cuando las hubiera) que percibe el empleador como consecuencia de su gestión empresarial.

Si eres un empleado formal, conoce si reúnes los requisitos para acceder este beneficio.

¿QUÉ SON LAS UTILIDADES?

Las empresas que desarrollen actividades generadoras de rentas de tercera categoría están obligadas a distribuir utilidades. Se trata de la distribución de un porcentaje de las ganancias netas (en caso las hubiera), luego de descontar inversiones e impuestos.

El pago de las utilidades se deberá realizar dentro de los 30 días de vencido el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. Este 2023, , de acuerdo con el último número de RUC.

¿A QUIÉNES NO LES TOCA UTILIDADES?

Para empezar, las utilidades son un derecho de todos los trabajadores sujetos al régimen de la actividad privada, por lo que no les corresponde a los servidores públicos.

El abogado laboralista César Puntriano explica a Mag que están excluidas aquellas personas que carecen de finalidad lucrativa como las asociaciones, fundaciones, comités, entre otras reguladas por el Código Civil.

Asimismo, tampoco reciben utilidades las Cooperativas, las empresas autogestionarias, las sociedades civiles y las empresas que no excedan de veinte (20) trabajadores en promedio en el ejercicio. En este último caso aun cuando generen rentas al final del ejercicio.

El sector público no recibe utilidades (Foto: gob.pe)
El sector público no recibe utilidades (Foto: gob.pe)

¿SI SOY EXTRABAJADOR PUEDO COBRAR UTILIDADES?

Si eres extrabajador de una empresa, que genera rentas de tercera categoría y tiene más de 20 empleados, puedes cobrar utilidades (en caso haya tenido ganancias netas).

En este caso se calcula el monto, según los días que trabajaste, y la remuneración que recibiste durante el año que corresponde a las utilidades.

¿QUIÉNES RECIBEN LAS UTILIDADES?

Las utilidades les corresponden a los trabajadores que están en planilla y pertenecen a empresas que generan rentas de tercera categoría y tienen más de 20 empleados en promedio. Para acceder a este derecho, la empresa donde laboran debe haber generado ganancias netas.

MÁS INFORMACIÓN SOBRE UTILIDADES

¿HASTA CUÁNTOS SUELDOS PUEDO RECIBIR EN LAS UTILIDADES?

De acuerdo con el Decreto Legislativo 892, que regula el concepto de las utilidades, los trabajadores podrán recibir por concepto de utilidades como máximo 18 sueldos. En caso exista un remanente, éste deberá ser transferido por el empleador al FONDOEMPLEO, indica el abogado laboralista César Puntriano.

Si hubo un cambio de sueldo en el año laboral, deberá tomarse en cuenta el nuevo monto como referente para la aplicación de dicho beneficio laboral. .

¿CÓMO SE DETERMINA LA CANTIDAD DE TRABAJADORES DE UNA EMPRESA?

Para establecer si un empleador excede o no el número de trabajadores para el reparto de utilidades, se sumará el total de trabajadores que hubieran laborado para él en cada mes del ejercicio correspondiente y el resultado total se dividirá entre doce. Cuando en un mes varíe el número de trabajadores contratados por la empresa, se tomará en cuenta el número mayor, redondeando a la unidad superior siempre y cuando la fracción que resultara fuera igual o mayor a 0.5. .

¿ME PUEDEN DEPOSITAR LAS UTILIDADES ANTES DEL INICIO DEL CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO?

Muchas empresas optan por depositar las utilidades antes del inicio del vencimiento del cronograma para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta se inicia el 24 de marzo, aunque no están obligadas a hacerlo.

Muchas empresas tienen la práctica de pagar antes porque pueden deducir ese gasto antes de presentar su declaración del impuesto a la renta de tercera categoría, en este caso correspondiente al ejercicio 2022″, explicó el abogado laboralista César Puntriano.

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