A pocos días de que culmine el 2022, de manera sorpresiva, el gobierno anunció que elevará el monto del aguinaldo para la Navidad, una buena noticia para los trabajadores del sector público. ¿Sabes cuándo se hará el pago y a quiénes les corresponde?
El pasado 6 de diciembre, se publicó el Decreto Supremo Nº 283-2022-EF, que establecía que el monto sería de hasta 300 soles. Sin embargo, la noche del 18 de diciembre, la presidenta Dina Boluarte anunció que, previa coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, se decidió elevar este beneficio a 500 soles.
Según la ley nacional, el aguinaldo es una bonificación que se entrega sólo a los funcionarios públicos y servidores nombrados y contratados. La primera vez que se empezó a asignar a S/300 fue en 2010, hace 12 años. Antes de ello, el monto era de S/200.
¿QUIÉNES RECIBEN EL AGUINALDO DE DICIEMBRE?
El aguinaldo por Navidad será para los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512.
La norma precisa que le corresponde a los docentes universitarios (Ley Nº 30220); al personal de la salud (Decreto Legislativo Nº 1153); los obreros permanentes y eventuales del sector público; al personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
¿CUÁNDO PAGARÁN EL AGUINALDO?
Según la norma que regula el beneficio económico, el aguinaldo de hasta S/500 será incluido en la planilla de pagos correspondiente al mes de diciembre del año 2022. A continuación, el cronograma de pago del Banco de la Nación:
Lunes 19 de diciembre
- Presidencia del Consejo de Ministros.
- Poder Judicial.
- Ministerio de Justicia.
- Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Ministerio de Economía y Finanzas.
- Universidades Públicas.
- Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.
- Contraloría General de la República.
- Defensoría del Pueblo.
- Junta Nacional de Justicia.
- Ministerio Público.
- Tribunal Constitucional.
- Ministerio de Defensa.
- Congreso de la República.
- Jurado Nacional de Elecciones.
- Oficina Nacional de Procesos Electorales.
- Registro Nacional de identificación y Estado Civil.
- Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
- Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Agricultura.
Martes 20 de diciembre
- Ministerio de Educación: UGEL 01, 03 y 07.
- Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación excepto Dpto. de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Ancash, Loreto y Puno.
Miércoles 21 de diciembre
- Ministerio de Cultura.
- Ministerio de Educación: excepto UGEL 01,03 y 07.
- Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación Dpto. de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Áncash, Loreto y Puno.
Jueves 22 de diciembre
- Ministerio del Ambiente.
- Ministerio de Salud.
- Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
- Ministerio de Energía y Minas.
- Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
- Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
- Ministerio de la Producción.
- Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
- Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
- Gobiernos Regionales: todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y Agricultura.
Viernes 23 de diciembre
- Ministerio del Interior.
- Fuero Militar Policial.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA RECIBIR EL AGUINALDO DE NAVIDAD?
Los trabajadores tienen derecho a percibir el aguinaldo por Navidad, siempre que cumplan de manera conjunta con las siguientes condiciones:
- Estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP)
- Haber estado laborando al 30 de noviembre de 2022, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
- Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses al 30 de noviembre del presente año. Si no cuenta con ese tiempo, el pago se hará en forma proporcional a los meses y días laborados.
MÁS INFORMACIÓN SOBRE BENEFICIOS LABORALES
¿QUIÉNES RECIBEN GRATIFICACIÓN POR NAVIDAD?
Los trabajadores del sector privado que se encuentren en planilla y que hayan laborado al menos 1 mes entre julio y diciembre de 2022.
Si la persona trabajó solo 1 mes durante ese semestre, no recibirá la gratificación completa, como sí lo harán los que están en planilla desde el 01/07/2022. En tal caso, el monto del pago será de 1/6 de la remuneración computable por el mes laborado.
¿QUIÉNES NO RECIBEN GRATIFICACIÓN?
No todos los regímenes laborales reciben gratificación:
- Los trabajadores de la pequeña empresa, reciben la mitad de este beneficio.
- Los trabajadores del sector público reciben un “aguinaldo” en vez de la gratificación, cuyo monto lo determina el MEF (suele ser S/300).
- Los practicantes y jóvenes en formación laboral, reciben media subvención económica al cumplir 6 meses, lo cual no necesariamente se da en julio y diciembre.
- Los trabajadores de la microempresa, los independientes y los informales, no reciben gratificación.
¿CUÁL ES LA MULTA POR NO DEPOSITAR LA GRATIFICACIÓN?
Las empresas que no realicen el depósito a tiempo podrían recibir una multa que va desde los S/7,222 hasta los S/120,152, dependiendo del número de trabajadores afectados y el monto de la UIT vigente. Además, se aplicará intereses legales laborales que se generen hasta la fecha efectiva de pago.
¿QUÉ ES LA CTS Y PARA QUÉ SIRVE?
La Compensación de Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio laboral intangible y solo debe ser usado por el trabajador al momento que acabe su vínculo laboral. Y es que el dinero permitirá atender contingencias que se originen, mientras busca un empleo, por empleo, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo.
Este beneficio está regulado por Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-97-TR, y su reglamento, Decreto Supremo Nº 004-97-TR. MÁS INFORMACIÓN AQUÍ.
¿CUÁNTAS VECES PUEDO RETIRAR EL 100% DE LA CTS?
La ley indica que se podrá acceder a esta como máximo hasta el 31 de diciembre del 2023. Puedes hacer varios retiros de los fondos hasta esa fecha.
Si retiras todos los fondos que tienes en la actualidad en tu cuenta, luego podrás sacar también los que abonarán en noviembre 2022, así como los de mayo y noviembre 2023.MÁS INFORMACIÓN AQUÍ.