Cientos de personas realizaron este martes 13 de febrero un plantón en el distrito de Miraflores para mostrar su rechazo hacia la gestión del alcalde Carlos Canales Anchorena. El miércoles, la comuna despertó con una nueva noticia sobre su burgomaestre: el Ministerio Público había iniciado una investigación en su contra por la posible comisión del delito de discriminación. Este último episodio se suma a las numerosas quejas y demandas que han expresado los vecinos miraflorinos y que El Comercio explicó a detalle en un uniforme previo.
Lo concreto es que -además de las demandas- los ciudadanos de Miraflores ya han planteado la revocación de Canales y de todo el Concejo, conformado por once regidores. José de la Torre, uno de los principales promotores de esta acción, advirtió a El Comercio que “solo hay un regidor de oposición [dentro del Concejo]”. De hecho, siete regidores son de Renovación Popular (partido del alcalde) y los cuatro restantes son de Somos Perú, Acción Popular, el Partido Morado y Alianza Para el Progreso.
Este Diario conversó con el regidor Renato Otiniano (Partido Morado), quien es referido como el único que ha sido crítico a la gestión del burgomaestre. “Somos once [regidores], pero no hay ningún tipo de oposición. Las sesiones del concejo son simplemente llenar de elogios al alcalde, de reverencias y venias”, narró Otiniano, quien también criticó la ausencia de una labor de fiscalización por parte de sus colegas respecto a las decisiones tomadas por el burgomaestre.
El Comercio contactó por segundo día consecutivo con la Municipalidad de Miraflores para conocer las opiniones del alcalde miraflorino ante las constantes quejas a su gestión y la protesta registrada el martes 13. Sin embargo, la comuna indicó que el burgomaestre “no se pronunciará”.
A más de 15 meses
En los carteles y las arengas que se registraron durante el plantón en Miraflores, la idea de la revocatoria fue generalizada. De hecho, el colectivo de Revoca.pe ya ha registrado cerca de tres mil exposiciones de interés para revocar al Concejo, según lo confirmó el colectivo a El Comercio. Sin embargo, un proceso de vacancia recién podría iniciarse en junio de este año y -de cumplirse con todos los protocolos- la consulta popular se realizaría a mediados de julio del 2025.
Así lo confirmó el abogado especialista en temas electorales, José Naupari, en entrevista con El Comercio. De hecho, la propia Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) advirtió a la ciudadanía que la venta de kits electorales para revocatoria de autoridades se realizará a partir del sexto mes. Cabe precisar que la vacancia no se puede dar en el primer año de gestión ni en el último. Actualmente, las autoridades viven su segundo año de trabajo. Es recién con este padrón que los ciudadanos pueden firmar oficialmente los planillones.
De manera pacífica los vecinos de Miraflores se congregan en los exteriores de la municipalidad. @RevocaMiraf pic.twitter.com/DUm4oJgq88
— Paco Flores 🏳️🌈 🇵🇪 (@pacofloresc) February 13, 2024
Para poder acreditar una solicitud de revocatoria, es necesario recabar las firmas de al menos el 25% de los electores de la circunscripción solicitante. Estos planillones son luego referidos al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) para la validación de las firmas. Finalmente, de acuerdo con el cronograma establecido por Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la solicitud recién puede presentarse ante la ONPE.
En el caso del distrito de Miraflores existe un aproximado 133 mil electores hábiles, de acuerdo con el padrón de las elecciones municipales del 2022. Es decir, se requerirá cerca de 33.250 firmas -debidamente corroboradas- para que la solicitud de revocatoria sea aceptada. Luego, más del 50% del total de electores que haya asistido al centro de votación a emitir su voto, debe sufragar a favor de la revocatoria para oficializarla. Sin embargo, si bien el cronograma oficial no ha sido publicado, Naupari explicó que “uno puede tener el kit en julio, pero igual la consulta popular se tendrá que llevar a cabo mediados de 2025. No importa si se recolectan [las firmas] en junio o diciembre”.
Adiós al Concejo
De la Torre resaltó que la revocatoria no será formulada únicamente hacia el alcalde, sino a todo el Concejo Municipal, una fórmula prevista en el marco legal. “Yo sugiero que, si nos tenemos que ir, nos vamos todos. Ya he contado cómo es el Concejo de hoy [anticrítico al alcalde]. Si solo revocamos al alcalde, entra el teniente alcalde”, detalló Otiniano.
Cabe mencionar que la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos fue modificada por la Ley 30315 en el 2015, la cual establece -entre otros aspectos- que ya no se realizan elecciones en situaciones de revocatoria. Es decir, de revocar al alcalde, lo sustituye el primer regidor y el siguiente candidato no proclamado releva el vacío. Naupari explicó que, de revocar a todo el Concejo, asumen los candidatos no proclamados, reestructurando por completo a todo el Concejo Municipal.
Los límites de la vacancia y la suspensión
Así como la ley permite la revocatoria de las autoridades, existen otras medidas que se pueden tomar desde dentro de un concejo municipal, como lo son la suspensión del alcalde o la vacancia. Sin embargo, Naupari resaltó que -para estas decisiones- se requiere el voto a favor de dos tercios de del Concejo.
“El papel lo permite, pero el Concejo está conformado por siete regidores del partido. Somos once y no hay ningún tipo de oposición”, criticó el regidor Otiniano.
Según la Ley Orgánica de Municipalidades, el cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal, en los siguientes casos:
1. Muerte.
2. Asunción de otro cargo proveniente de mandato popular.
3. Enfermedad o impedimento físico permanente que impida el desempeño normal de sus funciones.
4. Ausencia de la respectiva jurisdicción municipal por más de treinta (30) días consecutivos, sin autorización del concejo municipal.
5. Cambio de domicilio fuera de la respectiva jurisdicción municipal. 6. Condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad.
7. Inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses.
8. Nepotismo, conforme a ley de la materia.
9. Por incurrir en la causal establecida en el artículo 63 de la presente Ley (respecto a las restricciones de contratación).
10. Por sobrevenir algunos de los impedimentos establecidos en la Ley de Elecciones Municipales, después de la elección.
El ejercicio del cargo de alcalde o regidor se suspende por acuerdo de concejo en los siguientes casos:
1. Por incapacidad física o mental temporal
2. Por licencia autorizada por el concejo municipal, por un período máximo de treinta (30) días naturales
3. Por el tiempo que dure el mandato de detención
4. Por sanción impuesta por falta grave de acuerdo al reglamento interno del concejo municipal.
5. Por sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad.
El especialista en temas electorales hizo hincapié en que los argumentos presentados oficialmente durante un proceso de revocatoria no pueden ser causales de vacancia o suspensión. Estas están expresadas en los artículos 22 y 25 de la Ley Orgánica de Municipalidades. Vale decir, que se puede revocar a un alcalde porque a los vecinos no les gusta su gestión, pero no porque se mudó a otro país (cosa que es causal de vacancia), sostuvo.
Finalmente, Otiniano expresó que no considera que la revocatoria sea la mejor opción “debido al tiempo que demoraría mientras que el alcalde continúa en su lugar”, e instó a la ciudadanía a tener mayor actividad política dentro de la jurisdicción y generar desde ahí los cambios necesarios.
Investigación fiscal
Este 14 de febrero se comunicó que la Segunda Fiscalía Provincial de Prevención del Delito inició acciones contra el alcalde de Miraflores por la posible comisión del delito de discriminación o incitación a la discriminación tras la denuncia de la Red Peruana TLGB, que organiza las bodas simbólicas ‘El amor no discrimina’ en el Parque del Amor. La hipótesis fiscal sostiene que el burgomaestre y otros servidores habrían restringido el derecho de los afectados de participar en la realización de un evento cultural.
Días antes, la Red Peruana TLGB denunció al funcionario público “por una serie de trabas burocráticas en favor del desarrollo de las bodas simbólicas, que hasta el año 2022 se llevaban a cabo mediante el cumplimiento de diversos procedimientos por parte de las y los activistas”, según informó el Ministerio Público. “Respondieron a pocos días de la actividad [agendada para el 14 de febrero] con una lista larga de obligaciones que son imposibles de cumplir en sus propios plazos”, señaló Maribel Reyes Pérez, vocera de la agrupación.
Por su parte, la comuna explicó a El Comercio que la solicitud fue presentada el 5 de enero, solicitando el permiso para usar el Parque del Amor desde las cinco de la mañana hasta las nueve de la noche. Ante esto, la Municipalidad respondió el 11 de enero negando la solicitud. El 16 de dicho mes, la representante de la Red envió una segunda solicitud, para realizar el evento en cualquier fecha entre el 10 y el 13 de febrero. No fue hasta el 30 de enero que se autorizó el evento para el 12 de este mes, y fue recién el 8 de febrero que se notificaron los términos y condiciones a seguir.