Desde el martes 1 hasta el miércoles 30 de junio del presente año, estará vigente el estado de emergencia a nivel nacional. Esta medida establecida por el Poder Ejecutivo por primera vez el 16 de marzo de 2020, se toma para detener el avance del coronavirus (COVID-19) en el país.
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Según el Decreto Supremo 105-2021-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, durante el periodo mencionado queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio nacional.
El personal de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas velará por el irrestricto cumplimiento de las disposiciones emitidas en el marco del estado de emergencia nacional, conforme a la normativa vigente.
Desde el lunes 31 de mayo rige una nueva clasificación de las provincias de acuerdo al nivel de alerta de contagio del COVID-19, establecido en extremo, muy alto y alto, establecido por el Ejecutivo en el marco del estado de emergencia nacional por la pandemia. Esta clasificación tiene vigencia hasta el domingo 20 de junio.
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El Gobierno informó que 16 provincias a escala nacional pasarán al nivel de riesgo extremo frente al COVID-19 con lo cual volverán a tener restricciones De inmovilización social, toque de queda y circulación de vehículos.
Asimismo, detalló que, a escala nacional, ocho provincias se encuentran en riesgo alto, 22 regiones en riesgo muy alto, entre ellas figura Lima y Callao, y cinco provincias de la región Ucayali ahora son clasificadas en riego alto. Además, las ocho provincias del departamento de Loreto se encuentran en nivel moderado.
Vale recordar que a partir de ahora las restricciones para cada nivel de riesgo durarán tres semanas, y ya no dos, cumplidas las cuales se anunciará una nueva clasificación, en función de la evolución de la pandemia del COVID-19.
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