Desde el 18 de julio de este año rigen en todo el país los nuevos límites de velocidad para calles, jirones y avenidas de las zonas urbanas, así como para carreteras que pasen por centros poblados poblados o zonas escolares, residenciales y cerca a hospitales.
LEER TAMBIÉN: MTC realiza campaña para conductores sobre los nuevos límites de velocidad
Esta disposición se da mediante el Decreto Supremo 025-2021-MTC, aprobado en julio 2021, con el cual se actualiza el Reglamento Nacional de Tránsito. El documento señala que los nuevos límites de velocidad entrarían en funcionamiento luego de 365 días, a fin de educar en el camino a la ciudadanía.
La norma dispone también que las municipalidades a nivel nacional tienen que adecuar su sistema de señalización y realizar acciones de sensibilización dirigida a los conductores.
De acuerdo al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), la velocidad es uno de los principales factores de riesgo en los siniestros viales. Las velocidades altas están asociadas no solo con mayores probabilidades de accidentes de tránsito, sino que influye directamente en su gravedad, es decir, incrementa la probabilidad de lesiones y muerte.
LEER TAMBIÉN: Callao: dictan talleres de educación vial a niños en colegios para prevenir accidentes de tránsito
“El MTC viene impulsando la reducción de los límites de velocidad con motivo de mejorar la transitabilidad y disminuir los accidentes de tránsito provocados por los excesos de velocidad”, dijo Gabriel Legua, especialista de la Dirección de Seguridad Vial del MTC, a El Comercio.
Vale precisar que entre el 2010 y el 2020, los accidentes por exceso de velocidad significaron un 30,7% del total de accidentes de tránsito. En tanto, hasta junio del 2021, las muertes de usuarios vulnerables (peatones, ciclistas, motociclistas, entre otros) en las vías representaba el 57% de los decesos, según el Observatorio Nacional de Seguridad Vial.
*Todo lo relacionado las nuevas disposiciones lo puedes encontrar también en este especial preparado por El Comercio.
—Modificaciones—
Los nuevos límites de velocidad estipulados en al Reglamento Nacional de Tránsito entraron en vigencia el 18 de julio de este año a nivel nacional. Estos son:
En áreas urbanas
-Un máximo de 30 km/h en calles y jirones. Antes el límite era de 40 km/h .
-Un máximo de 50 km/h en avenidas. Antes el límite era de 60 km/h .
En carreteras (que atraviesan centros poblados y/o pasen cerca a viviendas)
-Un máximo de 30 km/h en zonas comerciales.
-Un máximo de 50 km/h en zonas residenciales.
-Un máximo de 30 km/h en en zonas escolares / cerca a hospitales.
Legua precisó que de acuerdo al Reglamento Nacional de Tránsito se considera una zona escolar al área que rodea un centro educativo en un radio de 100 metros. Antes, el radio era de 50 metros. En el caso de la zona donde se encuentra un hospital, sí se mantiene un radio de 50 metros.
—Sanciones—
El Decreto Supremo 025-2021-MTC también introduce un criterio de gradualidad de sanciones por exceder los nuevos límites de velocidad, pues considera que a mayor exceso, aumenta el riesgo para la vida y salud del conductor y de los otros usuarios de la vía. A continuación las sanciones:
-Si se excede hasta 10 km/h por encima del límite:
Multa equivalente al 18% de una UIT (S/828) y 50 puntos negativos en el récord del conductor.
-Si se excede entre 10 km/h y 30 km/h por encima del límite:
Multa equivalente al 24% de una UIT (S/1.104) y 60 puntos en contra en su historial.
-Si se excede en más de 30 km/h:
Multa equivalente al 50% de una UIT (S/2.300) y se sumarán 70 puntos negativos en el historial del conductor.
—Señalizaciones—
El representantes del MTC indicó que la norma exhorta a las municipalidades a que implementen las señalizaciones correspondientes en las vías de las áreas urbanas según los nuevos límites de velocidad. En caso existan señales con límites anteriores, se deben realizar las modificaciones respectivas.
“Los municipios tenían plazo hasta el 18 de julio de este año. Si hay alguna avenida o calle cuya señalización aún no ha sido modificada se exhorta las autoridades a hacer los cambios pertinentes.
Asimismo, Legua agregó que si en alguna zona no se ha hecho el reemplazo de la señalización, los conductores no serán sancionados por el momento, “ya que no sería justo”. “Es por eso que es necesario que trabajemos juntos todos los niveles de Gobierno”, sostuvo.
Finalmente, detalló que el cumplimiento de las disposiciones y las sanciones están a cargo de la Policía Nacional. Fuentes de la Municipaldiad de Lima comentaron que ayer 5 de agosto no se dio inicio a la imposición de multas, tal como se había anunciado.
—Sensibilización—
La Municipalidad de Lima informó que junto a la Policía Nacional continúan con la campaña ¡No Te Aceleres! a fin de dar a conocer a los conductores los nuevos límites de velocidad en zonas urbanas. La campaña ha llegado a más de 10 distritos de la ciudad a la fecha.
Los Fantásticos Viales de Lima y personal de la División de Prevención e Investigación de Accidentes de Tránsito (Divpiat) de la PNP realizan activaciones lúdicas en colegios y centros comerciales, entre otros espacios públicos. A la fecha se han llevado a cabo 29 activaciones en intersecciones viales de varias jurisdicciones de la capital.
Asimismo, la Municipalidad de Lima indicó que ha implementado hasta el momento la señalización vertical en vías alrededor de más de 40 colegios del Cercado. También en avenidas como Próceres de la Independencia (San Juan de Lurigancho), Angélica Gamarra (San Martín de Porres y Los Olivos), Pachacútec (Villa María del Triunfo y Villa El Salvador), Tomás Marsano (Surquillo, Miraflores y Santiago de Surco), Tacna y Nicolás de Piérola (Cercado de Lima), entre otras.